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Divorcio con hijos · Código de Familia para el Estado de Yucatán

Divorcio con hijos en Yucatán 2026: convenio, custodia y pensión alimenticia

Respuesta rápida

Un divorcio con hijos menores en Yucatán se resuelve ante el juez familiar con base en Arts. 170 y 191 del Código de Familia para el Estado de Yucatán, y como referencia, con $25,000 netos al mes y 2 hijos, los alimentos irían de $7,500 a $12,500 mensuales (Art. 311 CCF). Aunque el Código de Familia para el Estado de Yucatán prevé el divorcio administrativo, esa vía se cierra en cuanto hay un hijo menor o dependiente, así que el asunto va al juzgado familiar. El convenio debe regular custodia, convivencia, alimentos y bienes, que es lo que pide el Art. 656 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

Pensión orientativa en divorcio con 2 hijos en Yucatán (ingreso $25,000)$7,500 a $12,500
Divorcio con hijos en Yucatán: qué resuelve el juez y ejemplo de alimentos
ConceptoEn YucatánFundamento o nota
Vía aplicable con hijos menoresJudicial, ante el juez familiarLa vía administrativa se cierra con hijos menores o dependientes
Régimen de divorcioIncausado vigenteArts. 170 y 191
Contenido mínimo del convenioGuarda y custodia, convivencia, alimentos y bienesArt. 656 fracción III CNPCF
Medidas provisionalesAlimentos, custodia y convivencia desde el inicioArt. 569 CNPCF
Ingreso neto del ejemplo$25,000Supuesto ilustrativo con 2 hijos
Pensión orientativa total$7,500 a $12,50030% a 50% del ingreso (Art. 311 CCF)
Por cada hijo$3,750 a $6,250Reparto según necesidades (Art. 312 CCF)
Queda al deudor en el extremo alto$12,500Tope prudente del 50% del ingreso
Copia certificada del acta de nacimiento$237Plataforma Nacional del Registro Civil
Rango de alimentos orientativo, no monto exigible: 15% a 30% del ingreso neto por acreedor con tope prudente del 50%, criterio de la práctica judicial y no tabla legal. La pensión la fija el juez conforme al Art. 311 CCF y a los correlativos del ordenamiento de Yucatán.
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Que haya hijos no vuelve el divorcio más difícil de obtener en Yucatán: el código local reconoce el divorcio incausado y el vínculo se disuelve con la voluntad de uno solo. Lo que sí cambia es el contenido del expediente. El juez familiar no puede cerrar el asunto sin revisar con quién vivirán los hijos, cómo convivirán con el otro progenitor y cuánto se pagará de alimentos.

Con dos hijos y un ingreso neto de $25,000, el estimador de pensión alimenticia da $7,500 a $12,500 mensuales (30% a 50% del ingreso), ya con el tope prudente del 50% aplicado. Repartido, son $3,750 a $6,250 por hijo; el reparto real en Yucatán depende de lo que cada uno necesite (Art. 312 CCF).

Pide desde el principio las actas de nacimiento de tus hijos: el juzgado las exige para acreditar la filiación. En Yucatán cada copia certificada cuesta $237, así que 4 actas (cónyuges e hijos del ejemplo) representan $948. La de matrimonio se cobra aparte, conforme a la ley de ingresos de la entidad.

Qué debe resolver el convenio con hijos en Yucatán

En Yucatán el juez revisa el convenio con hijos punto por punto: quién tendrá la custodia, cómo convivirán con el otro progenitor, cuánto y cómo se pagará la pensión, quién se queda en la vivienda familiar y cómo se reparten los bienes. Son los temas del Art. 656 fracción III del CNPCF, y un convenio que deja uno abierto vuelve con observaciones del juzgado.

  • Guarda y custodia de cada hijo menor y domicilio donde vivirá.
  • Régimen de convivencia con calendario, entregas, vacaciones y días festivos.
  • Pensión alimenticia: monto o porcentaje, forma, fecha de pago, actualización y garantía.
  • Uso de la vivienda familiar y del menaje durante y después del procedimiento.
  • Liquidación del régimen patrimonial o reparto de bienes y deudas comunes.

Pensión alimenticia en el divorcio: ejemplo con ingreso de $25,000

El ejemplo de esta página parte de $25,000 netos al mes y dos hijos. La suma aritmética de 30% por hijo rebasaría la mitad del ingreso, así que opera el tope prudente del 50% y el rango queda en $7,500 a $12,500. En Yucatán, como en el resto del país, los dos hijos tienen el mismo derecho y el reparto sigue sus necesidades (Art. 312 CCF).

La pensión pactada en el convenio de Yucatán no es letra muerta: si se incumple, procede el descuento por nómina (Art. 110 fracción V LFT), la ejecución de la garantía (Art. 317 CCF) y el embargo de bienes. El derecho a alimentos es irrenunciable (Art. 321 CCF), así que una cláusula de renuncia no vale.

Cómo quedaría el ingreso de $25,000 con 2 hijos
EscenarioPensión mensualPor hijoQueda para el deudor
Extremo bajo (30%)$7,500$3,750$17,500
Extremo alto (50%)$12,500$6,250$12,500
Tope prudente (50%)$12,500$6,250$12,500
Cálculo de estimarPensionAlimenticia (motor de RIVENZA). Rango orientativo: no es una tabla legal ni un monto exigible.

Medidas provisionales y audiencia en Yucatán

Desde la admisión de la solicitud, la autoridad debe decretar de oficio medidas provisionales: alimentos, guarda y custodia, convivencia y, si hace falta, órdenes de protección (Art. 569 CNPCF). Si hay acuerdo total, el CNPCF prevé una audiencia única con vista al Ministerio Público para aprobar el convenio (Art. 657). Si no lo hay, en Yucatán el divorcio se decreta igual por ser incausado y lo relativo a los hijos sigue su curso.

Revisa el convenio antes de firmarlo

RIVENZA acompaña divorcios con hijos de Yucatán sin que tengas que trasladarte. Cuéntale por WhatsApp a la Lic. Angélica Rivera cómo está organizada hoy la familia y qué propone cada uno; ella identifica los puntos que el juzgado va a observar y te ayuda a cerrarlos antes de presentar la solicitud.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda un divorcio con hijos en Yucatán?+

No hay plazo legal único. Con convenio completo, el CNPCF prevé una audiencia única para aprobarlo (Art. 657); sin acuerdo, el tiempo en Yucatán depende de las pruebas sobre custodia y alimentos y de la agenda del juzgado familiar.

¿Mi expareja puede negarse al divorcio si tenemos hijos en Yucatán?+

No puede impedirlo. Yucatán reconoce el divorcio incausado en Arts. 170 y 191, así que el vínculo se disuelve con la voluntad de uno solo; lo que el otro puede discutir son custodia, convivencia, alimentos y bienes.

¿Cuánto es la pensión alimenticia en un divorcio con hijos en Yucatán?+

No hay tabla legal en Yucatán ni en el país: el juez aplica la proporcionalidad del Art. 311 CCF. Como referencia, con $25,000 netos y 2 hijos la práctica judicial da $7,500 a $12,500 al mes, $3,750 a $6,250 por hijo.

¿Se puede cambiar la custodia o la pensión después del divorcio en Yucatán?+

Sí. Lo relativo a alimentos y custodia se modifica por incidente cuando cambian las circunstancias (Art. 311 CCF para la pensión). En Yucatán, un cambio de empleo de quien paga o una necesidad nueva del hijo abre la revisión; mientras no haya resolución, la pensión vigente se sigue debiendo.

¿Qué pasa con la pensión mientras dura el divorcio en Yucatán?+

El juez fija alimentos provisionales desde la admisión, sin esperar la sentencia (Art. 569 CNPCF). En Yucatán conviene pedirlos en el primer escrito con pruebas del gasto; con un ingreso de $25,000 y 2 hijos, el rango orientativo es $7,500 a $12,500.

¿Puedo divorciarme en el Registro Civil de Yucatán si tengo hijos?+

Solo si los hijos son mayores de edad, capaces y no dependen de ustedes. Con un hijo menor, el Código de Familia para el Estado de Yucatán cierra la vía administrativa y el divorcio se tramita ante el juez familiar de Yucatán con convenio.

¿Qué documentos de los hijos piden para el divorcio en Yucatán?+

Las actas de nacimiento certificadas de cada hijo, $237 cada una en Yucatán, además del acta de matrimonio, identificaciones y comprobantes del gasto mensual de los menores. Con 2 hijos y los dos cónyuges son 4 actas de nacimiento.

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Importante: Información general con el texto vigente del ordenamiento local a la fecha de consulta. Los códigos civiles y familiares se reforman con frecuencia, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares entra en vigor de forma gradual en cada entidad y cada caso depende de sus circunstancias, así que esta página no sustituye una asesoría legal. Estimación orientativa; la pensión la fija el juez según la necesidad de quien la recibe y la posibilidad de quien la paga (Art. 311 del Código Civil Federal y correlativos estatales). No existe una tabla legal nacional: los rangos provienen de criterios judiciales usuales y pueden variar por entidad, por juzgado y por las circunstancias de cada familia. No sustituye una asesoría legal.

Fuentes

A
Abogada titular · 34 años de experiencia jurídica · Actualizado 2026-10-14
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La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre divorcio con hijos en Yucatán y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.