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Extranjero· 10 min de lectura

Cotizar al IMSS desde el extranjero: continuación voluntaria

Continuación voluntaria (Modalidad 40) desde el extranjero: 52 semanas en los últimos 5 años, 5 años de plazo desde la baja y cuota de 14.438% en 2026.

A
Angélica Rivera
Abogada titular de RIVENZA, 34 años de experiencia jurídica
Mexicano en el extranjero revisando su historial de semanas cotizadas del IMSS en la computadora | RIVENZA

Respuesta rápida: Para seguir cotizando al IMSS desde el extranjero, la figura legal es la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, conocida administrativamente como Modalidad 40. El artículo 218 de la Ley del Seguro Social exige un mínimo de cincuenta y dos cotizaciones semanales acreditadas en el régimen obligatorio en los últimos cinco años al ser dado de baja, y permite inscribirse con el último salario o uno superior. El artículo 219 da un plazo de cinco años desde la baja para ejercer el derecho por escrito, y el artículo 220 advierte que la modalidad termina si se dejan de pagar las cuotas durante dos meses. La cuota en 2026 es del 14.438 por ciento del salario inscrito y sube a 15.528 por ciento en 2027.


Cotizar al IMSS desde el extranjero: números y plazos de tu caso

ConceptoDato 2026Fundamento
Semanas mínimas previas52 en los últimos 5 años antes de la bajaArt. 218 LSS
Plazo para solicitar tras la baja5 años, por escritoArt. 219 LSS
Salario de inscripciónEl último o uno superior, hasta el topeArt. 218 LSS
Tope de cotización25 UMA, es decir 2,932.75 pesos diariosArt. 28 LSS
Salario tope mensual89,155.60 pesos25 UMA por 30.4 días
Cuota mensual14.438 por ciento del salario inscritoCuota vigente 2026
Cuota mensual en el tope12,872.29 pesos89,155.60 por 14.438 por ciento
Cuota 202715.528 por cientoCuota programada
Causa de terminación más comúnDejar de pagar 2 mesesArt. 220 fr. II LSS
Pensión mínima garantizada10,637 pesos al mesSalario mínimo 315.04 por 365 por 1.11 entre 12

La UMA diaria vigente en 2026 es de 117.31 pesos y el salario mínimo general de 315.04 pesos diarios. Esas dos cifras, que suelen confundirse, son las que mueven todo el cálculo.

Qué es exactamente la continuación voluntaria

Cuando dejas de trabajar para un patrón, causas baja en el régimen obligatorio y dejas de acumular semanas. La continuación voluntaria permite seguir cotizando por tu cuenta, pagando tú la cuota que antes se repartía entre patrón, trabajador y Estado.

Cubre el seguro conjunto de invalidez y vida y el de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. No incluye enfermedades y maternidad, así que no da servicio médico. Quien necesita cobertura médica debe valorar otro esquema, tema que tratamos en seguro voluntario IMSS para independientes.

Para pensión, en cambio, es la herramienta más potente que existe bajo Ley 73, por dos razones: suma semanas y, sobre todo, sube el salario promedio con el que se calcula la pensión. La diferencia entre continuación voluntaria y otras figuras la explicamos en continuación voluntaria IMSS vs Modalidad 40.

Los tres plazos que arruinan expedientes

  1. Los cinco años del artículo 219. El derecho se pierde si no se ejercita mediante solicitud por escrito dentro de cinco años a partir de la fecha de baja. Es el error más caro de quien emigró: se fue, dejó el trámite pendiente y volvió a preguntar siete años después.
  2. Los dos meses del artículo 220. Dejar de pagar las cuotas durante dos meses termina la continuación voluntaria. Desde el extranjero, un mes de descuido con las transferencias basta para acercarse al borde.
  3. La conservación de derechos. Si pasó mucho tiempo desde la baja, además del plazo del artículo 219 hay que revisar el estado de tus semanas. Ese tema lo cubrimos en conservación de derechos IMSS.

Cómo se opera desde fuera de México

El artículo 218 fija requisitos de cotización previa, no de domicilio. Lo que complica el trámite viviendo fuera es la parte operativa, y se resuelve así:

  • Verifica tus semanas cotizadas antes de cualquier cosa. El procedimiento está en constancia de semanas cotizadas IMSS en línea. Si tu registro tiene periodos faltantes, primero se aclaran.
  • Confirma tu NSS y tu CURP. Si no tienes el número a la mano, revisa número de seguro social con CURP.
  • Designa un apoderado en México. Para la solicitud y para pagar cada mes. Cuando la subdelegación exige representación formal, el camino más limpio es otorgar el poder en el consulado, como explicamos en poder notarial desde Estados Unidos en el consulado.
  • Automatiza el pago. La cuota se cubre mensualmente con línea de captura. Deja el pago programado o encarga el calendario a alguien de confianza: los dos meses del artículo 220 no admiten explicación.
  • Guarda los comprobantes. Cada pago es prueba de tus semanas. Consérvalos en digital y en físico.

Cuánto cuesta y cuánto rinde

La cuota es proporcional al salario con el que te inscribes. En el tope de 25 UMA, el salario mensual de cotización es de 89,155.60 pesos y la cuota mensual de 12,872.29 pesos con el porcentaje de 2026. Con un salario de inscripción menor, la cuota baja en la misma proporción.

Lo que rinde depende de tu perfil. Bajo Ley 73, la pensión se calcula con el promedio salarial de las últimas doscientas cincuenta semanas y con la tabla del artículo 167 de la Ley del Seguro Social, más el factor de edad del artículo 171, que va de 75 por ciento a los 60 años a 100 por ciento a los 65. Por eso no existe una respuesta general: hay casos donde la inversión se recupera pronto y otros donde no conviene.

Antes de decidir, corre tu escenario en el simulador de Modalidad 40 y contrasta con la calculadora de pensión IMSS. Ambas son gratuitas y usan las constantes vigentes.

Cómo elegir el salario de inscripción

Es la decisión que más dinero mueve y la que más se toma a la ligera. El artículo 218 permite inscribirte con el último salario o uno superior, dentro del tope de 25 UMA. Como la cuota es un porcentaje de ese salario, subirlo aumenta el desembolso mensual, pero también el promedio con el que se calculará tu pensión.

Tres variables definen si conviene subirlo:

  • Cuántos años vas a cotizar. Como el cálculo de Ley 73 toma el promedio de las últimas doscientas cincuenta semanas, un periodo corto en el tope pesa menos que un periodo largo.
  • A qué edad piensas pensionarte. El factor del artículo 171 va de 75 por ciento a los 60 años a 100 por ciento a los 65. Pensionarse cinco años después cambia el resultado tanto o más que subir el salario.
  • Cuánto puedes sostener sin fallar. De poco sirve inscribirse en el tope si a los ocho meses hay que suspender pagos: dos meses sin cuota terminan la modalidad.

Por eso, el ejercicio correcto no es preguntar "cuánto se paga en Modalidad 40", sino simular dos o tres escenarios de salario y edad, y comparar el desembolso total contra la pensión resultante.

Qué revisar cada año

  • La cuota sube. Pasa de 14.438 por ciento en 2026 a 15.528 por ciento en 2027, así que el pago mensual crece aunque no cambies de salario.
  • La UMA se actualiza. Como el tope de cotización se expresa en 25 UMA, el salario tope en pesos se mueve con ella.
  • Tus semanas acumuladas. Conviene descargar la constancia cada año y confirmar que los pagos se reflejaron.
  • Tu edad y el factor aplicable, para decidir si vale la pena esperar un año más antes de solicitar la pensión.

Errores frecuentes de quienes cotizan desde fuera

  1. Dejar vencer el plazo de cinco años del artículo 219.
  2. Inscribirse con un salario bajo por miedo a la cuota, y perder el efecto principal de la modalidad.
  3. Pagar de forma irregular y caer en la causal de terminación del artículo 220.
  4. Suponer que la Modalidad 40 incluye servicio médico.
  5. Iniciar sin revisar el historial de semanas y descubrir después que faltan periodos por aclarar.

Cómo te ayudamos

En RIVENZA revisamos tu historial de semanas, verificamos si sigues dentro del plazo del artículo 219, calculamos con qué salario conviene inscribirte según tu edad y tus semanas, y armamos el poder para que un apoderado opere el trámite y los pagos en México mientras tú sigues en el extranjero.

Cuéntale tu caso a la abogada titular con la Lic. Angélica Rivera y sal con un plan de cotización con números, no con suposiciones. Si tu duda es cómo cobrar la pensión desde fuera, revisa pensionarse en México viviendo en Estados Unidos y el hub de pensión IMSS.

Paso siguiente

Calcula la cuota mensual al tope de 25 UMAs, inversión total a 5 años y mejora de pensión vitalicia (Art. 218 LSS).

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Preguntas frecuentes

¿Puedo seguir cotizando al IMSS si vivo en el extranjero?+

La vía es la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, conocida como Modalidad 40. El artículo 218 de la Ley del Seguro Social exige un mínimo de cincuenta y dos cotizaciones semanales acreditadas en el régimen obligatorio en los últimos cinco años al ser dado de baja. La norma fija requisitos de cotización previa, no de residencia, aunque en la práctica conviene tener un apoderado en México para las gestiones presenciales.

¿Cuánto tiempo tengo para darme de alta después de mi baja?+

Cinco años. El artículo 219 de la Ley del Seguro Social establece que el derecho se pierde si no se ejercita mediante solicitud por escrito dentro de un plazo de cinco años a partir de la fecha de baja. Es el plazo que más se deja vencer entre quienes emigraron y dejaron el trámite para después.

¿Cuánto se paga de Modalidad 40 en 2026?+

La cuota es del 14.438 por ciento del salario con el que te inscribas y sube a 15.528 por ciento en 2027. Con la UMA diaria de 117.31 pesos y el tope de cotización de 25 UMA, el salario tope mensual es de 89,155.60 pesos, de modo que la cuota mensual en el tope equivale a 12,872.29 pesos. Con salarios menores, la cuota baja en la misma proporción.

¿Qué pasa si dejo de pagar un mes viviendo fuera de México?+

El artículo 220 de la Ley del Seguro Social señala que la continuación voluntaria termina por declaración expresa del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por ser dado de alta nuevamente en el régimen obligatorio. Dos meses sin pago cierran la modalidad, y volver a entrar depende de que sigas dentro del plazo del artículo 219.

¿La Modalidad 40 me da servicio médico?+

No. La continuación voluntaria cubre el seguro conjunto de invalidez y vida y el de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, que son los que impactan tu pensión. No incluye enfermedades y maternidad. Quien busca cobertura médica debe valorar otro esquema, como el seguro de salud para la familia.

¿Con qué salario me puedo inscribir?+

El artículo 218 de la Ley del Seguro Social señala que la inscripción se hace con el último salario o uno superior al que se tenía al momento de la baja, siempre dentro del tope de cotización de 25 UMA. Ese salario es la variable que más mueve la pensión final, y por eso conviene simular antes de decidirlo.

¿Puede otra persona hacer el trámite y los pagos por mí?+

Sí. Es lo más frecuente entre connacionales en Estados Unidos: un familiar o apoderado en México presenta la solicitud y realiza los pagos mensuales con la línea de captura. Cuando la subdelegación exige representación formal, conviene otorgar el poder en el consulado mexicano, que ejerce funciones notariales conforme al artículo 44 fracción IV de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

¿Conviene la Modalidad 40 si ya tengo muchas semanas?+

Depende del salario con el que te inscribas, de tu edad y de las semanas que ya tienes, porque bajo Ley 73 la pensión se calcula sobre el promedio salarial de las últimas doscientas cincuenta semanas y sobre la tabla del artículo 167 de la Ley del Seguro Social. Hay casos en los que el aumento es notable y otros en los que la inversión no se recupera. La única forma seria de decidirlo es simular tu caso concreto.

Publicado: 2 de septiembre de 2026
Etiquetas: Modalidad 40, Continuación voluntaria, IMSS, Extranjero, Pensión