RIVENZA
Familiar· 8 min de lectura

Divorcio sin el consentimiento de mi pareja: cómo se hace

No necesitas que tu pareja firme: el divorcio incausado procede con la voluntad de uno solo (jurisprudencia 1a./J. 28/2015). Pasos y plazos legales.

A
Angélica Rivera
Abogada titular de RIVENZA, 34 años de experiencia jurídica
Persona firmando la solicitud de divorcio incausado ante su abogada sin la firma de su pareja | RIVENZA

Respuesta rápida: No necesitas el consentimiento de tu pareja para divorciarte. La Primera Sala de la Suprema Corte estableció en la jurisprudencia 1a./J. 28/2015 que exigir causales o el acuerdo del otro cónyuge para disolver el matrimonio viola el derecho al libre desarrollo de la personalidad: basta la voluntad de uno solo. Al 2 de septiembre de 2026, 29 de las 32 entidades regulan el divorcio incausado en su código; solo Chihuahua, Guanajuato y Sonora conservan causales, y aun ahí la jurisprudencia puede invocarse ante el juez. El procedimiento es una solicitud con propuesta de convenio, la notificación a tu cónyuge y, si no hay acuerdo, el divorcio se decreta y los temas de hijos y bienes siguen en incidentes.


Qué pasa según lo que haga tu pareja

Si tu pareja...¿Se decreta el divorcio?Qué cambia en el procedimiento
Firma el convenio contigoSíDivorcio con convenio: audiencia única dentro de diez días (Art. 657 CNPCF)
No firma pero no se oponeSíSe le notifica; si no contesta, el juez decreta el divorcio y resuelve lo demás con lo que haya en el expediente
Contesta y propone otro convenioSíEl juez intenta conciliar; lo no acordado se resuelve en incidentes
Se opone al divorcioSíLa oposición no se admite como defensa; solo puede controvertir hijos y bienes
No se presenta a la audienciaSíPierde la oportunidad de proponer y probar; el procedimiento sigue
No sabes dónde viveSíBúsqueda de domicilio y, agotada, emplazamiento por edictos
Vive en otro estado o paísSíNotificación por exhorto o por vía internacional
Vive en Chihuahua, Guanajuato o SonoraDepende del tribunalSe invoca la jurisprudencia 1a./J. 28/2015 para que no se exija causa

¿Por qué ya no se necesita el acuerdo del otro?

Durante décadas el divorcio exigía o el consentimiento de ambos o probar una causal: adulterio, abandono, violencia, enfermedad. Eso convertía el proceso en un juicio sobre la culpa, con pruebas íntimas y años de litigio. La reforma de la Ciudad de México de 2008 creó el divorcio sin expresión de causa y la Suprema Corte lo generalizó: en la jurisprudencia 1a./J. 28/2015 la Primera Sala sostuvo que las normas que exigen acreditar causales son inconstitucionales porque el Estado no puede obligar a nadie a permanecer casado.

La consecuencia es doble. Primero, el juez no puede negarte el divorcio porque tu pareja no quiera. Segundo, no se discute quién tuvo la culpa: el procedimiento se concentra en los efectos (hijos, alimentos, vivienda, bienes), no en las razones. Cómo funciona esa vía paso a paso está en divorcio incausado: cómo funciona.

Cómo se tramita el divorcio cuando el otro no coopera

  1. Reúne tus documentos. Copia certificada del acta de matrimonio, actas de nacimiento de los hijos menores, identificación y, si hay bienes, escrituras, estados de cuenta y capitulaciones. La lista completa está en documentos para tramitar el divorcio.
  2. Redacta tu propuesta de convenio. Aunque tu pareja no vaya a firmarla, la ley exige que la presentes: guarda y custodia, convivencias, alimentos y distribución de bienes (Art. 656 fracción III del CNPCF). Es tu versión de cómo deben quedar las cosas.
  3. Presenta la solicitud. Ante el juez de lo familiar competente. El juez la admite y, si hay hijos, dicta de oficio medidas provisionales sobre alimentos, custodia y convivencias (Art. 569 del CNPCF).
  4. Se notifica a tu cónyuge. Personalmente, en su domicilio. Este es el paso que más tarda cuando el otro no coopera. Si no se le encuentra, se agota la búsqueda y se le emplaza por edictos.
  5. Tu cónyuge decide qué hacer. Puede aceptar tu convenio, proponer otro o no responder. Ninguna de las tres opciones impide el divorcio.
  6. Se decreta el divorcio. Si hay acuerdo, en la audiencia. Si no, el juez disuelve el vínculo y deja los puntos controvertidos para la vía incidental.
  7. Se inscribe en el Registro Civil. La autoridad gira oficio al Registro Civil para anotar el divorcio en el acta de matrimonio (Art. 660 del CNPCF).

Qué vía te toca según tu estado, si hay hijos, bienes y acuerdo lo resuelve el selector de vía de divorcio.

Lo que su silencio no resuelve

Que tu pareja no participe facilita la disolución del vínculo, pero no significa que todo quede como tú lo propusiste. El juez revisa de oficio lo que afecta a los hijos: no aprobará una custodia o una pensión solo porque el otro no contestó, sino porque el convenio protege a los menores. Y en materia de bienes, si no hay inventario ni avalúo, la liquidación de la sociedad conyugal queda pendiente para un procedimiento posterior, como explicamos en divorcio por vía judicial cuando no hay acuerdo en los bienes.

Por eso, en un divorcio sin cooperación del otro conviene llegar con pruebas desde el inicio: comprobantes de ingresos de ambos, gastos de los hijos, escrituras y estados de cuenta. El expediente se construye con lo que tú aportes.

¿Y si mi pareja se esconde para no ser notificada?

Es la táctica más común para retrasar un divorcio, y no funciona a largo plazo. El procedimiento prevé que, cuando se ignora el domicilio del otro cónyuge, el juez ordene búsquedas en registros públicos y dependencias y, agotadas, autorice el emplazamiento por edictos: publicaciones en medios oficiales que suplen la notificación personal. Es más lento y tiene un costo de publicación, pero el divorcio avanza. Si tu pareja vive en otra entidad, la notificación se hace por exhorto al juez de ese lugar; los detalles están en divorcio cuando mi pareja vive en otro estado.

¿Qué pasa en los estados que conservan causales?

Chihuahua (Código Civil, Art. 256), Guanajuato (Código Civil, Art. 323) y Sonora (Código de Familia, Arts. 143 a 156) siguen enumerando causas de divorcio y no regulan el incausado. La jurisprudencia 1a./J. 28/2015 es obligatoria para todos los jueces del país, pero su aplicación concreta depende de cada tribunal: algunos admiten el divorcio sin causa invocándola directamente; otros exigen plantearlo desde la demanda y, en su caso, acudir al amparo. En esas tres entidades, además, Guanajuato y Sonora tampoco prevén la vía administrativa, así que todo divorcio es judicial. El estado donde vives define la estrategia; revisa el tuyo en el hub de divorcio.

Si hubo violencia

El divorcio incausado no requiere probar la violencia como causa, y eso es una ventaja: no tienes que revivirla en un juicio para salir del matrimonio. Lo que sí procede es pedir órdenes de protección y medidas provisionales desde la solicitud: separación del domicilio, prohibición de acercarse, custodia provisional y alimentos. El juez debe decretarlas de oficio cuando hay señales de violencia. La ruta está en violencia familiar: órdenes de protección.

Errores que retrasan un divorcio unilateral

  • Esperar a que el otro "acepte". No hace falta. Cada mes de espera es un mes sin medidas provisionales.
  • Presentar una propuesta de convenio incompleta. El juez la devuelve o la suple, y pierdes la oportunidad de que tu versión sea la base.
  • No acreditar ingresos del otro. Sin pruebas, la pensión provisional se fija con lo que haya.
  • Intentar la vía administrativa. Requiere la comparecencia de ambos (Art. 272 del Código Civil Federal); si el otro no coopera, no procede.
  • Discutir la culpa. El juez no la va a valorar y solo alarga el expediente.

Cómo te ayudamos

Divorciarse sin la cooperación del otro es posible y la ley está de tu lado, pero el resultado en hijos y bienes depende de cómo se construye el expediente desde el primer escrito. Una propuesta de convenio completa, las medidas provisionales pedidas a tiempo y la estrategia de notificación correcta son la diferencia entre un divorcio que avanza y uno que se estanca.

En RIVENZA revisamos tu caso, te decimos qué vía procede en tu estado y preparamos la solicitud y la propuesta de convenio para que el juez tenga todo desde el inicio. Cuéntale tu caso a la abogada titular con la Lic. Angélica Rivera y llega con tu acta de matrimonio, las actas de tus hijos y lo que tengas de ingresos y bienes. Antes, confirma tu vía en el selector de vía de divorcio, revisa los plazos realistas en cuánto tarda un divorcio en México y las reglas de tu entidad en el hub de divorcio.

Paso siguiente

Administrativo, incausado o voluntario con convenio según tu estado, hijos, bienes y acuerdo. Con requisitos y documentos.

Descubre qué vía de divorcio te toca
Servicio relacionado

Derecho familiar

Asesoría personalizada con honorarios fijos y método documentable.

Ver detalle del servicio →

Sigue explorando

Preguntas frecuentes

¿Me puedo divorciar si mi pareja no quiere?+

Sí. La Primera Sala de la Suprema Corte resolvió en la jurisprudencia 1a./J. 28/2015 que exigir causales o el acuerdo del otro cónyuge para divorciarse viola el libre desarrollo de la personalidad. Basta la voluntad de uno solo. Al 2 de septiembre de 2026, 29 de las 32 entidades ya regulan el divorcio incausado en su código, según la revisión de los ordenamientos locales que sostiene nuestro hub de divorcio.

¿Qué pasa si mi pareja no firma nada?+

No hace falta su firma. Tú presentas la solicitud con tu propuesta de convenio, el juez la admite y ordena notificar a tu cónyuge en su domicilio. A partir de ahí puede contestar, proponer otro convenio o no hacer nada; en cualquiera de los tres casos el divorcio se decreta. Lo que su silencio no resuelve son los puntos de hijos y bienes, que se siguen en incidentes.

¿Y si no se presenta a la audiencia?+

El procedimiento no se detiene. Una vez notificado legalmente, su inasistencia no impide que el juez decrete el divorcio. Las consecuencias de no comparecer recaen sobre quien faltó: pierde la oportunidad de proponer su versión del convenio y de ofrecer pruebas sobre custodia, alimentos o bienes.

¿Qué pasa en Chihuahua, Guanajuato o Sonora, donde siguen las causales?+

Esos tres estados conservan en su código el sistema de causales y no regulan el divorcio incausado. Aun así, la jurisprudencia 1a./J. 28/2015 es obligatoria para todos los jueces del país, por lo que puede invocarse para que el juez deje de aplicar la exigencia de causa. Su aplicación depende de cada tribunal, así que en esas entidades conviene llegar con esa estrategia planteada desde la demanda.

¿Puede mi pareja impedir el divorcio oponiéndose?+

No. La oposición no detiene la disolución del vínculo, porque ya no hay causa que probar ni culpa que discutir. Lo que sí puede hacer es controvertir el convenio: pedir otra custodia, otra pensión o otro reparto de bienes. Esos puntos se resuelven aparte, pero el divorcio se decreta aunque el convenio no se haya aprobado.

¿Necesito probar que me fue infiel o que hubo violencia?+

No. En el divorcio incausado no se prueba ninguna causa, y de hecho no se admite debate sobre quién tuvo la culpa. Si hubo violencia familiar, lo que procede es pedir órdenes de protección y medidas provisionales, no probar la violencia como causal de divorcio.

¿Cuánto tarda un divorcio sin el consentimiento del otro?+

Más que uno con convenio firmado por ambos, porque hay que notificar personalmente al otro cónyuge y abrir la posibilidad de contestación. Con convenio aceptado el CNPCF prevé una audiencia única dentro de diez días (Art. 657); sin acuerdo, el vínculo se disuelve en el procedimiento principal y los puntos controvertidos siguen en incidentes. No hay un plazo fijo en la ley para esos incidentes.

Publicado: 14 de octubre de 2026
Etiquetas: Divorcio, Divorcio incausado, Divorcio unilateral, Emplazamiento, Derecho familiar