Pensión por orfandad IMSS: requisitos y monto 2026
La pensión por orfandad IMSS es 20% por hijo (30% si es huérfano de ambos, Art. 135-137 LSS). Requisitos, hasta qué edad pagan y cómo tramitarla.

Respuesta rápida: La pensión por orfandad del IMSS protege a los hijos de un asegurado o pensionado que fallece. Equivale al 20% de la pensión del fallecido por cada hijo huérfano de uno de sus padres, y sube al 30% si el menor es huérfano de ambos (Artículos 135 a 137 de la Ley del Seguro Social). Se paga hasta los 16 años, se extiende hasta los 25 si el huérfano estudia, y no tiene límite de edad si padece una discapacidad. Puede concurrir con la pensión de viudez, sin que la suma de todas las pensiones derivadas rebase el 100% de lo que recibía el fallecido. Para tramitarla se necesita el acta de defunción, el acta de nacimiento del hijo y la documentación del menor.
¿Qué es la pensión por orfandad?
La pensión por orfandad es una de las pensiones derivadas del IMSS: las que se generan a partir de la muerte de un asegurado o pensionado para proteger a su familia. Junto con la pensión de viudez (para el cónyuge) y la de ascendientes (para los padres del fallecido), forma el conjunto de prestaciones que dan continuidad de ingreso a quienes dependían del titular.
Su propósito es claro: que los hijos de quien falleció no queden desamparados económicamente. Por eso se calcula sobre la pensión que el fallecido recibía —o que le habría correspondido— y se paga directamente en beneficio del menor, administrada por quien tenga su representación legal.
A diferencia de otros apoyos, la orfandad no exige demostrar dependencia económica caso por caso cuando se trata de hijos menores: la ley presume que el hijo dependía del padre o madre asegurado. Lo que sí hay que acreditar es el parentesco y, según la edad, la condición de estudiante o de discapacidad.
Estima la base del cálculo antes de tramitar. Como la pensión por orfandad es un porcentaje de la pensión del fallecido, conviene conocer primero esa cifra base. Usa la calculadora de pensión por viudez para estimar el monto de las pensiones derivadas, y la calculadora de pensión IMSS para conocer la pensión que tenía o le correspondía al titular.
¿Quién tiene derecho a la pensión por orfandad?
Tienen derecho los hijos del asegurado o pensionado fallecido que se encuentren en alguno de estos supuestos:
- Menores de 16 años, sin más requisito que acreditar el parentesco.
- Entre 16 y 25 años, siempre que estén estudiando en planteles del sistema educativo nacional.
- Sin límite de edad, cuando el hijo padece una discapacidad que le impida trabajar y mantenerse por sí mismo.
El derecho aplica a hijos de matrimonio, fuera de matrimonio reconocidos y, según el caso, a hijos adoptados, conforme a las reglas de filiación. Lo esencial es comprobar el vínculo con el fallecido mediante el acta de nacimiento.
¿Cuánto es el monto? 20% o 30%
El monto está definido en los Artículos 135 a 137 de la Ley del Seguro Social y depende de si el menor perdió a uno o a ambos progenitores:
| Situación del hijo | Porcentaje de la pensión base | Fundamento |
|---|---|---|
| Huérfano de padre o madre | 20% por cada hijo | Art. 135 LSS |
| Huérfano de ambos padres | 30% por cada hijo | Art. 137 LSS |
| Al extinguirse la pensión de un huérfano | Posible ajuste para los demás | Art. 136-137 LSS |
La base de cálculo es la pensión que recibía o le habría correspondido al fallecido. Por ejemplo, si esa pensión base fuera de $10,637 mensuales, la orfandad simple (20%) rondaría los $2,127 por hijo, y la orfandad de ambos padres (30%) cerca de $3,191 por hijo. Son cifras ilustrativas: el monto real depende de la pensión concreta del titular, por lo que conviene consultar tu caso para precisarlo.
Cuando hay varios hijos, cada uno genera su propio porcentaje, y todo el conjunto de pensiones derivadas se rige por un límite global.
El tope: la suma no rebasa el 100%
Aquí hay una regla clave que evita malentendidos. La pensión por orfandad puede concurrir con la de viudez y la de ascendientes, pero la suma de todas las pensiones derivadas no puede exceder el 100% de lo que recibía o le correspondía al fallecido. Si las pensiones sumadas superaran ese tope, se ajustan proporcionalmente para no rebasarlo.
Por eso, en familias con cónyuge e hijos, el reparto se calcula en conjunto. Para entender cómo se combina con la pensión del cónyuge, revisa la guía de pensión por viudez IMSS Ley 73, y si quieres ver el panorama completo de quién hereda la pensión, consulta herencia de pensión IMSS y beneficiarios.
¿Qué pasa cuando el huérfano cumple la edad límite?
La pensión por orfandad no es vitalicia salvo en el caso de discapacidad. Esto es lo que ocurre al llegar a cada umbral:
- A los 16 años: si el huérfano no estudia, la pensión se extingue. Si sí estudia, debe comprobarlo para que continúe.
- Entre 16 y 25 años: la pensión sigue mientras el joven acredite estudios. Hay que renovar la comprobación cada vez que el IMSS lo pida; si deja de estudiar, se suspende.
- A los 25 años: la pensión termina, incluso si sigue estudiando, salvo discapacidad.
- En caso de discapacidad: mientras persista la condición que impide al hijo mantenerse, la pensión continúa sin límite de edad.
Un detalle importante: cuando uno de los huérfanos deja de cobrar (por edad o por dejar de estudiar), puede haber un ajuste en beneficio de los demás, conforme a la mecánica de los Artículos 136 y 137. Conviene revisar el caso cuando cambia la situación de alguno de los hijos.
Documentos y trámite
El trámite se inicia, por lo general, en la Unidad de Medicina Familiar o subdelegación que corresponda. Los documentos típicos son:
| Documento | Para qué sirve |
|---|---|
| Acta de defunción del fallecido | Acredita el fallecimiento del titular |
| Acta de nacimiento del hijo | Comprueba el parentesco |
| Identificación y CURP del menor | Datos del beneficiario |
| Identificación del representante legal | Quien administra la pensión del menor |
| Número de Seguro Social del fallecido | Vincula el expediente del titular |
| Constancia de estudios (16 a 25 años) | Justifica la prórroga de la pensión |
| Datos bancarios | Para el depósito de la pensión |
Como cada caso varía, el IMSS puede solicitar documentación adicional, sobre todo cuando hay discapacidad o cuando concurren varios beneficiarios. Integrar el expediente correctamente desde el inicio evita retrasos de meses.
Paso siguiente
La pensión por orfandad es un derecho de los hijos que muchas veces se gestiona en un momento de duelo y confusión. Conocer los porcentajes, los límites de edad y la forma de comprobarlos ayuda a que el menor reciba todo lo que le corresponde, sin sorpresas. Si quieres una cifra de referencia, estima el monto con la calculadora de pensión por viudez —que cubre las pensiones derivadas— y consulta la pensión base del titular con la calculadora de pensión IMSS.
En RIVENZA acompañamos a las familias en estos trámites con especial cuidado: integramos el expediente, calculamos la combinación correcta de viudez y orfandad, y damos seguimiento hasta que cada pensión quede resuelta. Con 34 años de experiencia, sabemos cómo proteger a los hijos sin que ningún detalle administrativo les reste lo que la ley les reconoce.
Estima la pensión por viudez (90%, Art. 131 LSS) y la orfandad por cada hijo, con el tope del 100%.
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¿Hasta qué edad pagan la pensión por orfandad del IMSS?+
Se paga hasta los 16 años de edad. Se extiende hasta los 25 años si el huérfano sigue estudiando en planteles del sistema educativo nacional, y no tiene límite de edad si el hijo padece una discapacidad que le impida mantenerse por sí mismo.
¿La pensión por orfandad se extiende si el hijo estudia?+
Sí. Si al cumplir 16 años el huérfano continúa estudiando, la pensión se prorroga hasta un máximo de 25 años, mientras acredite que sigue inscrito en el sistema educativo nacional. Hay que renovar la comprobación de estudios cuando el IMSS lo solicite.
¿Cuánto es la pensión por orfandad del IMSS?+
Equivale al 20% de la pensión que recibía o le correspondía al fallecido por cada hijo huérfano de padre o madre. Si el menor queda huérfano de ambos padres, el porcentaje sube al 30% (Art. 135 a 137 LSS).
¿La pensión por orfandad la reciben ambos padres si fallecen los dos?+
La pensión la recibe el hijo, no los padres. Si el menor queda huérfano de ambos progenitores, el porcentaje aumenta del 20% al 30% por esa condición de orfandad total. La administra quien tenga la tutela o representación legal del menor.
¿Qué documentos necesito para tramitar la pensión por orfandad?+
Generalmente: acta de defunción del asegurado o pensionado, acta de nacimiento del hijo, identificación y CURP del menor y de quien lo representa, número de seguro social del fallecido, constancia de estudios si el huérfano tiene entre 16 y 25 años, y datos bancarios para el depósito.