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Laboral· 10 min de lecturaActualizado 6 de mayo de 2026

Me despidieron: ¿qué derechos tengo en México? Guía 2026

¿Te despidieron? Tienes 2 meses (Art. 518 LFT) para demandar y recuperar 3 meses salario + 20 días/año + prima antigüedad + caídos. Plazo crítico, no esperes.

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Equipo Laboral RIVENZA
Especialistas en despidos injustificados y Tribunales Laborales Federales
Expediente legal exitoso: derechos del trabajador en caso de despido injustificado
Foto: Martijn Vonk / Unsplash

Respuesta rápida: Si te despidieron sin causa justificada en México, la Ley Federal del Trabajo te garantiza: 3 meses de salario (indemnización constitucional), 20 días de salario por cada año trabajado, prima de antigüedad, aguinaldo y vacaciones proporcionales, prima vacacional y, opcionalmente, reinstalación o salarios caídos. Tienes 2 meses desde el despido para demandar.


¿Qué es un despido injustificado?

Bajo la LFT, un despido es justificado solo cuando el patrón prueba una causa específica listada en el Artículo 47 (por ejemplo: engaño al contratar, faltas graves, más de 3 ausencias injustificadas en 30 días, revelar secretos, entre otras). El despido debe ser por escrito con la causa especificada.

Todo despido que no cumpla estos requisitos es injustificado, incluyendo:

  • Despido verbal sin motivo escrito.
  • "Te vamos a dar tu liquidación" sin causa específica.
  • Presión para renunciar.
  • Aviso con causal falsa o exagerada.
  • No entregar aviso de rescisión por escrito (o hacerlo fuera de los 30 días que permite la ley).

Conceptos que te corresponden

1. Indemnización constitucional (3 meses)

3 meses del salario diario integrado. Es la indemnización básica constitucional (Art. 123 de la Constitución y Art. 48 LFT). No es negociable ni se paga en finiquitos "normales".

2. 20 días de salario por año (Art. 50 LFT)

20 días del salario diario integrado por cada año de servicio prestado. Incluye años fraccionados proporcionalmente. Aplica cuando no hay reinstalación.

3. Prima de antigüedad (Art. 162 LFT)

12 días de salario por cada año trabajado, con salario topado a 2 UMAs diarias (≈ $226 pesos diarios en 2026). Aplica en cualquier terminación de la relación laboral por más de 15 años trabajados, o en despidos injustificados desde el primer año.

4. Aguinaldo proporcional (Art. 87)

15 días mínimos de salario, proporcional a los días trabajados en el año en curso.

5. Vacaciones no gozadas (Art. 76, reforma de vacaciones)

Días acumulados proporcionales al año cursado. Desde la reforma de vacaciones, las vacaciones mínimas son:

Año de antigüedadDías anuales
12
14
16
18
20
6º a 10º22
11º a 15º24
16º a 20º26
21º a 25º28

6. Prima vacacional (Art. 80)

25% adicional sobre las vacaciones no gozadas.

7. Salarios caídos (Art. 48 LFT)

Salario que se sigue generando desde el despido hasta la sentencia, topado a 12 meses. Después del tope, se genera interés del 2% mensual sobre 15 meses de salario.

8. Reinstalación (opcional)

En lugar de indemnización, puedes pedir que te regresen al puesto. El patrón puede negarse solo si cae en los supuestos del Art. 49 LFT (personal de confianza, menos de 1 año, doméstico).

Cálculo con ejemplo real

Laura ganaba $25,000 mensuales, trabajó 4 años en la empresa, es casada, no tiene hijos menores. La despidieron sin causa escrita.

  • Salario diario: $25,000 / 30 = $833.33
  • Salario diario integrado (factor ≈ 1.0493 por 4 años): $874.45
ConceptoCálculoMonto
Indemnización constitucional3 × $25,000$75,000
20 días × año20 × 4 × $874.45$69,956
Prima de antigüedad12 × 4 × min($833, 2 UMAs)$10,848
Aguinaldo proporcional (6 meses)$833 × 15 × 183/365$6,265
Vacaciones proporcionales (18 días)$833 × 18 × 183/365$7,518
Prima vacacional (25%)$7,518 × 25%$1,880
Subtotal liquidación$171,467
Salarios caídos (6 meses típicos)6 × $25,000$150,000
Total estimado$321,467

Nota: el salario diario integrado aumenta el factor integrador (1 + aguinaldo + prima vacacional dividido entre días del año). Para 4 años, vacaciones son 18 días, por lo que factor ≈ 1 + 15/365 + (18 × 0.25)/365 = 1.0534. Varía ligeramente caso por caso.

El plazo crítico: 2 meses

El Artículo 518 LFT establece que las acciones que nazcan del despido caducan en 2 meses contados desde el día siguiente al despido. Este plazo es:

  • Fatal: si pasa, pierdes las acciones principales.
  • No se suspende por negociaciones con el patrón.
  • No se interrumpe con WhatsApp ni emails — solo con demanda formal.

Primera regla: si te despiden, agenda asesoría en la primera semana. No dejes que pase un mes "esperando a ver qué dice la empresa".

El nuevo sistema laboral (reforma 2019-2022)

Hoy los juicios laborales ya no se tramitan en Juntas de Conciliación — esas desaparecieron. Ahora:

  1. Conciliación obligatoria previa ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL). Dura máximo 45 días. Si se logra acuerdo, ahí termina. Si no, se expide constancia para demandar.
  2. Juicio ante Tribunal Laboral Federal. Proceso oral, con audiencias públicas y sentencia en 6-12 meses.
  3. Ejecución rápida en caso de ganar.

Esta reforma cambió completamente el panorama: antes un despido duraba años de pleito, ahora se resuelve en meses. El incentivo de patrones a dar liquidaciones pobres disminuyó porque el cálculo es más rápido y predecible.

Qué NO hacer si te despiden

  1. No firmes nada antes de asesoría. Un finiquito bien redactado puede cerrarte puertas.
  2. No aceptes "quedamos bien" verbales. Lo que no está por escrito, no existe.
  3. No destruyas ni devuelvas evidencia: correos, mensajes, credenciales, contratos.
  4. No renuncies por escrito si en realidad te están despidiendo con presión.
  5. No esperes más de 1 mes para consultar. El reloj corre.

Qué SÍ hacer

  1. Documenta la fecha y circunstancias del despido. Mensaje, llamada, reunión con testigo.
  2. Reúne pruebas de la relación laboral: contrato, recibos, credencial, correos, teléfono, organigrama.
  3. Pide constancia de terminación, idealmente por escrito.
  4. Calcula lo que te corresponde (usa nuestro verificador de derechos laborales).
  5. Agenda asesoría legal en la primera semana — muchas firmas, incluida RIVENZA, ofrecen primera sesión gratuita.
  6. Evalúa conciliación vs juicio con base en números reales, no emocionales.

Casos especiales

Acoso u hostigamiento laboral

Si tu renuncia fue producto de acoso sexual, hostigamiento o discriminación, la ley permite reclasificarla como despido injustificado. Aplican los mismos derechos más posible daño moral. Requiere evidencia sólida.

Personal de confianza

Si eres gerente, director o personal de confianza, aplican mismos montos pero el patrón puede negar reinstalación (solo indemnización). Ver Art. 9 y 185 LFT.

Contratos temporales

Si te despiden antes de que venza el contrato temporal sin causa justificada, aplica indemnización. El cálculo es menor pero aplica.

Freelance / honorarios

Si había relación real de subordinación (horario, instrucciones, exclusividad), la LFT aplica aunque no hubiera contrato formal. Se prueba con testigos, recibos, comunicaciones.

Paso siguiente: verifica tus derechos

Usa nuestro verificador de derechos laborales. Ingresas tu antigüedad, salario, tipo de contrato y situación. La herramienta calcula cada concepto bajo LFT vigente, cita el artículo legal y suma el total estimado.

En RIVENZA la primera asesoría es gratuita. En casos de despido injustificado trabajamos con honorarios por resultado: solo cobras un porcentaje sobre lo recuperado.

Paso siguiente

Semáforo de urgencia con caducidad Art. 518 LFT (2 meses) y conciliación CFCRL (45 días).

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para demandar después de un despido?+

Dos meses contados desde el día siguiente al despido. Este es un plazo de caducidad, no de prescripción: si se vence, pierdes el derecho a la mayoría de las acciones principales. Actúa rápido.

¿Qué incluye una liquidación por despido injustificado?+

Indemnización constitucional (3 meses de salario), 20 días por cada año de servicio, prima de antigüedad (12 días por año topada a 2 UMAs), aguinaldo proporcional, vacaciones proporcionales, prima vacacional y salarios caídos hasta por 12 meses.

¿Qué pasa si firmé el finiquito y después supe que era poco?+

Puede ser impugnable si firmaste bajo presión, sin asesoría o si el monto no cubre lo que te correspondía por ley. Hay vías para anular finiquitos viciados. El plazo sigue siendo de 2 meses desde el despido, no desde cuando te das cuenta.

¿Puedo exigir reinstalación en lugar de indemnización?+

Sí, la reinstalación es una opción del trabajador en despidos injustificados (Art. 48 LFT). El patrón puede negarse solo en casos específicos (personal de confianza, trabajadores con menos de un año, empleados domésticos). Si acepta la reinstalación, debe pagarte salarios caídos desde el despido.

¿Cuánto tardan los juicios laborales con el nuevo sistema?+

Entre 6 y 12 meses en promedio bajo el nuevo sistema de Tribunales Laborales Federales (vigente desde la reforma 2019-2022). Antes tardaban 3 a 5 años en las extintas Juntas de Conciliación.

¿Cuánto me deben dar por despido injustificado?+

Por despido injustificado te corresponde: indemnización constitucional de 3 meses de salario integrado + 20 días por cada año trabajado + prima de antigüedad (12 días por año, topada a 2 salarios mínimos diarios) + aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales + salarios caídos (hasta 12 meses si hay juicio). La calculadora de liquidación de RIVENZA te da el desglose exacto con tu salario.

¿Cuándo aplican los 20 días por año trabajado?+

Los 20 días de salario por año trabajado (Art. 50 fracción II LFT) aplican únicamente en despido injustificado cuando el trabajador opta por la indemnización en lugar de la reinstalación. No aplican en renuncia voluntaria ni en despido justificado. Se calculan con el salario diario integrado.

¿Cómo saber si mi despido es injustificado?+

Tu despido es injustificado si: (1) tu patrón no te entregó aviso escrito con la causa dentro de los 5 días hábiles siguientes (Art. 47 LFT), (2) la causa alegada no aparece en el Art. 47, o (3) el patrón no puede probar la causa. Sin aviso escrito = despido injustificado automáticamente. La carga de la prueba es del patrón, no tuya.

¿Dónde denuncio un despido injustificado en México?+

Primer paso obligatorio: acudir al Centro de Conciliación Laboral de tu entidad (desde 2019 es requisito previo a demanda). Si no hay acuerdo en 45 días naturales, presentas demanda ante el Tribunal Laboral Federal o local según tu caso. El plazo total para actuar es de 2 meses desde el despido (Art. 518 LFT).

¿Qué tan difícil es probar un despido injustificado?+

En México la carga de la prueba recae en el patrón, no en ti. Tu patrón debe demostrar que: (1) existió causa justificada listada en Art. 47 LFT, (2) te entregó aviso escrito en tiempo y forma, y (3) puede probar los hechos. Si no tiene el aviso firmado por ti o sellado por el Tribunal, se presume injustificado.

¿Puedo demandar si ya firmé el finiquito?+

Posiblemente sí. Un finiquito firmado bajo presión, sin asesoría, con montos incorrectos o sin desglose de conceptos puede ser impugnable. El plazo sigue siendo 2 meses desde el despido. Acude a conciliación con tu recibo de finiquito para que un especialista evalúe si el monto fue correcto.

Publicado: 16 de abril de 2026 · Actualizado: 6 de mayo de 2026
Etiquetas: Despido injustificado, LFT, Liquidación, Derechos laborales
Temas:Laboral