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Selector de figura societaria

La Ley General de Sociedades Mercantiles regula cada figura con reglas distintas: la SAS solo admite accionistas personas físicas (Art. 260 LGSM), la SA de CV pide al menos dos socios (Art. 89) y la S de RL admite un máximo de 50 (Art. 61). Responde seis preguntas y obtén la figura que encaja con tu proyecto, la alternativa y la comparativa.

Tu proyecto
Figura recomendada
SAS

Sociedad por Acciones Simplificada · Arts. 260 a 273 LGSM

Para emprender rápido y sin costo de constitución, con socios personas físicas y facturación acotada.

Alternativa: SA de CV (Arts. 87 y ss. LGSM). La figura más usada para operar con flexibilidad, varios socios y posibilidad de crecer.

El tope de ingresos de la SAS lo actualiza la Secretaría de Economía cada año: verifica la cifra vigente en su sitio oficial antes de decidir.
Por qué
  • Con 2 socios personas físicas y sin rebasar el tope de ingresos de la SE, calificas para la SAS (Art. 260 LGSM).
  • La SAS se constituye en línea ante la Secretaría de Economía sin fedatario y sin costo (Arts. 262 y 263 LGSM), con responsabilidad limitada a las aportaciones.
  • La SA de CV queda como alternativa si prefieres estatutos a la medida o prevés sumar un socio persona moral; requiere mínimo 2 socios (Art. 89 LGSM) y fedatario (Art. 5 LGSM).
  • Todas las figuras recomendadas limitan la responsabilidad de los socios al monto de su aportación; tu patrimonio personal queda separado del de la empresa.
Comparativa: SAS frente a SA de CV
CriterioSASSA de CV
Socios1 o más, solo personas físicas (Art. 260 LGSM)Mínimo 2, sin máximo; personas físicas o morales (Art. 89 fr. I LGSM)
ResponsabilidadLimitada al monto de las aportaciones (Art. 260 LGSM)Limitada al pago de las acciones suscritas (Art. 87 LGSM)
FedatarioNo: se constituye en línea en el sistema de la Secretaría de Economía, sin costo (Arts. 262 y 263 LGSM)Sí: escritura ante notario o póliza ante corredor público (Art. 5 LGSM)
CapitalSin mínimo; los ingresos anuales no pueden rebasar el tope que publica la SE cada año (Art. 260 LGSM)El que fijen los estatutos, íntegramente suscrito y exhibido al menos en 20% en efectivo (Art. 89 frs. II y III LGSM)
AdministraciónAdministrador único, que debe ser accionista (Art. 267 LGSM)Administrador único o consejo de administración (Art. 142 LGSM)
InversiónEstructura cerrada; al rebasar el tope de ingresos debe transformarse en otro régimen (Art. 260 LGSM)Acciones libremente transmisibles salvo pacto; admite series y clases
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CriterioSASSA de CVS de RL de CVSAPI de CVAC
Socios1 o más, solo personas físicas (Art. 260 LGSM)Mínimo 2, sin máximo; personas físicas o morales (Art. 89 fr. I LGSM)De 2 a 50 socios, personas físicas o morales (Art. 61 LGSM)Mínimo 2, sin máximo; es una SA con régimen especial (Art. 12 LMV y Art. 89 LGSM)2 o más asociados (Art. 2670 CCF)
ResponsabilidadLimitada al monto de las aportaciones (Art. 260 LGSM)Limitada al pago de las acciones suscritas (Art. 87 LGSM)Limitada al pago de las aportaciones (Art. 58 LGSM)Limitada al pago de las acciones suscritas (Art. 87 LGSM)La asociación responde con su patrimonio; no reparte utilidades entre asociados (Art. 2670 CCF)
FedatarioNo: se constituye en línea en el sistema de la Secretaría de Economía, sin costo (Arts. 262 y 263 LGSM)Sí: escritura ante notario o póliza ante corredor público (Art. 5 LGSM)Sí: escritura ante notario o póliza ante corredor público (Art. 5 LGSM)Sí: escritura ante notario o póliza ante corredor público (Art. 5 LGSM)El contrato debe constar por escrito (Art. 2671 CCF); para inscribirse y ser donataria autorizada se otorga ante notario
CapitalSin mínimo; los ingresos anuales no pueden rebasar el tope que publica la SE cada año (Art. 260 LGSM)El que fijen los estatutos, íntegramente suscrito y exhibido al menos en 20% en efectivo (Art. 89 frs. II y III LGSM)Dividido en partes sociales, no en acciones (Arts. 58 y 62 LGSM)Acciones con derechos distintos por serie, restricciones de transmisión y derechos de veto (Art. 13 LMV)Patrimonio afecto a un fin no económico; sin capital social ni dividendos
AdministraciónAdministrador único, que debe ser accionista (Art. 267 LGSM)Administrador único o consejo de administración (Art. 142 LGSM)Uno o más gerentes, socios o no (Art. 74 LGSM)Administrador único o consejo; puede adoptar el gobierno corporativo de las bursátiles (Art. 14 LMV)Asamblea general como poder supremo y director o directores (Art. 2674 CCF)
InversiónEstructura cerrada; al rebasar el tope de ingresos debe transformarse en otro régimen (Art. 260 LGSM)Acciones libremente transmisibles salvo pacto; admite series y clasesCerrada: la cesión de partes sociales requiere consentimiento de la mayoría de socios (Art. 65 LGSM)Diseñada para rondas de inversión: pactos entre accionistas con efectos frente a la sociedad (Art. 16 LMV)No admite inversionistas; se financia con cuotas y donativos
Siguientes pasos
  1. 1Pide la autorización de uso de denominación en línea ante la Secretaría de Economía (trámite gratuito).
  2. 2Reúne la e.firma vigente de cada accionista: el sistema de la SE la exige para firmar los estatutos (Art. 263 LGSM).
  3. 3Constituye la SAS en el sistema electrónico de la SE con los estatutos proforma; no interviene fedatario y no tiene costo (Arts. 262 y 263 LGSM).
  4. 4La SE envía el contrato al Registro Público de Comercio para su inscripción electrónica (Art. 263 LGSM).
  5. 5Inscribe la sociedad en el RFC ante el SAT dentro del mes siguiente (Art. 27 CFF) y abre la cuenta bancaria.
  6. 6Si en algún ejercicio los ingresos rebasan el tope publicado por la SE, transforma la SAS en otro régimen societario (Art. 260 LGSM).

¿Quieres el desglose de costos de constitución? Usa el presupuesto de constitución o lee la guía para constituir empresa.

Figuras descartadas y por qué
  • S de RL de CV: Exige fedatario y mínimo 2 socios; la SAS resuelve lo mismo sin costo de constitución mientras no rebases el tope.
  • SAPI de CV: Está pensada para recibir inversionistas; no lo indicaste.
  • AC: No tiene fin de lucro ni reparte utilidades (Art. 2670 CCF).

Aviso: la figura la confirma la abogada

Orientación general con base en la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley del Mercado de Valores y el Código Civil Federal. La figura correcta depende también del régimen fiscal, de los socios extranjeros, del giro y de los acuerdos entre socios; confírmala con la abogada antes de pedir la autorización de denominación. El tope de ingresos de la SAS lo publica la Secretaría de Economía cada año: verifícalo en su sitio oficial.

Importante

Los resultados son estimados y pueden variar según cada caso. Si el tuyo tiene matices, la abogada titular puede revisarlo a fondo.

Que revisen mi casoTe responde la Lic. Angélica Rivera, abogada titular, con 34 años de experiencia jurídica.
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Orientación con base en la LGSM, la LMV y el Código Civil Federal. No constituye asesoría jurídica: el régimen fiscal, los socios extranjeros y el giro pueden cambiar la recomendación.

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Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre SAS, SA de CV y S de RL?+

La SAS (Arts. 260 a 273 LGSM) admite uno o más accionistas personas físicas, se constituye en línea ante la Secretaría de Economía y tiene un tope anual de ingresos. La SA de CV pide al menos dos socios (Art. 89 fr. I LGSM), divide su capital en acciones y admite personas morales. La S de RL divide el capital en partes sociales, admite hasta 50 socios (Art. 61 LGSM) y la entrada de nuevos socios requiere el consentimiento de la mayoría del capital (Art. 65 LGSM).

¿Puedo constituir una SAS con un solo socio?+

Sí. El Art. 260 LGSM permite que la SAS tenga uno o más accionistas, siempre que sean personas físicas. La administración queda a cargo de un administrador único, que debe ser accionista (Art. 267 LGSM).

¿Cuál es el tope de ingresos de la SAS?+

El Art. 260 LGSM fija un límite de ingresos anuales que la Secretaría de Economía actualiza cada año, por eso no publicamos la cifra: consúltala en su sitio oficial. Si la sociedad lo rebasa, debe transformarse en otro régimen societario.

¿Un socio persona moral puede entrar a una SAS?+

No. El Art. 260 LGSM reserva la SAS a personas físicas. Si uno de los socios es una empresa, la figura adecuada suele ser la SA de CV o la S de RL de CV, que sí admiten socios personas morales.

¿Cuándo conviene una SAPI de CV?+

Cuando planeas recibir inversionistas. La SAPI se regula en los Arts. 12 a 20 de la Ley del Mercado de Valores y admite pactos entre accionistas que la SA ordinaria limita, como restricciones a la transmisión de acciones o derechos de arrastre y de venta conjunta (Art. 16 LMV).

¿Cuándo es mejor una asociación civil?+

Cuando el proyecto no tiene un fin preponderantemente económico, por ejemplo una organización social, cultural o deportiva (Art. 2670 CCF). Una AC no reparte utilidades entre sus asociados; si el objetivo es lucrar, corresponde una sociedad mercantil.

¿Necesito notario para constituir mi sociedad?+

La SAS no: se constituye en el sistema electrónico de la Secretaría de Economía sin fedatario y sin costo (Arts. 262 y 263 LGSM). Las demás figuras se constituyen en escritura ante notario o póliza ante corredor público (Art. 5 LGSM), con honorarios según el arancel de cada estado. En RIVENZA trabajamos con precio cerrado por adelantado.