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Pensiones· 8 min de lectura

Cómo cambiar de AFORE: requisitos y pasos 2026

Cómo cambiar de AFORE: el traspaso es gratuito y procede una vez al año (Art. 74 LSAR), o antes si vas a una con mayor rendimiento neto. Pasos y alertas.

A
Angélica Rivera
Abogada titular de RIVENZA, 34 años de experiencia jurídica
Trabajador comparando rendimiento neto y comisiones para cambiar de AFORE | RIVENZA

Respuesta rápida: Para cambiar de AFORE necesitas una solicitud de traspaso ante la administradora que quieres que reciba tu cuenta, con identificación oficial vigente, CURP y tu expediente de identificación electrónico con fotografía y huellas. El artículo 74 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro permite el traspaso una vez transcurrido un año desde tu registro o desde el último cambio, y antes del año si te mueves a una administradora con mayor rendimiento neto o si se modifican el régimen de inversión o las comisiones. El trámite es gratuito y tarda alrededor de 20 días hábiles.


Cómo cambiar de AFORE: reglas del traspaso

PuntoReglaReferencia
Periodicidad generalUna vez transcurrido un año desde el registro o el último traspasoArt. 74 LSAR
Excepción por rendimientoPuedes traspasar antes del año si la administradora receptora registró mayor rendimiento netoArt. 74 LSAR
Otras excepcionesCambio en el régimen de inversión o en las comisiones, disolución o fusión de la administradoraArt. 74 LSAR
CostoGratuito, sin penalizaciónTrámite ante la administradora
DuraciónAlrededor de 20 días hábiles desde la firma de la solicitudProcedimiento operativo del traspaso
Documento informativo obligatorioConstancia de implicaciones del traspaso, con comisiones y rendimiento neto del sistemaProcedimiento operativo del traspaso
Requisito de identidadExpediente de identificación electrónico con fotografía y huellasProcedimiento operativo del traspaso

Primero: ¿en qué AFORE estás hoy?

Es la duda más común y conviene resolverla antes de pensar en el cambio. Hay tres vías:

  • Tu estado de cuenta, que la administradora debe enviarte de forma periódica.
  • La aplicación oficial del sistema de ahorro para el retiro, con tu CURP y tu número de seguridad social.
  • Los canales de atención de la autoridad del sistema de ahorro para el retiro.

Si nunca elegiste administradora, es probable que tu cuenta esté asignada. En ese caso el primer movimiento no es un traspaso, sino un registro.

Qué mirar en tu estado de cuenta

ConceptoQué te dice
Saldo por subcuentaCuánto tienes en retiro, cesantía y vejez, vivienda y aportaciones voluntarias
Rendimiento del periodoCuánto ganó tu ahorro después de comisiones
Comisión cobradaEl porcentaje anual que se descuenta sobre el saldo
Aportaciones registradasSi tu patrón está enterando las cuotas correctamente
Datos personalesSi tu nombre, CURP y NSS están bien capturados

El último renglón importa más de lo que parece: los errores de captura son la causa habitual de que un traspaso se rechace o de que aparezcan cuentas duplicadas.

Registro y traspaso no son lo mismo

Antes de arrancar, ubica en cuál de los dos supuestos estás:

  • Registro. Es cuando eliges por primera vez una administradora, o cuando tu cuenta estaba asignada por la autoridad y decides tomarla. No consume tu derecho anual de traspaso.
  • Traspaso. Es el cambio de una administradora a otra. Es el que se rige por la regla del año del Art. 74 LSAR.

Si nunca has elegido AFORE, es probable que tu cuenta esté asignada. Ese es el peor escenario, porque nadie está comparando por ti.

Los cuatro pasos del cambio

1. Compara con el rendimiento neto, no con la publicidad

El rendimiento neto es el indicador que ya descuenta la comisión, así que es el que refleja lo que de verdad gana tu cuenta. La comisión se cobra como porcentaje anual sobre el saldo. Una diferencia pequeña sostenida durante veinte o treinta años se convierte en una cifra grande al final, porque opera sobre un saldo que crece.

2. Reúne tus documentos

3. Integra tu expediente de identificación electrónico

Es el requisito que más trámites detiene. Se compone de tus datos personales, fotografía digital y huellas. Si aún no lo tienes, la administradora que va a recibir tu cuenta lo integra como parte del proceso. Sin expediente completo no hay traspaso.

4. Firma la solicitud después de leer la constancia

Antes de formalizar, la administradora receptora debe entregarte la constancia de implicaciones del traspaso, donde aparecen las comisiones y el rendimiento neto de todas las administradoras. Léela: es literalmente la comparación que necesitas para saber si te conviene el cambio.

A partir de la firma corre el plazo aproximado de 20 días hábiles. Tu dinero sigue invertido mientras tanto.

Señales de alerta

  • Alguien te ofrece dinero, despensas o regalos por firmar. El traspaso es gratuito y la decisión debe basarse en rendimiento y comisiones, no en un incentivo por firmar.
  • Te piden pagar por "gestionar" el cambio. No hay cuota alguna.
  • Te presionan a firmar sin mostrarte la constancia. Sin ese documento no hay decisión informada.
  • Te piden tu contraseña o tus datos por mensaje. Ningún trámite legítimo se resuelve así.

En el sector de pensiones circulan muchas ofertas de "aumento de pensión" a cambio de un pago. Ninguna gestión ante el IMSS cuesta dinero por adelantado ante el propio Instituto.

Lo que cambiar de AFORE no resuelve

Es importante ser claros, porque aquí se generan expectativas equivocadas:

  • No cambia tu régimen. Si cotizaste por primera vez antes del 1 de julio de 1997 sigues en Ley 73. Revisa Ley 73 vs Ley 97 para ubicarte.
  • No suma semanas cotizadas. Las semanas las reconoce el IMSS, no la administradora. Si te faltan, revisa semanas cotizadas y pensión IMSS.
  • No sube tu pensión de Ley 73. Esa pensión se calcula por fórmula, con el salario promedio de las últimas 250 semanas y la tabla del Art. 167 de la LSS de 1973, no con el saldo acumulado.

Donde sí pesa el rendimiento es en Ley 97, porque ahí el saldo se convierte en tu renta mensual, y en las aportaciones voluntarias de cualquier régimen.

Si eres de Ley 73, ordena tus prioridades

Cambiar de administradora es una decisión menor comparada con las tres que sí mueven tu pensión: recuperar semanas no reconocidas, elegir bien la edad de retiro y evaluar Modalidad 40. Si tienes tiempo limitado para trámites, atiende primero esas tres y deja el traspaso para después.

En Ley 97 el orden se invierte, porque ahí el rendimiento del saldo es literalmente el tamaño de tu pensión futura, y cada punto sostenido durante décadas cambia el resultado.

Cómo te ayudamos

En RIVENZA no vendemos AFORES ni cobramos comisiones por traspasos. Lo que hacemos es decirte, con tu historial real, si el saldo de tu cuenta individual va a definir tu pensión o no, y qué palancas sí mueven tu monto: régimen, semanas, salario promedio y Modalidad 40. Lo revisamos en una revisión con la abogada titular con la Lic. Angélica Rivera, abogada titular con 34 años de experiencia jurídica. Cuéntanos tu caso.

Para saber en qué escenario estás, corre tu caso en la calculadora de pensión IMSS y revisa el hub de pensión IMSS.

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Preguntas frecuentes

¿Cada cuánto puedo cambiar de AFORE?+

La regla del artículo 74 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro es una vez transcurrido un año desde tu registro o desde el último traspaso. Hay excepciones: puedes moverte antes si te cambias a una administradora cuyas sociedades de inversión hayan registrado un mayor rendimiento neto, o si se modifica el régimen de inversión o las comisiones.

¿Cuánto cuesta cambiarse de AFORE?+

El traspaso es gratuito. Ninguna administradora, promotor o gestor puede cobrarte por realizarlo, y tampoco existe una penalización por mover tu cuenta. Si alguien te pide dinero para gestionarlo o te ofrece un pago a cambio de tu firma, desconfía y verifica antes de entregar documentos.

¿Pierdo dinero o semanas cotizadas si cambio de AFORE?+

No. El saldo viaja completo a la nueva administradora y tus semanas cotizadas las lleva el IMSS, no la AFORE. Tampoco cambia tu régimen: si eres de Ley 73 lo sigues siendo, y si eres de Ley 97 también. Lo único que cambia es quién administra e invierte tu ahorro.

¿Qué documentos necesito para el traspaso?+

Identificación oficial vigente, tu CURP o acta de nacimiento, tu número de seguridad social y un documento que acredite que estás registrado en una administradora, como tu estado de cuenta. Además necesitas tu expediente de identificación electrónico con fotografía y huellas; si no lo tienes, la administradora receptora lo integra.

¿Qué es la constancia de implicaciones del traspaso?+

Es el documento con el que la administradora que va a recibir tu cuenta te informa, antes de firmar, las comisiones y el rendimiento neto de todas las administradoras del sistema. Sirve para que compares y para dejar constancia de que la decisión fue informada. Léela completa antes de firmar.

¿Qué debo comparar para elegir AFORE?+

El indicador principal es el rendimiento neto, que ya descuenta la comisión y refleja lo que realmente gana tu cuenta. Después revisa la comisión, que se cobra como porcentaje sobre el saldo, y la calidad del servicio para trámites y consultas. Un décimo de punto sostenido durante veinte años pesa mucho en el saldo final.

¿Cuánto tarda el cambio de AFORE?+

El proceso toma alrededor de veinte días hábiles contados a partir de la firma de la solicitud de traspaso. Mientras se procesa, tu ahorro sigue invertido y no se interrumpe. Al concluir recibirás el estado de cuenta de la nueva administradora.

¿Cambiar de AFORE sube mi pensión de Ley 73?+

No de forma directa. La pensión de Ley 73 se calcula por fórmula, con tu salario promedio de las últimas 250 semanas y tus semanas cotizadas, no con el saldo de la cuenta individual. Aun así conviene tener una buena administradora, porque de ahí salen los recursos que sí se te entregan al pensionarte y tus aportaciones voluntarias.

Publicado: 2 de septiembre de 2026
Etiquetas: AFORE, Traspaso, Rendimiento neto, CONSAR, Cuenta individual
Temas:Trámites