Generador de convenio de divorcio
El Art. 267 del Código Civil Federal dice qué debe contener un convenio de divorcio: domicilios, guarda y custodia, convivencias, alimentos y su garantía, domicilio conyugal y liquidación de bienes. Captura tus datos y obtén un borrador con esas cláusulas, su base legal y los puntos que el juez revisa.
1 hijo · sociedad conyugal
- Captura el nombre completo de ambos cónyuges tal como aparece en el acta de matrimonio.
- Describe el reparto de bienes y deudas: sin ese punto el convenio está incompleto (Art. 267 fr. VI).
- Indica la entidad: define qué código aplica y ante qué juzgado se presenta.
Durante el procedimiento y después de ejecutoriado el divorcio, [NOMBRE DEL CÓNYUGE A] tendrá su domicilio en [DOMICILIO DEL CÓNYUGE A] y [NOMBRE DEL CÓNYUGE B] tendrá su domicilio en [DOMICILIO DEL CÓNYUGE B].
Cualquier cambio de domicilio se comunicará por escrito a la otra parte y al juzgado dentro de los cinco días siguientes.
Art. 267 fr. I del Código Civil Federal
La guarda y custodia de [NOMBRE DEL HIJO O HIJA] (8 años) quedará a cargo de [NOMBRE DEL CÓNYUGE A]. Ambos progenitores conservan la patria potestad y decidirán de común acuerdo lo relativo a salud, educación y residencia.
Ninguno de los progenitores cambiará la residencia habitual de los hijos fuera de la entidad sin el consentimiento escrito del otro o autorización judicial.
Art. 267 fr. II del Código Civil Federal
[NOMBRE DEL CÓNYUGE B] convivirá con los hijos conforme al siguiente régimen: fines de semana alternos, del viernes a la salida de la escuela al domingo a las 19:00 horas; un día entre semana, de la salida de la escuela a las 20:00 horas, que las partes fijarán por escrito; la mitad de los periodos vacacionales escolares de verano, invierno y Semana Santa, alternando el primer periodo cada año.
Los cumpleaños de los hijos y las fechas familiares se alternarán cada año. Las partes podrán modificar el calendario de común acuerdo y por escrito, privilegiando el interés superior de los menores.
Art. 267 fr. III del Código Civil Federal
[NOMBRE DEL CÓNYUGE B] se obliga a pagar por concepto de pensión alimenticia a favor de [NOMBRE DEL HIJO O HIJA] el 20% de sus ingresos ordinarios y extraordinarios, descontado directamente de su salario cuando exista relación laboral, los primeros cinco días de cada mes, mediante depósito o transferencia a la cuenta que señale [NOMBRE DEL CÓNYUGE A].
La pensión comprende comida, vestido, habitación, atención médica y educación (Art. 308 del Código Civil Federal). Los gastos extraordinarios de salud se cubrirán por mitad.
Art. 267 fr. IV y Arts. 308 y 311 del Código Civil Federal
La pensión se asegura mediante descuento directo de nómina: el juez girará oficio al patrón de [NOMBRE DEL CÓNYUGE B] para que retenga el monto y lo entregue al acreedor (Art. 110 fr. V de la Ley Federal del Trabajo).
Art. 267 fr. IV, segunda parte, del Código Civil Federal
El domicilio conyugal ubicado en [DOMICILIO CONYUGAL] seguirá siendo habitado por [NOMBRE DEL CÓNYUGE A] junto con los hijos, quien cubrirá los servicios y el mantenimiento ordinario mientras lo ocupe.
El menaje de casa queda en poder de [NOMBRE DEL CÓNYUGE A], salvo los objetos de uso personal de la otra parte, que se entregarán dentro de los quince días siguientes a la firma.
Art. 267 fr. V del Código Civil Federal
Las partes se casaron bajo el régimen de sociedad conyugal y acuerdan liquidarla en los siguientes términos, formando inventario de bienes y deudas comunes (Arts. 203 y 204 del Código Civil Federal):
[DESCRIBIR BIENES, DEUDAS Y A QUIÉN SE ADJUDICA CADA UNO]
Los bienes propios de cada cónyuge (anteriores al matrimonio, herencias y donaciones) no forman parte de la sociedad y quedan con su titular. La adjudicación de inmuebles se formalizará ante notario.
Art. 267 fr. VI y Arts. 183 a 206 del Código Civil Federal
Las partes solicitan al juez familiar competente en [ENTIDAD] que apruebe este convenio y lo eleve a la categoría de sentencia ejecutoriada. Para todo lo relativo a su interpretación y cumplimiento se someten a los tribunales de [ENTIDAD].
Leído el convenio y conocido su alcance, lo firman por duplicado para su presentación ante el juzgado.
Art. 267 del Código Civil Federal y código de procedimientos de la entidad
Importante
Los resultados son estimados y pueden variar según cada caso. Si el tuyo tiene matices, la abogada titular puede revisarlo a fondo.
Este convenio es un borrador informativo armado con el contenido mínimo del Art. 267 del Código Civil Federal. El divorcio se rige por el código civil o familiar de la entidad y el convenio solo surte efectos cuando el juez familiar lo aprueba en sentencia, revisando que proteja a los hijos y sea equitativo. Antes de firmarlo o presentarlo, pide que un abogado lo revise.
Rango orientativo según ingreso y acreedores para fijar la cláusula de alimentos.
Gananciales y mitad de cada cónyuge para la cláusula de bienes.
Cuánto representa cada porcentaje en pesos según el ingreso.
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Preguntas frecuentes
¿Qué debe incluir un convenio de divorcio?+
El Art. 267 del Código Civil Federal enumera seis puntos: el domicilio de cada cónyuge durante y después del procedimiento, quién tendrá la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas y convivencias, los alimentos para los hijos y en su caso para el cónyuge con la forma de asegurarlos, el uso del domicilio conyugal y del menaje, y la administración y liquidación de la sociedad conyugal o la constancia de separación de bienes. Si falta alguno, el juez lo devuelve.
¿Cómo se fija la pensión alimenticia en el convenio?+
Puede pactarse como porcentaje de los ingresos del deudor o como cantidad fija mensual con actualización anual. La ley exige proporcionalidad entre la necesidad de los hijos y la posibilidad de quien paga (Art. 311 CCF); en la práctica judicial el rango usual es de 15% a 30% del ingreso neto por acreedor, con un tope prudente del 50%. Si capturas el ingreso del deudor, el generador compara lo pactado con ese rango.
¿Cómo se asegura el pago de la pensión?+
El Art. 267 fr. IV del Código Civil Federal pide que el convenio diga cómo se asegurarán los alimentos. Las formas usuales son el descuento directo de nómina mediante oficio del juez al patrón (Art. 110 fr. V LFT), una fianza, una hipoteca sobre un inmueble o el depósito de mensualidades por adelantado. Cuando el deudor es asalariado, el descuento de nómina es la más práctica.
¿Qué es un régimen de convivencia y cómo se redacta?+
Es el calendario con el que el progenitor que no tiene la custodia convive con los hijos. El convenio debe fijar días y horarios concretos: fines de semana alternos, un día entre semana, vacaciones escolares por mitad y cómo se alternan cumpleaños y fechas familiares. Un régimen vago ("cuando lo acuerden") suele ser rechazado por el juez porque no se puede ejecutar.
¿El juez puede rechazar el convenio?+
Sí. El juez familiar revisa que el convenio proteja el interés superior de los menores y que no sea notoriamente desproporcionado para alguno de los cónyuges. Si la pensión es insuficiente, no hay garantía o el régimen de convivencia es impreciso, pide que lo corrijan antes de aprobarlo y dictar sentencia.
¿Qué pasa con la casa y los muebles?+
El convenio debe decir quién seguirá usando el domicilio conyugal, por cuánto tiempo y quién paga los servicios, y a quién queda el menaje. Si la casa es un bien común, su adjudicación o venta se resuelve en la cláusula de liquidación de la sociedad conyugal (Arts. 203 y 204 CCF) y, tratándose de un inmueble, se formaliza ante notario.
¿Este borrador sirve para presentarlo al juez?+
Es un punto de partida con la estructura legal correcta, no un documento final. Sale marcado como borrador porque cada estado tiene su propio código y porque los datos concretos del caso (ingresos, bienes, necesidades de los hijos) deben revisarse con un abogado antes de firmarlo y presentarlo.