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Laboral· 9 min de lectura

Jornada laboral y horas de trabajo en México 2026 (Art. 61)

Jornada laboral en México 2026: 8 horas diurna, 7 nocturna y 7.5 mixta (Art. 61 LFT); 48 horas semanales que bajan a 40 en 2030. Horas extra y descansos.

A
Angélica Rivera
Abogada titular de RIVENZA, 34 años de experiencia jurídica
Reloj checador y registro de horas de trabajo en una oficina: jornada laboral según el Art. 61 LFT | RIVENZA

Respuesta rápida: La jornada laboral en México dura como máximo 8 horas la diurna, 7 la nocturna y 7.5 la mixta (Art. 61 de la Ley Federal del Trabajo). Por semana, el tope es de 48 horas durante 2026 y baja de forma gradual a 40 horas en 2030 (Art. 59 LFT reformado por decreto del DOF 1 de mayo de 2026: 46 horas en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029). Las horas extra se pagan al doble (Art. 66) con un tope de 9 horas semanales en 2026, y las que excedan ese tope, al triple (Art. 68). Por cada seis días de trabajo corresponde un día de descanso con salario íntegro (Art. 69) y el trabajo en domingo lleva prima del 25% (Art. 71).


Tabla de jornadas y horas de trabajo (LFT 2026)

Tipo de jornadaHorarioMáximo diario (Art. 61)Máximo semanal 2026Máximo semanal 2030
DiurnaEntre las 6:00 y las 20:00 (Art. 60)8 horas48 horas40 horas
NocturnaEntre las 20:00 y las 6:00 (Art. 60)7 horas42 horas40 horas o menos según proporción
MixtaCombina ambas con menos de 3.5 horas nocturnas (Art. 60)7.5 horas45 horas40 horas o menos según proporción
Descanso dentro de la jornada continuaMínimo media hora (Art. 63)
Descanso semanal1 día por cada 6 trabajados, salario íntegro (Art. 69)

Los máximos semanales de 2026 corresponden a seis jornadas diarias completas; la cifra de 48 horas es la que fija el transitorio segundo del decreto del 1 de mayo de 2026 para este año.

Jornada laboral: qué es y cómo se distribuye

La jornada es "el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo" (Art. 58 LFT). Desde la reforma de 2026, el mismo artículo permite que trabajadores y empleadores la distribuyan de común acuerdo: se puede, por ejemplo, concentrar las horas semanales en menos días, siempre que se respeten los máximos diarios del Art. 61 y el día de descanso.

Lo que no se puede pactar es una jornada mayor a la de ley: esa cláusula es nula y no produce efecto, aunque la hayas firmado (Art. 5 fr. II y III LFT). Tampoco estás obligado a prestar servicios por más tiempo del permitido (Art. 68).

El calendario de la jornada de 40 horas

El decreto de reducción de la jornada laboral (DOF 1 de mayo de 2026) reformó el Art. 59 LFT para fijar el máximo en cuarenta horas semanales, con una implementación gradual "a partir del 1 de enero del año que corresponda":

AñoJornada semanal máximaTope de horas extra por semana
202648 horas9 horas
202746 horas9 horas
202844 horas10 horas
202942 horas11 horas
203040 horas12 horas

El periodo del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2026 es de ajuste de procesos (transitorio tercero), y el transitorio séptimo es tajante: la reducción no puede implicar disminución de sueldos, salarios o prestaciones. Si tu empresa recorta el salario "porque ahora trabajas menos", el recorte es ilegal y equivale a una causa de rescisión imputable al patrón (Art. 51 fr. IV LFT). La misma reforma añadió el registro electrónico de la jornada con hora de inicio y finalización como obligación del patrón (Art. 132 fr. XXXIV), vigente desde el 1 de mayo de 2026; las disposiciones generales de la Secretaría del Trabajo que fijarán su ámbito de aplicación y sus excepciones entran en vigor el 1 de enero de 2027 (transitorio quinto). Ese registro hace prueba plena si se acredita que fue acordado entre trabajador y patrón, e incumplir la obligación se sanciona con 250 a 5,000 UMA (Art. 994 fr. IV Bis). Para el contexto completo de la reforma, revisa la guía de la Ley Federal del Trabajo 2026.

Horas extra: cómo se pagan en 2026

Al doble: dentro del tope semanal (Art. 66)

La jornada puede prolongarse por circunstancias extraordinarias y ese tiempo se paga con "un cien por ciento más de lo fijado para las horas ordinarias". El trabajo extraordinario no excede de 12 horas semanales (9 en 2026 por el transitorio cuarto), distribuidas en hasta 4 horas diarias y máximo 4 días.

Al triple: por encima del tope (Art. 68)

La prolongación que supere el tope del Art. 66 no puede ser mayor de 4 horas a la semana y obliga al patrón a pagar "un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria". La suma de jornada ordinaria y extraordinaria nunca puede superar 12 horas diarias.

Ejemplo con $15,000 mensuales

Salario diario $500 (Art. 89 LFT); hora ordinaria en jornada de 8 horas: $500 ÷ 8 = $62.50.

ConceptoCálculoPago
1 hora extra dentro del tope$62.50 × 2$125.00
9 horas extra en la semana (tope 2026)$125.00 × 9$1,125.00
1 hora extra por encima del tope$62.50 × 3$187.50
Trabajar el día de descanso$500 × 2, además del salario del descanso$1,000.00
Trabajar un día de descanso obligatorio (Art. 75)$500 × 2, además del salario del día$1,000.00
Prima dominical (domingo como día ordinario)$500 × 25%$125.00

Las horas extra del Art. 65 (siniestro o riesgo inminente) son la excepción: se pagan igual que las ordinarias (Art. 67).

Descansos, domingos y días festivos

  • Descanso semanal: un día con salario íntegro por cada seis de trabajo (Art. 69). Los reglamentos procuran que sea domingo (Art. 71).
  • Prima dominical: 25% adicional, por lo menos, para quien labora en domingo como día ordinario (Art. 71).
  • Trabajo en el día de descanso: no estás obligado; si ocurre, salario doble por el servicio, además del salario del descanso (Art. 73).
  • Días de descanso obligatorio 2026 (Art. 74): 1 de enero, 2 de febrero (primer lunes), 16 de marzo (tercer lunes), 1 de mayo, 16 de septiembre, 16 de noviembre (tercer lunes), 25 de diciembre, más el día de la jornada electoral cuando lo determine la ley. El 1 de octubre solo es descanso cada seis años, por la transmisión del Poder Ejecutivo Federal. Si se trabaja, salario doble adicional (Art. 75).
  • Vacaciones: son otro derecho, con escala propia desde 12 días; lo explicamos en días de vacaciones por ley en México 2026.

Cómo documentar tu jornada y reclamar horas extra

  1. Registra tus horarios. Capturas del checador, correos con hora, chats de trabajo fuera de horario, testigos. El registro electrónico ya es obligación del patrón (Art. 132 fr. XXXIV) y sus reglas de aplicación se conocen desde enero de 2027, pero mientras tanto tu propio registro sigue siendo la prueba principal.
  2. Calcula lo que te deben. Hora ordinaria = salario diario ÷ horas de tu jornada; horas extra al doble hasta el tope y al triple por encima. Recuerda que las horas extra y primas forman parte del salario integrado para efectos de indemnizaciones (Arts. 84 y 89); en salario diario integrado: cómo se calcula verás cómo impactan.
  3. Reclama por escrito y luego formalmente. Solicitud de conciliación ante el Centro de Conciliación dentro de un año desde que fueron exigibles (Art. 516 LFT); si no hay acuerdo, demanda ante el Tribunal Laboral. La calculadora de plazos laborales te dice cuánto tiempo te queda.
  4. Ten presente la multa. El patrón que viola los Arts. 61, 69, 76 y 77 se expone a 50 a 250 UMA por trabajador (Art. 994 fr. I), es decir, de $5,865.50 a $29,327.50 con la UMA 2026.

Un exceso sistemático de horas sin pago suele venir acompañado de otros incumplimientos: prestaciones incompletas o cuotas al IMSS sobre un salario menor al real. Vale la pena revisar el paquete entero en prestaciones de ley en México 2026.

Cómo te ayudamos

Las horas extra no pagadas son de los reclamos más frecuentes y de los que menos se presentan, porque el trabajador teme perder el empleo o no sabe cuantificarlos. En RIVENZA revisamos tus registros, calculamos las horas al doble y al triple conforme a los topes vigentes y gestionamos la reclamación en la conciliación o el Tribunal, con o sin relación laboral vigente. Empieza con el diagnóstico legal en 3 minutos y, si tu caso lo amerita, cuéntale tu caso a la abogada titular con la Lic. Angélica Rivera. Más guías en nuestro hub laboral.

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Preguntas frecuentes

¿Cuántas horas es la jornada laboral en México?+

Ocho horas la jornada diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta (Art. 61 LFT). Por semana, el máximo es de 48 horas durante 2026 y baja de forma gradual hasta 40 horas en 2030 (Art. 59 LFT y transitorio segundo del decreto del 1 de mayo de 2026).

¿Cuándo entra en vigor la jornada de 40 horas?+

La reforma entró en vigor el 1 de mayo de 2026, pero la reducción es escalonada a partir del 1 de enero de cada año: 46 horas en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 en 2030. Durante 2026 el máximo sigue siendo 48 horas semanales y la reducción no puede implicar recorte de salario ni prestaciones.

¿Cuánto se paga la hora extra?+

Un 100% más que la hora ordinaria, es decir, al doble (Art. 66 LFT). Con $15,000 al mes la hora ordinaria vale $62.50 ($500 diarios entre 8) y la hora extra $125. Las horas que excedan el tope semanal se pagan con un 200% adicional, al triple: $187.50 (Art. 68 LFT).

¿Cuál es el máximo de horas extra permitido?+

En 2026 y 2027, 9 horas a la semana; 10 en 2028, 11 en 2029 y 12 en 2030 (transitorio cuarto), repartidas en hasta 4 horas diarias y máximo 4 días (Art. 66 LFT). Por encima de eso solo caben 4 horas más por semana, pagadas al triple, y la suma de jornada ordinaria y extra nunca puede pasar de 12 horas diarias (Art. 68 LFT).

¿Qué pasa si trabajo en domingo?+

Si el domingo es tu día ordinario de trabajo, recibes una prima dominical de al menos 25% sobre el salario de un día ordinario (Art. 71 LFT). Si el domingo es tu día de descanso y te hacen trabajar, además del salario del descanso te deben pagar un salario doble por el servicio prestado (Art. 73 LFT).

¿Cuántos días de descanso me corresponden a la semana?+

Al menos un día de descanso con salario íntegro por cada seis días de trabajo (Art. 69 LFT), procurando que sea el domingo (Art. 71). Además, los días de descanso obligatorio del Art. 74: 1 de enero, primer lunes de febrero, tercer lunes de marzo, 1 de mayo, 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre y 25 de diciembre, que si se trabajan se pagan doble (Art. 75).

¿La hora de comida cuenta como tiempo de trabajo?+

En jornada continua debes tener al menos media hora de descanso (Art. 63 LFT). Si durante ese tiempo puedes salir libremente, no cuenta como jornada; si no puedes salir del centro de trabajo, el tiempo de reposo o comida se computa como tiempo efectivo de trabajo (Art. 64 LFT).

¿Qué hago si me obligan a trabajar más horas de las permitidas?+

No estás obligado a prestar servicios más allá de lo que permite la ley (Art. 68 LFT) y cualquier pacto de jornada mayor es nulo (Art. 5 fr. II LFT). Documenta tus horarios, exige el pago de las horas extra al doble o triple y, si no lo hacen, reclama ante el Centro de Conciliación dentro de un año (Art. 516 LFT). El patrón que viola el Art. 61 se expone a multa de 50 a 250 UMA (Art. 994 fr. I).

Publicado: 2 de septiembre de 2026
Etiquetas: Jornada laboral, Horas extra, Art. 61 LFT, Jornada 40 horas, Derechos laborales
Temas:Laboral