Retiro de AFORE por matrimonio: requisitos y monto 2026
Retiro de AFORE por matrimonio: 30 UMA (3,519.30 pesos en 2026), 150 semanas, una sola vez y no descuenta semanas (Art. 165 LSS). Pasos y documentos.

Respuesta rápida: El retiro de AFORE por matrimonio es la ayuda para gastos de matrimonio o unión civil del artículo 165 de la Ley del Seguro Social: una cantidad equivalente a 30 días de salario mínimo general, que el IMSS paga en UMA (30 por 117.31: 3,519.30 pesos en 2026), con cargo a la cuota social de tu cuenta individual. Requisitos: 150 semanas cotizadas en retiro, cesantía y vejez a la fecha del matrimonio, que ninguno de los cónyuges haya sido registrado antes con esa calidad (o acreditar muerte o divorcio del anterior), y ejercerlo una sola vez. No descuenta semanas y se paga en máximo 5 días hábiles.
Retiro de AFORE por matrimonio: requisitos y datos clave
| Concepto | Detalle | Base legal |
|---|---|---|
| Monto | 30 días de salario mínimo general, pagados en UMA: 3,519.30 pesos en 2026 | Art. 165 LSS; trámite IMSS |
| De dónde sale | De la cuota social que aporta el gobierno federal a tu cuenta individual | Art. 165 LSS |
| Semanas mínimas | 150 semanas cotizadas en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a la fecha del matrimonio | Art. 165 fr. I LSS |
| Estado civil | Ninguno de los cónyuges registrado antes en el IMSS con esa calidad; si hubo un cónyuge previo, acta de defunción o de divorcio | Art. 165 fr. II y III LSS |
| Veces | Una sola vez; no aplica a matrimonios o uniones civiles posteriores | Art. 165 LSS, último párrafo |
| Vigencia | Asegurado vigente, o dentro de los 90 días hábiles siguientes a la baja | Art. 166 LSS |
| Fecha del matrimonio | A partir del 1 de julio de 1997 | Trámite IMSS |
| Unión civil | Incluida desde la reforma DOF 20-01-2023 | Art. 165 LSS reformado |
| Semanas cotizadas | No se descuentan | CONSAR |
| Plazo de pago | Máximo 5 días hábiles | CONSAR |
Qué es y de dónde sale el dinero
La ayuda para gastos de matrimonio es una prestación del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. A diferencia del retiro por desempleo, no toma dinero de tus aportaciones ni de las de tu patrón: sale de la cuota social, la aportación que hace el gobierno federal a tu cuenta individual. Por eso no reduce tus semanas cotizadas ni exige reintegro.
Es un monto modesto (3,519.30 pesos en 2026), pero es tuyo por ley y muchos asegurados lo dejan pasar por desconocimiento o por no cumplir un requisito de forma, como registrar al cónyuge correctamente.
Los requisitos explicados
150 semanas cotizadas a la fecha del matrimonio
No importa cuántas semanas tengas hoy: la ley mide las semanas en la fecha de celebración del matrimonio (Art. 165 fr. I LSS). Si te casaste con 120 semanas y ahora tienes 300, no cumples. Consulta tu historial en tu constancia de semanas cotizadas en línea para confirmar la cifra exacta a esa fecha.
Que el cónyuge no haya sido registrado antes con esa calidad
La fracción III del artículo 165 exige que cualquiera de los cónyuges no haya sido registrado con anterioridad en el Instituto con esa calidad. Si registraste a una persona como cónyuge en el IMSS (por ejemplo, como beneficiaria) y ahora te casas con otra, debes acreditar con documentos la muerte de la persona registrada o exhibir el acta de divorcio (fr. II).
Una sola vez en la vida
El derecho se ejerce por una sola vez, y la ley aclara que no hay derecho por matrimonios o uniones civiles posteriores. Si ya lo cobraste, un segundo matrimonio no lo reactiva.
Vigente o dentro de 90 días hábiles tras la baja
El artículo 166 LSS conserva el derecho a quien deja el régimen obligatorio, siempre que firme el matrimonio o la unión civil dentro de los 90 días hábiles siguientes a su baja. Pasado ese plazo, sin alta vigente, el derecho se pierde hasta que vuelvas a cotizar.
Matrimonio civil o unión civil
Debe ser matrimonio civil (el religioso no cuenta) celebrado a partir del 1 de julio de 1997, según el trámite del IMSS. Desde la reforma publicada en el Diario Oficial el 20 de enero de 2023, la ley reconoce también la unión civil registrada. El concubinato o la unión libre no generan esta ayuda, aunque sí pueden dar otros derechos; lo explicamos en concubinato y pensión IMSS.
Documentos que te van a pedir
- Identificación oficial vigente.
- CURP y Número de Seguridad Social.
- Acta de matrimonio civil o constancia de unión civil.
- Acta de defunción o de divorcio del cónyuge anterior, si aplica.
- Expediente de identificación actualizado en la AFORE (incluye datos biométricos).
- Cuenta bancaria a tu nombre para el depósito.
Pasos para solicitarlo
- Verifica que cumples las 150 semanas a la fecha del matrimonio.
- Localiza tu AFORE si no la conoces.
- Actualiza tu expediente de identificación en la AFORE.
- Presenta la solicitud en sucursal o en AforeMóvil con el acta de matrimonio.
- Espera la validación de la AFORE con el IMSS y el depósito, en máximo 5 días hábiles.
El IMSS informa que la solicitud se presenta directamente ante la AFORE. No necesitas pasar por ventanilla del Instituto salvo que haya inconsistencias en tu registro de cónyuge.
Retiro por matrimonio vs retiro por desempleo
| Concepto | Por matrimonio | Por desempleo |
|---|---|---|
| Monto | 30 UMA (3,519.30 pesos en 2026) | 30 días de salario base (A) o hasta 11.5% del saldo (B) |
| Origen | Cuota social | Subcuenta RCV (tu ahorro) |
| Descuenta semanas | No | Sí, en proporción |
| Frecuencia | Una vez en la vida | Una vez cada 5 años |
| Base legal | Art. 165 y 166 LSS | Art. 191 fr. II y 198 LSS |
Si perdiste el empleo y además te casas, puedes ejercer ambos derechos; no se excluyen. Los requisitos del otro trámite están en retiro de AFORE por desempleo: requisitos.
Errores que dejan sin la ayuda
- Contar las semanas de hoy en lugar de las semanas a la fecha del matrimonio.
- No haber registrado al cónyuge o haber registrado a otra persona sin acreditar divorcio o defunción.
- Solicitarla después de los 90 días hábiles de la baja sin tener alta vigente.
- Dar datos falsos de estado civil, lo que hace perder el derecho por completo (Art. 166 LSS).
- Tener el expediente de la AFORE desactualizado, la causa más común de retraso.
Cómo te ayudamos
Si la AFORE rechazó tu solicitud, si el IMSS tiene registrado un cónyuge distinto o si quieres asegurarte de que el registro de tu esposa o esposo también proteja una futura pensión de viudez, lo revisamos contigo en una asesoría legal en línea con la Lic. Angélica Rivera, abogada titular con 34 años de experiencia jurídica. Cuéntanos tu caso.
Y si además quieres saber qué otras prestaciones te da tu cuenta individual, empieza por AFORE vs pensión IMSS: diferencias y el hub de pensión IMSS.
Déjanos los datos y la abogada titular revisa tu caso y te dice qué procede.
Cuéntanos tu casoPensiones y retiro
Asesoría personalizada con honorarios fijos y método documentable.
Ver detalle del servicio →Preguntas frecuentes
¿Qué es el retiro de AFORE por matrimonio?+
Es la ayuda para gastos de matrimonio o unión civil del artículo 165 de la Ley del Seguro Social: el asegurado puede retirar de su cuenta individual, con cargo a la cuota social que aporta el gobierno federal, una cantidad equivalente a 30 días de salario mínimo general, que el IMSS paga en UMA. Se ejerce una sola vez en la vida.
¿Cuánto dan de ayuda por matrimonio en el IMSS?+
El equivalente a 30 días de UMA vigente en la fecha del matrimonio. Con la UMA diaria de 2026 (117.31 pesos) son 3,519.30 pesos. La ley habla de 30 días de salario mínimo, pero desde la desindexación de 2016 el IMSS calcula este monto con la UMA, como lo indica en su propio trámite.
¿Cuáles son los requisitos para el retiro por matrimonio?+
Tener al menos 150 semanas cotizadas en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez a la fecha del matrimonio; que ninguno de los cónyuges haya sido registrado antes en el IMSS con esa calidad, o acreditar la muerte o el divorcio del cónyuge anterior; no haber ejercido el derecho antes; y estar vigente como asegurado, o dentro de los 90 días hábiles siguientes a la baja (Art. 165 y 166 LSS).
¿El retiro por matrimonio descuenta semanas cotizadas?+
No. A diferencia del retiro por desempleo, la ayuda para gastos de matrimonio sale de la cuota social y no reduce tus semanas de cotización, según lo informa la CONSAR. Tampoco requiere reintegro.
¿Cuántas veces se puede pedir el retiro por matrimonio?+
Una sola vez. El artículo 165 LSS dice que este derecho se ejercerá por una sola vez y que el asegurado no tendrá derecho por matrimonios o uniones civiles posteriores.
¿Aplica si me casé antes de 1997 o si solo vivo en unión libre?+
El IMSS exige que el matrimonio civil se haya celebrado a partir del 1 de julio de 1997, cuando entró en vigor la Ley del Seguro Social vigente. Desde la reforma publicada el 20 de enero de 2023 también aplica a la unión civil registrada. La unión libre o el concubinato sin registro no dan derecho a esta ayuda.
¿Dónde se solicita y cuánto tarda?+
Se solicita directamente en la AFORE donde está tu cuenta individual, en sucursal o desde la aplicación AforeMóvil. La AFORE valida con el IMSS y entrega el pago en un máximo de 5 días hábiles, según la CONSAR.
¿Qué pasa si di datos falsos sobre mi estado civil?+
El artículo 166 LSS es claro: el asegurado que suministre datos falsos en relación con su estado civil pierde todo derecho a la ayuda para gastos de matrimonio. Además, registrar un cónyuge distinto al real puede afectar futuras pensiones de viudez.