RIVENZA
Familiar· 8 min de lectura

Audiencia de divorcio: qué pasa y cómo prepararte

Con convenio, el divorcio se resuelve en una audiencia única (Art. 657 CNPCF); sin él, el juez lo decreta igual. Qué pasa, qué llevar y cómo actuar.

A
Angélica Rivera
Abogada titular de RIVENZA, 34 años de experiencia jurídica
Persona preparando con su abogada los documentos y el convenio para su audiencia de divorcio | RIVENZA

Respuesta rápida: Si los cónyuges llegan con convenio firmado, el divorcio se resuelve en una audiencia única en la que el juez revisa el convenio, ambos lo ratifican y se decreta la disolución del vínculo (Art. 657 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares). Si no hay acuerdo, el juez decreta el divorcio de todos modos, porque basta la voluntad de uno (jurisprudencia 1a./J. 28/2015), fija medidas provisionales sobre alimentos, custodia y convivencias (Art. 569 CNPCF) y los puntos en disputa siguen en audiencias posteriores con pruebas. Prepararte bien significa llegar con identificación, convenio revisado, comprobantes de ingresos y gastos, y una idea clara de qué puedes ceder y qué no.


Qué audiencia te toca según tu caso

No todas las audiencias de divorcio son iguales. Lo que pasa en la sala depende de si existe acuerdo y de qué tan completo es.

SituaciónTipo de audienciaQué hace el juezQué sale de ahí
Convenio completo firmado por ambosAudiencia única (Art. 657 CNPCF)Revisa, pide ratificación, apruebaSentencia de divorcio con convenio aprobado
Convenio con huecos o cláusulas que no protegen a los hijosAudiencia única con prevenciónSeñala qué corregirAprobación cuando se subsana
Solo uno quiere divorciarse, el otro acudeAudiencia con propuesta y contrapropuestaBusca acuerdo parcialDivorcio decretado; lo no acordado sigue
El otro cónyuge no acude, notificadoAudiencia sin contraparteVerifica la notificaciónDivorcio decretado; lo demás en vía incidental
Hay hijos y no hay acuerdo sobre ellosAudiencias preliminar y de juicioMedidas provisionales, pruebas, peritajesSentencia sobre custodia, alimentos y convivencias
Hay bienes en disputaIncidente de liquidaciónInventario, avalúos, repartoResolución de liquidación de la sociedad conyugal

La mayoría de las personas imagina un juicio largo con testigos. En realidad, cuando el convenio está bien hecho, la audiencia es corta y casi administrativa. Lo que alarga el asunto es el desacuerdo, no el divorcio.

¿Qué pasa paso a paso en una audiencia con convenio?

  1. Llamado y verificación de identidad. El personal del juzgado llama a las partes, revisa identificaciones y confirma quién comparece y con qué abogado.
  2. Apertura y explicación. El juez explica el objeto de la audiencia y las reglas: se habla cuando se concede la palabra, se graba la diligencia y lo que se diga queda en el registro.
  3. Lectura o referencia al convenio. El juez repasa los puntos centrales: quién tiene la guarda y custodia, el régimen de convivencias, la pensión de los hijos con su forma de pago, el uso del domicilio y el reparto de bienes. Son los contenidos que pide el Art. 267 del Código Civil Federal.
  4. Revisión del interés superior de la niñez. Si hay hijos menores, el juez verifica que el convenio cubra sus necesidades (Art. 4o. constitucional) y puede pedir aclaraciones sobre montos, horarios o entregas.
  5. Ratificación. Cada cónyuge manifiesta que reconoce su firma y que está de acuerdo. Si uno duda o cambia de opinión, el convenio no se aprueba en ese momento.
  6. Resolución. Si todo está en orden, el juez aprueba el convenio, decreta el divorcio y ordena girar oficio al Registro Civil para la anotación.

Cuando el convenio tiene detalles menores, muchos jueces permiten corregirlos ahí mismo. Cuando el problema es de fondo, como una pensión sin cantidad, se suspende la aprobación hasta que se subsane.

¿Y si no hay acuerdo? Lo que cambia en la sala

Sin convenio, la audiencia tiene dos objetivos: disolver el vínculo y ordenar lo urgente. El divorcio incausado no requiere probar causa ni que el otro esté de acuerdo, así que el juez lo decreta. Lo que no puede hacer es dejar a los hijos o al cónyuge que depende económicamente sin protección mientras se litiga el resto.

Por eso en esa misma etapa se dictan o confirman las medidas provisionales: quién se queda en el domicilio, cuánto se paga de pensión provisional, con quién viven los hijos y cómo conviven con el otro progenitor (Art. 282 CCF y Art. 569 CNPCF). El detalle está en medidas provisionales en el divorcio.

Después vienen las etapas del juicio oral familiar: una audiencia preliminar, donde se depura el procedimiento, se buscan acuerdos y se admiten pruebas, y una audiencia de juicio, donde se desahogan y se dicta sentencia. Cómo funciona cada etapa está en cómo funcionan los juzgados familiares y el Código Nacional.

Cómo prepararte: lo que haces antes de la fecha

La audiencia se gana antes de entrar a la sala. Estas son las tareas que más diferencia hacen.

Revisa el convenio línea por línea

  • Pensión con cantidad o porcentaje concreto, forma de pago, fecha y cuenta. Si es porcentaje, que diga sobre qué percepciones se aplica.
  • Calendario de convivencias detallado: fines de semana, entre semana, vacaciones, cumpleaños, fiestas, entregas y comunicación a distancia.
  • Uso de la vivienda y quién paga sus gastos mientras se define la propiedad.
  • Reparto de bienes y deudas con identificación precisa: escrituras, facturas, números de cuenta y créditos.
  • Forma de asegurar la pensión: descuento en nómina, depósito o alguna de las formas del Art. 317 CCF.

Si todavía no tienes borrador, el generador de convenio de divorcio te ayuda a estructurarlo y convenio de divorcio: qué debe incluir explica cada cláusula.

Ordena tus documentos

Lleva identificación oficial vigente y una carpeta con copia del convenio, actas certificadas, comprobantes de ingresos de los últimos meses, relación de gastos de los hijos con comprobantes, escrituras o facturas de los bienes y estados de cuenta de los créditos. El checklist de documentos para el divorcio te genera la lista según tu caso.

Define tus márgenes de negociación

Antes de la audiencia, decide con tu abogado qué puntos son innegociables y en cuáles puedes ceder. En la sala el juez puede invitar a un acuerdo y conviene tener claro hasta dónde llegar sin improvisar.

Confirma la logística

Hora exacta, sala, si la audiencia es presencial o por videoconferencia, y si el juzgado pide llegar con anticipación para el registro. En audiencias a distancia, prueba conexión, cámara y un lugar privado sin terceros.

Cómo comportarte en la sala

El juez de lo familiar observa cómo se conducen las partes, sobre todo cuando hay hijos. Algunas reglas prácticas:

  • Habla solo cuando se te conceda la palabra y dirígete al juez, no a tu expareja.
  • Responde lo que se pregunta, con frases cortas y sin reproches. La audiencia no es el lugar para repasar la historia del matrimonio.
  • No firmes ni ratifiques nada que no entiendas. Puedes pedir que se aclare un punto antes de manifestar tu conformidad.
  • Evita gestos, interrupciones y comentarios sobre la otra parte. Todo queda grabado.
  • No lleves a los hijos. Si el juez necesita escucharlos, lo hará en una diligencia separada, conforme al Art. 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño, con personal especializado.
  • Si hay violencia, avísalo antes a tu abogado para pedir medidas: comparecencias separadas, salas distintas o audiencia a distancia.

Después de la audiencia: lo que sigue

Cuando el divorcio queda decretado, el juzgado ordena la anotación en el Registro Civil. Ese paso tiene sus propios tiempos y conviene darle seguimiento hasta obtener el acta con la anotación. Si se aprobó un convenio con pensión por nómina, verifica que el oficio de descuento llegue al patrón y que el primer pago se refleje.

Si hay inmuebles, la adjudicación se formaliza después ante notario, con sus propios costos e impuestos locales, que se consultan en la notaría y en la legislación fiscal de tu estado. Los puntos que quedaron sin acuerdo siguen su trámite en la vía incidental. Cuánto puede tardar todo el proceso lo explicamos en cuánto tarda un divorcio en México.

Errores que complican la audiencia

  1. Llegar con un convenio genérico descargado de internet que no menciona bienes ni cuentas concretas.
  2. Ratificar sin leer porque la otra parte "ya lo revisó".
  3. Presentarse sin identificación vigente. Sin ella, la diligencia puede diferirse.
  4. Usar la audiencia para discutir temas emocionales que no resuelve el juez.
  5. No llevar comprobantes de ingresos y gastos, aunque haya convenio. El juez puede pedirlos para validar la pensión.

Cómo te ayudamos

Una audiencia de divorcio dura poco cuando el trabajo previo está hecho: convenio completo, documentos ordenados y una estrategia clara para lo que no se ha acordado. Si llegas sin eso, la diligencia se difiere o el juez decreta el divorcio y deja todo lo demás para después.

En RIVENZA revisamos tu convenio antes de la fecha, te explicamos qué va a preguntar el juez y te acompañamos en la sala. Cuéntale tu caso a la abogada titular con la Lic. Angélica Rivera. Para empezar, genera tu lista con el checklist de documentos para el divorcio, revisa si tu caso puede ir por la vía rápida en divorcio incausado: cómo funciona y consulta las reglas de tu estado en el hub de divorcio.

Paso siguiente

Actas, identificaciones, comprobantes y escrituras según la vía y tu estado. Se descarga en PDF.

Arma tu checklist de documentos para el divorcio
Servicio relacionado

Derecho familiar

Asesoría personalizada con honorarios fijos y método documentable.

Ver detalle del servicio →

Sigue explorando

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa en la audiencia de divorcio con convenio?+

El juez verifica la identidad de los cónyuges, revisa que el convenio esté completo y proteja a los hijos, pregunta a ambos si lo ratifican y, si todo está en orden, lo aprueba y decreta el divorcio en la misma diligencia. El CNPCF prevé que la solicitud con propuesta de convenio se resuelva en una audiencia única (Art. 657). Es breve cuando el convenio llega bien redactado.

¿Tengo que ir personalmente a la audiencia de divorcio?+

Por regla general sí, porque el juez debe escuchar de viva voz que ratificas el convenio o que mantienes tu solicitud. Algunos tribunales permiten audiencias a distancia por videoconferencia y, en casos excepcionales, la comparecencia por apoderado con poder especial. Confirma con tu abogado lo que admite el juzgado de tu asunto antes de la fecha.

¿Qué pasa si mi pareja no se presenta a la audiencia?+

En el divorcio incausado la inasistencia del otro cónyuge no impide que se decrete el divorcio, porque basta la voluntad de uno solo (jurisprudencia 1a./J. 28/2015). Lo que no se puede aprobar sin él es un convenio que requiere su firma y ratificación. Los puntos sin acuerdo pasan a resolverse en la vía incidental con pruebas.

¿Qué documentos debo llevar a la audiencia?+

Identificación oficial vigente, copia del convenio que se presentó, actas certificadas de matrimonio y de nacimiento de los hijos si el juzgado las requiere a la vista, y los comprobantes que sostienen la pensión y el reparto de bienes. Lleva también cualquier acuerdo previo de mediación y una libreta para anotar lo que ordene el juez.

¿Puede el juez rechazar el convenio en la audiencia?+

Sí. Si el convenio no protege a los hijos, deja la pensión sin cantidad o la convivencia sin calendario, el juez puede pedir ajustes o no aprobarlo tal cual. El Art. 267 CCF señala lo que debe contener la propuesta de convenio. Lo usual es que el juez indique qué corregir para aprobarlo.

¿Qué pasa en la audiencia si no hay acuerdo?+

El juez decreta el divorcio y dicta o confirma las medidas provisionales sobre alimentos, custodia y convivencias (Art. 569 CNPCF y Art. 282 CCF). Lo que no se acordó se tramita después en audiencias preliminar y de juicio, con ofrecimiento y desahogo de pruebas. El matrimonio queda disuelto aunque los demás temas sigan abiertos.

¿Los hijos van a la audiencia de divorcio?+

No como regla. Cuando el juez necesita escucharlos, lo hace en una diligencia distinta, en un espacio adecuado y con apoyo especializado, conforme al Art. 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño. Llevar a los hijos a la sala de audiencias no ayuda y puede exponerlos al conflicto.

Publicado: 14 de octubre de 2026
Etiquetas: Divorcio, Audiencia, Juicio oral familiar, CNPCF, Derecho familiar