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Giro regulado · Salud Ambiental

Clínica veterinaria y COFEPRIS 2026: COFEPRIS-05-023 paso a paso

Respuesta rápida

Para abrir clínica veterinaria en México el trámite sanitario aplicable es COFEPRIS-05-023, Aviso de funcionamiento y de responsable sanitario del establecimiento de salud ambiental, según el catálogo oficial de claves SCIAN de giros regulados por la COFEPRIS, que ubica al giro en la clave 541941. Lo reciben y lo resuelven las 32 autoridades sanitarias estatales conforme al ANEXO 2 del Acuerdo de Coordinación. El giro exige además designar responsable sanitario con el perfil profesional del catálogo.

Trámite sanitario de Clínica veterinariaCOFEPRIS-05-023, nivel estatal; clave SCIAN 541941 (Nombre químico de la sustancia)
Documentos que pide el trámite COFEPRIS-05-023 para clínica veterinaria
DocumentoQué es según la ficha oficial
Acta constitutivaEs el documento que acredita la legal constitución de la empresa y acredita al representante legal, (Documento digitalizado)
Poder notarialPoder notarial que acredite la representación legal, en caso de que no se encuentre en el acta constitutiva. , (Documento digitalizado).
Identificación oficial (INE o pasaporte vigente)Identificación oficial del representante legal y personas autorizadas, en su caso. (Documento digitalizado)
Fuente: Ficha oficial del trámite COFEPRIS-05-023 (gob.mx) (consultado el 2026-09-02)
Requisitos publicados en la ficha del trámite COFEPRIS-05-023 en gob.mx. Canal: En línea. La ficha oficial no señala pago de derechos para este trámite.
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La clínica veterinaria tiene una particularidad: su clave del catálogo la ubica en el área de salud ambiental por el manejo de productos químicos, y además queda alcanzada por la Ley Federal de Sanidad Animal, que corresponde a otra autoridad federal. Es el giro con dos ventanillas de origen distinto.

El trámite se presenta en línea, por la plataforma DIGIPRiS de la COFEPRIS, y su ficha oficial en gob.mx concentra los requisitos vigentes. La ficha oficial no señala pago de derechos para este trámite. La vigencia declarada es "No aplica" y el tiempo de respuesta, "No aplica".

Hay un matiz importante: además del trámite principal, este giro tiene un trámite adicional que aplican según la variante del negocio. Clínicas y hospitales veterinarios y comercializadoras de productos químico-farmacéuticos, biológicos y alimenticios para animales: aviso de inicio de funcionamiento ante SENASICA (art. 105 de la Ley Federal de Sanidad Animal), además del aviso COFEPRIS.

Qué trámite aplica a clínica veterinaria y quién lo resuelve

El ANEXO 2 del Acuerdo de Coordinación coloca este trámite en concurrencia en las 32 entidades, es decir que la autoridad sanitaria estatal lo recibe y lo resuelve. Por eso la ventanilla depende del domicilio del establecimiento, aunque la captura sea en el sistema federal.

Además del establecimiento, este giro exige responsable sanitario: una persona con el perfil profesional que marca el catálogo (Catálogo 19), que responde por las condiciones de operación. Su designación se informa por aviso y debe actualizarse por modificación o baja cuando cambia.

Clasificación de clínica veterinaria en el catálogo de giros regulados
Clave SCIANDescripción del catálogoResponsable sanitario
541941Servicios veterinarios para mascotas prestados por el sector privadoSí (Catálogo 19)
Filas del catálogo oficial de claves SCIAN de establecimientos de giros regulados por la COFEPRIS (mayo 2023). Área sanitaria: Salud Ambiental.

Paso a paso del trámite para clínica veterinaria

El procedimiento que publica la ficha oficial del trámite COFEPRIS-05-023 tiene 3 pasos. Se capturan en la plataforma señalada y al final se obtiene un acuse electrónico que debe conservarse en el establecimiento, porque es el documento que se exhibe en una verificación.

Guarda el acuse impreso y en digital, junto con el expediente sanitario del establecimiento: documentos de proveedores, bitácoras y, cuando aplique, contratos de servicios como control de plagas o manejo de residuos. En una visita, ese expediente es lo que sostiene el cumplimiento.

  • Ingresar al sitio para descargar el manual y ver el video explicativo. https://www.gob.mx/cofepris/documentos/digipris-tramites-autogestivos?state=published
  • Preparar la documentación que utilizará para el llenado del formulario
  • Ingresar al sitio para llenar el formulario. https://digipris.cofepris.gob.mx/

Qué revisa la autoridad y errores comunes en clínica veterinaria

En veterinarias conviven dos expedientes: el sanitario y el de sanidad animal. Una visita puede venir de cualquiera de las dos autoridades, y cada una revisa su propio catálogo de obligaciones. Guardar evidencia de cada punto revisado, con fechas, es lo que convierte una visita en un trámite de rutina.

Vale la pena revisar la lista de errores comunes antes de abrir, porque casi todos se corrigen con una gestión previa y ninguno se resuelve bien cuando la autoridad ya levantó el acta.

  • Punto de revisión: Manejo y almacenamiento de medicamentos de uso veterinario
  • Punto de revisión: Residuos peligrosos biológico infecciosos generados en cirugía y curaciones
  • Punto de revisión: Responsable sanitario con el perfil que exige el catálogo del trámite
  • Punto de revisión: Condiciones del área quirúrgica y del material estéril
  • Punto de revisión: Venta de alimentos y productos para animales dentro del mismo local
  • Error frecuente: Dar solo el aviso ante la autoridad sanitaria y omitir el aviso de inicio de funcionamiento ante SENASICA
  • Error frecuente: Almacenar medicamentos veterinarios junto con alimento a granel
  • Error frecuente: Desechar material biológico infeccioso en la basura común

Trámites adicionales y acompañamiento legal

Los trámites adicionales de este giro no aplican a todos los establecimientos, solo a las variantes que la ficha describe. Léelos con cuidado: la diferencia entre necesitarlos y no necesitarlos suele estar en un detalle de la operación.

RIVENZA acompaña estos trámites en línea, sin traslados: revisamos la homoclave que corresponde a tu giro, si el asunto se resuelve en tu estado o en la COFEPRIS, y qué documentos pide la ficha vigente. Si quieres que veamos el tuyo, escríbele por WhatsApp a la Lic. Angélica Rivera: ella lo revisa y te dice qué procede.

  • SENASICA-01-018-B (SENASICA): Aviso de inicio de funcionamiento de establecimientos correspondientes a las fracciones V, VI, VII y XIV del Artículo 105, de la Ley Federal de Sanidad Animal. Clínicas y hospitales veterinarios y comercializadoras de productos químico-farmacéuticos, biológicos y alimenticios para animales: aviso de inicio de funcionamiento ante SENASICA (art. 105 de la Ley Federal de Sanidad Animal), además del aviso COFEPRIS.

Preguntas frecuentes

¿Clínica veterinaria requiere licencia sanitaria o basta el aviso?+

Con el aviso basta para la operación ordinaria de este giro: el catálogo no identifica licencia sanitaria aplicable. La licencia se reserva a establecimientos de mayor riesgo, como los que manejan medicamentos controlados, fuentes de radiación o plaguicidas.

¿Qué documentos piden para el trámite de clínica veterinaria?+

La ficha oficial lista 3 requisitos: Acta constitutiva, Poder notarial y Identificación oficial (INE o pasaporte vigente). La tabla de esta página reproduce la descripción que da la propia ficha para cada uno.

¿Cuánto cuesta el trámite sanitario de clínica veterinaria?+

La ficha oficial no señala pago de derechos para este trámite. Esa es la única cifra con respaldo oficial; los derechos estatales o municipales que pueda cobrar tu entidad se consultan en su código fiscal vigente.

¿El aviso de funcionamiento es lo mismo que el registro sanitario?+

Son trámites distintos y a menudo se confunden. Para clínica veterinaria lo que aplica es el trámite del establecimiento; el registro sanitario solo se necesita si además fabricas o importas un producto que la ley obliga a registrar.

¿Qué pasa si abro clínica veterinaria sin el aviso sanitario?+

Ante una verificación, la falta del aviso se asienta en el acta y abre un procedimiento administrativo. Las consecuencias posibles incluyen medidas de seguridad, suspensión y multa. Presentar el aviso a tiempo es un trámite simple; discutir una suspensión no lo es.

¿Clínica veterinaria necesita responsable sanitario?+

Sí. El catálogo lo exige para este giro, con el perfil profesional Catálogo 19. El responsable sanitario responde por las condiciones de operación del establecimiento y su designación se informa por aviso; si cambia la persona, se presenta el aviso de modificación o baja.

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Importante: Requisitos y criterios tomados del catálogo oficial de giros regulados, de las fichas de trámite de gob.mx y del ANEXO 2 del Acuerdo de Coordinación a la fecha de consulta. Las fichas se actualizan; confirma requisitos y ventanilla antes de presentar.

Fuentes

A
Abogada titular · 34 años de experiencia jurídica · Actualizado 2026-09-02
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Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede

La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre trámite COFEPRIS para clínica veterinaria y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.