Contratos civiles

Un contrato bien escrito es el juicio que no va a tener.

Arrendamiento y compraventa: redactamos, revisamos y negociamos con la consecuencia explicada cláusula por cláusula. Lo que cuesta corregir un contrato antes de firmarlo no se parece a lo que cuesta litigarlo después.

✓ Revisión cláusula por cláusula✓ Precio cerrado por documento✓ Respuesta el mismo día hábil
Partida de ajedrez en un despacho mexicano: estrategia legal mercantil y contratos comerciales | RIVENZA
Los dos que más pleitos generan

Arrendamiento y compraventa.

Arrendamiento

Art. 2398 del Código Civil Federal: uso o goce temporal a cambio de un precio cierto.

  • ·Garantía: fiador, obligado solidario, depósito o póliza
  • ·Incrementos, prórroga y terminación anticipada
  • ·Reparaciones y servicios: quién paga qué
  • ·Causales expresas de rescisión
  • ·Entrega con inventario fotográfico

Compraventa

Art. 2248 del Código Civil Federal: transferencia de propiedad contra un precio cierto y en dinero.

  • ·Promesa con plazo cierto y destino del anticipo
  • ·Condiciones previas y saneamiento
  • ·Penas convencionales por incumplimiento
  • ·Reparto de gastos, impuestos y honorarios
  • ·Ruta hasta escritura pública e inscripción
Cómo trabajamos

Lo caro no es el abogado. Es la cláusula que faltaba.

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Cláusula por cláusula, con la consecuencia

No le entregamos un formato. Le explicamos qué pasa si la otra parte incumple cada punto, porque ahí es donde un contrato sirve o no sirve.

2

La garantía correcta, no la de siempre

Fiador, obligado solidario, depósito o póliza jurídica no protegen igual ni cuestan igual. Elegimos según quién es su contraparte y qué está en riesgo.

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Precio cerrado por documento

Redacción y revisión se cotizan por contrato, no por hora. Sabe el costo antes de que empecemos a escribir.

Preguntas frecuentes

¿Para qué sirve un contrato de arrendamiento?+

Hay arrendamiento cuando una parte concede el uso o goce temporal de una cosa y la otra paga por ello un precio cierto (Art. 2398 del Código Civil Federal). El contrato sirve sobre todo para definir lo que pasa cuando algo sale mal: mora en la renta, garantía, reparaciones, incrementos, terminación anticipada y desocupación. Sin contrato escrito, esas reglas las acaba fijando un juez con la prueba que usted alcance a reunir.

¿Qué debe incluir un contrato de arrendamiento bien hecho?+

Identificación plena de las partes y del inmueble, destino del uso, renta y forma de pago, vigencia y prórroga, garantía (fiador, obligado solidario, depósito o póliza), quién paga servicios y mantenimiento, reglas de reparaciones, causales expresas de rescisión, penas convencionales y entrega con inventario fotográfico. El inventario es el detalle que más pleitos evita al final.

¿Qué hago si mi inquilino deja de pagar?+

Primero, requerimiento fehaciente y negociación de un convenio de pago; muchos casos se cierran ahí y salen mucho más accesibles que el juicio. Si no hay acuerdo, procede la acción judicial conforme al código local para exigir el pago y la desocupación, y ahí pesan mucho las cláusulas de rescisión y la garantía que se haya pactado. No prometemos plazos: dependen del juzgado.

¿Para qué sirve un contrato de compraventa?+

Hay compraventa cuando uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho y el otro a pagar por ellos un precio cierto y en dinero (Art. 2248 del Código Civil Federal). En inmuebles el contrato fija anticipos, condiciones, plazo para escriturar, quién paga qué gastos y qué ocurre si alguna parte se arrepiente. Es la diferencia entre recuperar su dinero y perseguirlo.

¿La promesa de compraventa sirve para escriturar?+

La promesa obliga a celebrar el contrato definitivo en el plazo pactado, pero no transmite la propiedad por sí sola: el inmueble se transmite con la escritura pública otorgada ante notario e inscrita en el Registro Público de la Propiedad. Por eso la promesa debe traer plazo cierto, pena por incumplimiento y el destino del anticipo si la operación no se cierra.

¿Revisan contratos que ya me mandaron firmados?+

Sí, y es el trabajo más rentable que puede pagar. Le señalamos cláusulas desequilibradas, renuncias de derechos, penas desproporcionadas, prórrogas automáticas y jurisdicciones incómodas, y le entregamos la redacción alternativa para negociar. Firmar primero y consultar después cuesta mucho más.

¿Cuánto cobran ustedes?+

Con precio cerrado por documento para redacción y revisión, y por etapa si el asunto llega a juicio. El número de su caso depende de qué contrato es, de cuántas partes intervienen y de si hay inmueble de por medio, así que se define hablando. Escríbanos con el borrador que le mandaron o díganos qué operación va a firmar: la Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA, con 34 años de experiencia jurídica, lo revisa y le dice qué procede.

Revise el contrato antes, no después.

Mándele el borrador a la Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA, con 34 años de experiencia jurídica. Ella lo lee cláusula por cláusula, le dice cuáles cambiar y qué procede en su caso, antes de que su firma quede en el papel.