Días de vacaciones por ley en México 2026: tabla
Tabla de vacaciones por ley 2026 (reforma 2023, Art. 76 LFT): 12 días el primer año hasta 20 al quinto. Prima vacacional 25% y en el finiquito.

Respuesta rápida: Desde la reforma de vacaciones dignas de 2023 (Art. 76 LFT), las vacaciones por ley en México son 12 días el primer año, y aumentan 2 días por año hasta llegar a 20 días al quinto año; después suben 2 días por cada 5 años de servicio. Además, te corresponde una prima vacacional de al menos 25% (Art. 80 LFT) sobre esos días. Las vacaciones deben disfrutarse, no pagarse, mientras trabajas (Art. 78); pero al terminar la relación, las no gozadas se pagan proporcionalmente en tu finiquito. Es el mínimo de ley: tu empresa puede dar más, nunca menos.
La reforma de vacaciones dignas
Hasta finales de 2022, México tenía uno de los mínimos de vacaciones más bajos del mundo: apenas 6 días el primer año. La reforma de vacaciones dignas, que entró en vigor el 1 de enero de 2023, modificó el artículo 76 de la LFT y duplicó ese mínimo a 12 días en el primer año, con incrementos más generosos en los años siguientes.
El cambio fue significativo para millones de trabajadores. Hoy, un empleado con un año de antigüedad tiene derecho a 12 días hábiles de descanso pagado, y esa cifra crece rápido durante los primeros cinco años. Es importante conocer la tabla exacta, porque las vacaciones impactan no solo tu descanso, sino también tu finiquito y tu salario diario integrado (el factor de integración sube con más días de vacaciones).
Como todas las prestaciones de ley, las vacaciones son un piso irrenunciable: tu empresa puede ofrecer más días, pero nunca menos de lo que marca la tabla.
Tabla de vacaciones por antigüedad 2026
Esta es la tabla oficial de vacaciones según el artículo 76 de la LFT vigente con la reforma 2023:
| Antigüedad | Días de vacaciones | Prima vacacional (25%) |
|---|---|---|
| 1 año | 12 días | 3 días de salario |
| 2 años | 14 días | 3.5 días |
| 3 años | 16 días | 4 días |
| 4 años | 18 días | 4.5 días |
| 5 años | 20 días | 5 días |
| 6 a 10 años | 22 días | 5.5 días |
| 11 a 15 años | 24 días | 6 días |
| 16 a 20 años | 26 días | 6.5 días |
| 21 a 25 años | 28 días | 7 días |
| 26 a 30 años | 30 días | 7.5 días |
Después de los primeros cinco años (cuando llegas a 20 días), el aumento es de 2 días por cada 5 años de servicio. La columna de prima vacacional muestra el equivalente en días de salario que recibes además de tu sueldo durante las vacaciones.
¿Te liquidan o renuncias? Verifica tus vacaciones proporcionales. Usa el verificador de liquidación y finiquito: calcula los días de vacaciones no gozadas que te deben pagar y la prima vacacional correspondiente, con la base legal de cada concepto.
La prima vacacional: el 25% que muchos olvidan
La prima vacacional (Art. 80 LFT) es un pago adicional de al menos el 25% sobre el salario de los días de vacaciones. Es decir, durante tus vacaciones recibes tu salario normal más ese 25% extra. Por ejemplo, si tienes derecho a 20 días de vacaciones y tu salario diario es $600:
Salario de vacaciones = $600 × 20 = $12,000
Prima vacacional (25%) = $12,000 × 25% = $3,000
Total recibido por vacaciones = $15,000
Muchos trabajadores no saben que la prima vacacional existe o no verifican que se les pague. Es un derecho separado de las vacaciones mismas y debe aparecer desglosado en tu recibo. Algunas empresas mejoran este porcentaje (50%, 75% o hasta 100%), pero el 25% es el mínimo legal.
¿Los días de vacaciones son hábiles o naturales?
Una duda muy frecuente: cuando la ley dice "12 días", ¿son días corridos o solo días laborables? La LFT habla de días, y el criterio general es que se cuentan como días que debiste trabajar. En la práctica, los 12 días del primer año son días de descanso adicionales a tus días de descanso semanal habituales, no se "comen" tus domingos.
Esto importa porque algunos patrones intentan contar sábados y domingos dentro del periodo vacacional para reducir el descanso efectivo. La intención de la reforma de vacaciones dignas es justamente garantizar descanso real. Si tienes dudas sobre cómo te están contando los días, conviene revisar tu contrato y, si hay irregularidades, plantearlo por escrito.
¿Las vacaciones se pueden disfrutar de forma continua?
Sí. Con la reforma de 2023, el artículo 78 establece que de los días de vacaciones que te corresponden, al menos 12 deben poder disfrutarse de forma continua, si así lo decides. Antes era común que los patrones fragmentaran las vacaciones en bloques pequeños; ahora el trabajador tiene derecho a tomar al menos doce días seguidos. El resto puede acordarse con el patrón en los periodos que convengan a ambos.
¿Te pueden pagar las vacaciones en vez de darlas?
No, mientras la relación laboral esté vigente. El artículo 78 de la LFT establece que las vacaciones deben disfrutarse efectivamente: el objetivo es el descanso, no una compensación económica. Tu patrón no puede obligarte a "venderle" tus vacaciones ni cambiarlas por dinero mientras sigas trabajando.
La única excepción es el finiquito: cuando la relación laboral termina, las vacaciones que no alcanzaste a tomar sí se pagan en dinero, de forma proporcional al periodo trabajado. Esto aplica tanto si renuncias como si te despiden.
Además, la ley busca que tomes tus vacaciones dentro de los seis meses siguientes a cumplir cada año de servicio (Art. 81 LFT). El patrón debe entregarte una constancia con tu antigüedad, los días que te corresponden y las fechas de disfrute.
Vacaciones proporcionales en el finiquito
Cuando termina tu relación laboral, las vacaciones no gozadas del periodo en curso se pagan proporcionalmente en tu finiquito. La fórmula es:
Vacaciones proporcionales = salario diario × días anuales × (días trabajados en el año / 365)
Ejemplo: un trabajador con 5 años de antigüedad (20 días de vacaciones) y salario diario de $600 que termina su relación tras haber trabajado 183 días del año:
Vacaciones proporcionales = $600 × 20 × (183 / 365) = $6,016.44
Prima vacacional (25%) = $6,016.44 × 25% = $1,504.11
Estos montos deben aparecer en tu finiquito, ya sea por renuncia o por despido. Para verificar que te paguen lo correcto, usa la calculadora de plazos laborales si tienes dudas sobre los tiempos de reclamo, y revisa liquidación vs finiquito para entender todos los conceptos.
Vacaciones, días festivos y descanso semanal: no los confundas
Es común mezclar tres conceptos distintos que la LFT regula por separado:
| Concepto | Qué es | Base legal |
|---|---|---|
| Vacaciones | Días pagados de descanso anual según antigüedad | Art. 76 LFT |
| Días de descanso obligatorio | Días festivos oficiales (1 de enero, 16 de septiembre, etc.) | Art. 74 LFT |
| Descanso semanal | Al menos un día de descanso pagado por cada 6 trabajados | Art. 69 LFT |
Los días festivos del artículo 74 (como el 1 de enero, el primer lunes de febrero, el tercer lunes de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el 20 de noviembre y el 25 de diciembre) no se descuentan de tus vacaciones: son días de descanso aparte, con goce de salario. Si trabajas en un día festivo obligatorio, te corresponde un pago doble adicional a tu salario normal (Art. 75 LFT).
De igual forma, tu día de descanso semanal es independiente de las vacaciones. Cuando un patrón intenta "incluir" festivos o domingos dentro del periodo vacacional, está reduciendo indebidamente tu descanso. Cada concepto suma por su lado.
El SDI también sube con tus vacaciones
Un efecto poco conocido: como las vacaciones crecen con la antigüedad, también lo hace tu salario diario integrado (SDI), porque la prima vacacional sobre más días aumenta el factor de integración. Esto significa que, además de descansar más, un trabajador con más antigüedad tiene un finiquito proporcionalmente mejor con el mismo salario base. Para entender esta conexión, revisa la guía de salario diario integrado (SDI).
Qué hacer si no te dan tus vacaciones
Si tu patrón no te otorga tus vacaciones o no te paga la prima vacacional, tienes derecho a reclamar:
- Solicítalas por escrito. Pide la constancia de antigüedad y las fechas de disfrute que marca el Art. 81.
- Documenta. Conserva recibos de nómina y cualquier comunicación.
- Acude a la PROFEDET o al Centro de Conciliación. La conciliación es gratuita y obligatoria antes de demandar.
- Reclama dentro del plazo. Tienes un año para reclamar las vacaciones de un periodo (Art. 516 LFT). Si el reclamo deriva de un despido, el plazo es de dos meses (Art. 518).
- Demanda si es necesario. Si no hay acuerdo, puedes acudir al Tribunal Laboral.
Recuerda que las vacaciones no gozadas siempre se pagan en el finiquito al terminar la relación, así que no se "pierden" por no tomarlas, aunque el patrón está obligado a otorgarlas en tiempo.
Paso siguiente
Verifica que tus vacaciones y prima vacacional estén bien calculadas en tu finiquito con el verificador de liquidación y finiquito. Y si quieres conocer todas tus prestaciones mínimas, revisa la lista completa de prestaciones de ley 2026.
En RIVENZA llevamos 34 años verificando que cada trabajador disfrute y cobre las vacaciones que la ley le garantiza, tanto durante su empleo como en su finiquito. Tus días de descanso son un derecho, no un favor.
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¿Cuántos días de vacaciones me tocan por ley?+
Desde la reforma de vacaciones dignas de 2023 (Art. 76 LFT), el primer año son 12 días, y aumentan 2 días cada año hasta llegar a 20 días en el quinto año. A partir del sexto año, suben 2 días por cada 5 años de servicio. Es el mínimo de ley; tu empresa puede dar más, nunca menos.
¿Me pueden pagar las vacaciones en vez de dármelas?+
No. La ley establece que las vacaciones deben disfrutarse efectivamente; no pueden cambiarse por una compensación económica mientras la relación laboral siga vigente (Art. 78 LFT). La excepción es el finiquito: al terminar la relación, las vacaciones no gozadas sí se pagan en dinero de forma proporcional.
¿Las vacaciones se acumulan si no las tomo?+
La ley busca que tomes tus vacaciones dentro de los seis meses siguientes a cumplir el año (Art. 81 LFT). No tomarlas no significa que se pierdan: si la relación termina, las vacaciones no gozadas se te pagan en el finiquito. Pero el patrón está obligado a otorgarlas, no a acumularlas indefinidamente.
¿Qué pasa si no me dan mis vacaciones?+
Es una violación a tus derechos. Puedes reclamarlas ante el patrón por escrito y, si no responde, acudir a la conciliación obligatoria y al Tribunal Laboral. Tienes un año para reclamar las vacaciones de un periodo (Art. 516 LFT). En el finiquito, las vacaciones no gozadas deben pagarse en dinero.
¿La prima vacacional se paga aparte de las vacaciones?+
Sí. La prima vacacional es un pago adicional del 25% como mínimo sobre el salario de los días de vacaciones (Art. 80 LFT). Es decir, además de recibir tu salario durante los días que descansas, recibes ese 25% extra. En el finiquito, la prima vacacional proporcional se calcula sobre las vacaciones proporcionales no gozadas.