Pensión de viudez con una pensión de $15,000: $13,500.00 al mes en 2026
Si la persona fallecida recibía una pensión de $15,000 al mes, la pensión de viudez es de $13,500.00 mensuales, porque el Art. 131 de la Ley del Seguro Social la fija en el 90% de la pensión del titular. Si además hay un hijo con derecho a orfandad, la suma rebasa el 100% y se prorratea (Art. 144 LSS): la viudez baja a $12,272.73 y el huérfano recibe $2,727.27.
| Escenario de beneficiarios | Pensión de viudez | Pensión por cada huérfano | Total mensual repartido | % de la pensión del titular |
|---|---|---|---|---|
| Solo cónyuge o concubina | $13,500.00 | No aplica | $13,500.00 | 90.00% |
| Cónyuge y 1 huérfano | $12,272.73 | $2,727.27 | $15,000.00 | 100.00% |
| Cónyuge y 2 huérfanos | $10,384.62 | $2,307.69 | $15,000.00 | 100.00% |
| Cónyuge y 3 huérfanos | $9,000.00 | $2,000.00 | $15,000.00 | 100.00% |
| Solo 1 huérfano, sin cónyuge | No aplica | $3,000.00 | $3,000.00 | 20.00% |
La pensión por viudez del IMSS no es una cantidad nueva: se calcula sobre la pensión que recibía o le habría correspondido a la persona asegurada. Con $15,000 mensuales de base, el 90% del Art. 131 de la Ley del Seguro Social da $13,500.00 al mes y $162,000.00 al año.
Cuando hay hijos menores de 16 años, o de hasta 25 si estudian, entra la pensión de orfandad del 20% por cada uno (Art. 135 LSS). Como 90% más 20% excede el 100%, la Ley del Seguro Social ordena reducir todas las pensiones en proporción (Art. 144): con un huérfano, la viudez queda en $12,272.73 y el hijo recibe $2,727.27.
La mensualidad de $13,500.00 queda $2,863 arriba de la pensión mínima mensual de cesantía y vejez de 2026 ($10,636.54). Se cobra en las mismas fechas que el resto de las pensiones y sube cada año con la actualización que aplica el IMSS.
Cómo se calcula la pensión de viudez sobre $15,000 (Art. 131 LSS)
La fórmula es una multiplicación: pensión del titular × 0.90. Con $15,000 de base el resultado es $13,500.00 mensuales (Art. 131 LSS). Si el asegurado no estaba pensionado al morir, la base es la pensión de invalidez que le habría tocado con sus semanas y su salario promedio, no su último sueldo.
El 90% es inamovible, así que toda revisión seria empieza por la base. Sobre $15,000 el resultado es $13,500.00; si el IMSS te notificó una cantidad distinta, el problema está en la pensión del titular que usó de referencia, y eso se combate con el recurso de inconformidad o en juicio.
Viudez y orfandad juntas: el tope del 100% (Arts. 135 y 144 LSS)
La orfandad vale 20% de la pensión del titular por hijo (Art. 135 LSS): $3,000.00 en este caso. Ese porcentaje se respeta íntegro cuando no hay cónyuge con derecho, como muestra el último renglón de la tabla anterior. Cuando sí lo hay, entra el reparto proporcional del Art. 144 LSS y ambas pensiones bajan por igual.
El derecho de cada huérfano termina a los 16 años, o a los 25 si continúa estudiando, y no se extingue mientras exista una incapacidad que le impida mantenerse. Cada baja modifica el prorrateo: al salir un hijo del reparto, la pensión de viudez sube, por ejemplo de $12,272.73 a $13,500.00 cuando el último huérfano cumple la edad límite.
| Hijos con derecho | Pensión de viudez | Por cada huérfano | Total de orfandad | Suma mensual | ¿Se aplicó el tope del 100%? |
|---|---|---|---|---|---|
| Sin hijos con derecho | $13,500.00 | No aplica | No aplica | $13,500.00 | No |
| 1 huérfano | $12,272.73 | $2,727.27 | $2,727.27 | $15,000.00 | Sí |
| 2 huérfanos | $10,384.62 | $2,307.69 | $4,615.38 | $15,000.00 | Sí |
| 3 huérfanos | $9,000.00 | $2,000.00 | $6,000.00 | $15,000.00 | Sí |
| 4 huérfanos | $7,941.18 | $1,764.71 | $7,058.82 | $15,000.00 | Sí |
Quién tiene derecho a la pensión de viudez y qué documentos pide el IMSS
Cobra la persona que estaba casada con el asegurado o, si no hubo matrimonio, quien acredite concubinato de cinco años o hijos en común, con ambos libres de matrimonio (Art. 130 LSS). No importa el sexo del beneficiario ni si trabajaba: la pensión de $13,500.00 corresponde por el vínculo, no por dependencia económica probada.
El trámite se inicia en la subdelegación del IMSS que corresponde al domicilio, con acta de defunción, acta de matrimonio o pruebas del concubinato, identificación oficial, CURP, estado de cuenta bancario a nombre del beneficiario y la resolución de pensión del titular si ya estaba pensionado. Cuando hay hijos, se agregan sus actas de nacimiento y, para los mayores de 16, la constancia de estudios.
Ante una negativa o una cuantía menor a la que arroja el 90%, manda un mensaje de WhatsApp a la Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica; con la resolución y el historial del titular a la vista sale el plan: recurso de inconformidad, aclaración administrativa o demanda.
ISR, nuevas nupcias y ascendientes: qué más afecta a los $13,500.00
El impuesto solo aparece cuando la pensión rebasa 15 UMA mensuales, es decir $53,493.36 en 2026. La viudez calculada aquí, $13,500.00, tiene $39,993 de margen antes de llegar a ese punto, así que el depósito mensual es el íntegro.
Si la persona viuda vuelve a casarse o entra en concubinato, la pensión termina y se paga una sola vez el equivalente a tres anualidades, que con $13,500.00 mensuales suman $486,000.00. A falta de cónyuge y de huérfanos con derecho, la Ley del Seguro Social concede pensión a los ascendientes que dependían económicamente del asegurado, a razón de 20% cada uno ($3,000.00).
El pago sigue el mismo calendario que el resto de las pensiones del IMSS y se actualiza cada año conforme al índice nacional de precios al consumidor, así que la cifra de $13,500.00 corresponde a 2026 y subirá en los ejercicios siguientes.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me toca de pensión de viudez si mi esposo tenía $15,000 de pensión?+
Te corresponde el 90% de esa pensión: $13,500.00 mensuales (Art. 131 LSS), $162,000.00 al año. Es una cifra fija, no depende de tu edad ni de si trabajas.
¿Cuáles son los requisitos para recibir la pensión de viudez del IMSS?+
Ser cónyuge del asegurado o, a falta de matrimonio, concubina o concubinario con cinco años de convivencia o hijos comunes (Art. 130 LSS), y que la persona fallecida tuviera derecho vigente. No se exige demostrar dependencia económica ni una edad mínima para cobrar los $13,500.00 que corresponden a una base de $15,000.
¿Cuánto tiempo de concubinato se exige para acceder a la pensión?+
Cinco años, o ninguno si tuvieron hijos juntos. Lo que no se dispensa es que ambos estuvieran libres de matrimonio (Art. 130 LSS): un matrimonio anterior sin disolver es la causa más frecuente de negativa en expedientes de este tipo, incluso cuando la pensión en juego, $13,500.00, está bien calculada.
¿Quiénes son los beneficiarios legales de una pensión del IMSS?+
En orden: cónyuge o concubina con 90% (Art. 131 LSS), hijos con derecho a orfandad con 20% cada uno (Art. 135 LSS) y, a falta de ambos, los ascendientes que dependían del asegurado con 20% cada uno. Sobre $15,000, ese 20% equivale a $3,000.00.
¿Qué documentos necesito para tramitar la pensión de viudez?+
Acta de defunción, documento que acredite matrimonio o concubinato, identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio y cuenta bancaria del beneficiario donde se depositarán los $13,500.00 mensuales. Cuando hay huérfanos, se suman actas de nacimiento y constancias de estudios de los mayores de 16 años.
¿Cómo se cobra la pensión de orfandad y cuánto es por cada hijo?+
Se solicita en el mismo expediente que la viudez, con el acta de nacimiento del hijo. El porcentaje es 20% por cada uno (Art. 135 LSS); con esta base equivale a $3,000.00 si no hay cónyuge, y a $2,307.69 por hijo cuando el reparto es entre la viuda y dos huérfanos.
¿Dónde consulto el estado de mi trámite de pensión por viudez?+
En la subdelegación del IMSS donde presentaste la solicitud y en el escritorio virtual del Instituto con tu CURP y correo registrado. Si la resolución llega con una cuantía distinta a $13,500.00, pide copia del cálculo antes de firmar cualquier conformidad.
Sigue leyendo
Fuentes
- Ley del Seguro Social (Arts. 130, 131, 134, 135 y 144) (consultado el 2026-09-02)
- IMSS, Pensión por viudez (trámite y requisitos) (consultado el 2026-09-02)
Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede
La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre pensión de viudez con una pensión de $15,000 y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.