¿Cuántas semanas necesito para pensionarme del IMSS en 2026?
Semanas mínimas para pensión IMSS bajo Ley 73 (500) y Ley 97 (1,000 a 1,250 según año). Cómo consultar tus semanas, qué hacer si te faltan y cómo recuperar semanas perdidas.
Respuesta rápida: Para pensionarte bajo Ley 73 necesitas 500 semanas cotizadas. Bajo Ley 97, el mínimo aumenta gradualmente cada año: 1,025 semanas en 2026, escalando hasta 1,250 semanas en 2031. Puedes consultar tus semanas gratis en el portal del IMSS y, si te faltan, existen rutas legales para completarlas.
Semanas mínimas según régimen
Ley 73 (cotizaciones antes de julio 1997)
500 semanas cotizadas. Este número no ha cambiado desde que se creó la ley y no cambiará. Si tienes al menos una semana cotizada bajo Ley 73, puedes pensionarte con 500 semanas totales (sumando las de ambas leyes).
Ley 97 (cotizaciones desde julio 1997 en adelante)
El requisito aumenta progresivamente por reforma de 2020:
| Año | Semanas mínimas |
|---|---|
| 2024 | 950 |
| 2025 | 1,000 |
| 2026 | 1,025 |
| 2027 | 1,050 |
| 2028 | 1,075 |
| 2029 | 1,100 |
| 2030 | 1,175 |
| 2031 en adelante | 1,250 |
Cada año pospone el umbral. Si tienes 55 años y cotizaste solo bajo Ley 97, tu meta cambia según la edad a la que pienses pensionarte.
Cómo consultar tus semanas cotizadas
Opción 1: en línea (recomendada)
- Entra a imss.gob.mx → Servicios Digitales → "Constancia de Semanas Cotizadas".
- Ingresa CURP, número de seguridad social (NSS) y correo electrónico.
- Recibes PDF en tu email en segundos.
Opción 2: presencial
En cualquier subdelegación del IMSS con identificación oficial. Tardan lo que toque la fila.
Opción 3: app IMSS Digital
Disponible para iOS y Android. Requiere autenticación con Llave CDMX o e.firma.
Qué revisar en tu constancia
Tu constancia debe incluir:
- Total de semanas cotizadas (resaltado en la parte superior).
- Lista detallada de patrones con fechas de alta, baja y salario registrado.
- Salario base de cotización por período (importante para Ley 73).
Alertas a revisar con cuidado
- Semanas "descontadas" o baja retroactiva. Algunos patrones dan baja con fecha anterior para evitar pagar prestaciones. Si ves una baja que no corresponde, reclámala.
- Semanas faltantes completas (huecos largos). Si trabajaste en esos períodos y no fuiste reportado, es reclamable.
- Salario base bajo respecto a lo que realmente ganabas. El patrón pudo haberte registrado con salario menor al real. La diferencia impacta directo en tu pensión.
- Nombre o CURP incorrecto. Requiere corrección antes del trámite de pensión o las semanas no se acreditarán.
¿Qué hacer si te faltan semanas?
Ruta 1: seguir cotizando (la más común)
- Empleo formal: cualquier trabajo que te registre al IMSS suma semanas al tiempo que trabajas.
- Modalidad 10 (aseguramiento voluntario básico): permite cotizar como si fueras empleado, con el salario que elijas hasta 25 UMAs, pero no cuenta para el cálculo de pensión Ley 73 igual que Modalidad 40 — solo suma semanas. Se usa cuando solo necesitas cerrar el mínimo.
- Modalidad 40 (continuación voluntaria): suma semanas y mejora el salario promedio para Ley 73. La opción superior si tu objetivo es maximizar pensión. Ver nuestra guía completa de Modalidad 40.
Ruta 2: reconocimiento de semanas no registradas
Si trabajaste en períodos donde el patrón no te reportó al IMSS, puedes demandar el reconocimiento. Necesitas probar la relación laboral:
- Contratos firmados
- Recibos de nómina o transferencias bancarias
- Testigos (compañeros de trabajo)
- Correos, oficios o comunicaciones que muestren actividad
- Identificación como trabajador ante terceros
El plazo general es de 5 años desde la prestación del servicio. Si tus patrones cerraron hace más tiempo, casi siempre el camino es difícil. Pero hay excepciones cuando el patrón sigue existiendo y las pruebas son sólidas.
Ruta 3: convenios internacionales
Si cotizaste en Estados Unidos, España u otros países con convenios bilaterales, puedes totalizar períodos para cumplir el mínimo del IMSS. Ver nuestra guía de pensión para mexicanos en el extranjero.
Ruta 4: régimenes especiales
Si trabajaste en marina mercante, minería, o sectores con regímenes preferenciales, las reglas pueden darte tratamiento distinto. Requiere revisión caso por caso.
Errores comunes al contar semanas
- Confundir semanas con años. Una semana cotizada = 7 días registrados. No necesariamente coincide con un año calendario de empleo porque vacaciones pagadas, incapacidades y aguinaldos también cuentan.
- Creer que los períodos sin cotizar "se pierden". Las semanas cotizadas no se pierden, solo pausan. Lo que puedes perder es la conservación de derechos (Art. 150 LSS) si tu tiempo sin cotizar supera 1/4 del tiempo total cotizado.
- Esperar demasiado. Si te faltan 100 semanas y quieres pensionarte en 2 años, ya no te da. Planea con horizonte de 3 años mínimo.
- Ignorar Ley 97. Muchos asumen que solo aplica Ley 73. Revisa cuál te conviene con cálculos reales, no supuestos.
Cómo calcular exactamente qué necesitas
Usa nuestra calculadora de pensión IMSS. Ingresas:
- Edad actual
- Semanas ya cotizadas
- Salario promedio mensual
- Régimen aplicable (Ley 73 o Ley 97)
- Estado civil
Te muestra:
- Si cumples los requisitos hoy
- Cuántas semanas te faltan
- Estimación mensual de pensión
- Comparativa con Modalidad 40
Si quieres validar tu historial de semanas o recuperar algunas no registradas, en RIVENZA hacemos diagnóstico sin costo inicial.
Calcula tu pensión IMSS con Ley 73 o Ley 97 en 30 segundos.
Usa la calculadora de pensiónPreguntas frecuentes
¿Cuántas semanas mínimas necesito para pensionarme?+
Bajo Ley 73 necesitas 500 semanas cotizadas. Bajo Ley 97, el requisito aumenta gradualmente: 1,000 semanas en 2025, 1,025 en 2026, hasta llegar a 1,250 semanas en 2031.
¿Cómo consulto mis semanas cotizadas?+
Entra al portal del IMSS (imss.gob.mx), sección 'Servicios en línea', Constancia de Semanas Cotizadas. Necesitas CURP, número de seguridad social y correo electrónico. El trámite es gratuito e inmediato.
¿Qué hago si me faltan semanas?+
Tres rutas: (1) seguir cotizando bajo un empleo o Modalidad 10/40; (2) reconocimiento de semanas no registradas vía juicio administrativo si trabajaste sin que te reportaran; (3) revisar si calificas bajo algún régimen especial o convenio internacional si cotizaste en otro país.
¿Cuentan las semanas de cuando estuve en AFORE Ley 97 si pensiono por Ley 73?+
Sí. Todas las semanas cotizadas al IMSS cuentan para el cómputo total, independientemente del régimen. Lo que cambia es bajo qué ley eliges pensionarte al momento del trámite.
¿Puedo recuperar semanas que mi patrón no reportó?+
Sí. Mediante juicio administrativo ante el IMSS o vía Tribunales. Necesitas probar la relación laboral: contratos, recibos, testigos, depósitos bancarios. El plazo general es de 5 años desde la prestación del servicio.