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Familiar· 9 min de lectura

Divorcio de mexicanos que viven en Estados Unidos

Dos rutas: divorciarte en EE. UU. y registrar la sentencia en México (Art. 51 CCF, con apostilla) o divorciarte en México con poder consular.

A
Angélica Rivera
Abogada titular de RIVENZA, 34 años de experiencia jurídica
Pareja mexicana residente en Estados Unidos revisando por videollamada con su abogada las opciones para divorciarse | RIVENZA

Respuesta rápida: Un mexicano que vive en Estados Unidos tiene dos rutas. La primera es divorciarse en Estados Unidos conforme a la ley de su estado de residencia y después registrar la sentencia en México: para establecer el estado civil adquirido por mexicanos fuera de la República bastan las constancias de los actos relativos, siempre que se registren en el Registro Civil (Art. 51 del Código Civil Federal), con apostilla y traducción. La segunda es divorciarse en México sin viajar, mediante un poder otorgado ante el consulado, cuyos titulares ejercen funciones notariales para actos que deban ejecutarse en territorio mexicano (Art. 44 fracción IV de la Ley del Servicio Exterior Mexicano). La elección depende de dónde están los hijos y los bienes: una sentencia estadounidense que reparta inmuebles en México necesita homologación antes de ejecutarse, y el divorcio administrativo mexicano no admite apoderado (Art. 272 del Código Civil Federal).


Las dos rutas, frente a frente

AspectoDivorciarse en Estados UnidosDivorciarse en México desde Estados Unidos
Ley que rige el divorcioLa del estado de residencia (con requisito de residencia previa)La del estado mexicano competente; incausado en 29 de 32 entidades
Necesidad de viajarNoNo en la vía judicial, con poder consular; sí en la administrativa (Art. 272 CCF)
Efecto en MéxicoSe registra en el Registro Civil (Art. 51 CCF) con apostilla y traducciónDirecto; el juzgado gira oficio al Registro Civil (Art. 660 CNPCF)
Bienes en MéxicoRequieren homologación de la sentencia para adjudicarseSe liquidan en el mismo procedimiento o en incidente
Bienes en Estados UnidosSe dividen en la misma sentenciaRequieren reconocimiento de la sentencia mexicana allá
Hijos que viven en Estados UnidosCustodia y child support en la corte localEl juez mexicano puede declararse incompetente sobre custodia
Hijos que viven en MéxicoLa sentencia extranjera se homologa para ejecutarseMedidas provisionales de oficio (Art. 569 CNPCF)
Nuevo matrimonio en MéxicoPosible una vez registrado el divorcioPosible al causar ejecutoria la sentencia

Ruta 1: divorciarse en Estados Unidos y registrarlo en México

Cada estado estadounidense tiene su propia ley de divorcio y su requisito de residencia previa para que la corte sea competente. Si llevas años viviendo allá, es la ruta natural: la corte local resuelve custodia, child support y división de bienes ubicados en Estados Unidos.

Para que ese divorcio surta efectos en México hay que hacer tres cosas:

  1. Apostillar la sentencia (el decree o judgment of divorce certificado) ante la autoridad del estado estadounidense que la dictó. Estados Unidos es parte del Convenio de La Haya, así que basta la apostilla, sin legalización consular. Qué es y cómo se obtiene está en apostilla: qué es y para qué sirve.
  2. Traducirla al español por perito traductor autorizado en México.
  3. Registrarla en el Registro Civil de la entidad que corresponda, con base en el Art. 51 del Código Civil Federal, para que se anote el divorcio en tu acta de matrimonio mexicana. Sin esa anotación, en México sigues apareciendo como casado y no puedes volver a casarte aquí.

Ese registro cambia tu estado civil, pero no ejecuta la sentencia. Si el decree ordena que la casa de Guadalajara sea para uno de los dos, la notaría mexicana no puede escriturar con un documento extranjero sin que antes un juez mexicano lo homologue (reconocimiento de sentencia extranjera). Lo mismo si quieres cobrar en México una pensión fijada allá.

Ruta 2: divorciarse en México sin viajar

Si uno de los cónyuges vive en México, los hijos están aquí o el patrimonio está aquí, conviene divorciarse en México. No tienes que viajar para la vía judicial:

  1. Otorga un poder en el consulado. Los jefes de oficinas consulares ejercen funciones notariales en actos que deban ejecutarse en territorio mexicano (Art. 44 fracción IV de la Ley del Servicio Exterior Mexicano), con fe pública equivalente a la de los notarios de la Ciudad de México. El poder para pleitos y cobranzas con cláusula especial para divorcio permite a tu apoderado presentar la solicitud, proponer el convenio y comparecer. El paso a paso está en poder notarial desde Estados Unidos en el consulado.
  2. Reúne los documentos mexicanos. Acta de matrimonio, actas de nacimiento de los hijos e identificación; los de allá (comprobantes de ingresos, estados de cuenta) con traducción cuando se ofrezcan como prueba.
  3. Tu apoderado presenta la solicitud ante el juez de lo familiar competente, con la propuesta de convenio (Art. 656 fracción III del CNPCF).
  4. Se notifica al otro cónyuge. Si vive en México, de forma ordinaria; si también vive en Estados Unidos, por la vía de cooperación internacional, que tarda más.
  5. Audiencia y sentencia. Con convenio aceptado, el CNPCF prevé una audiencia única dentro de los diez días siguientes a la admisión (Art. 657); muchos tribunales admiten la comparecencia por videoconferencia. La sentencia se inscribe de oficio en el Registro Civil (Art. 660).

La vía administrativa queda descartada: el Art. 272 del Código Civil Federal exige que ambos cónyuges se presenten personalmente ante el Registro Civil y vuelvan a los quince días a ratificar. Si ambos pueden viajar y cumplen los requisitos (sin hijos, sociedad conyugal liquidada), es una opción; si no, el camino es judicial. Compara las vías en divorcio voluntario vs necesario.

¿Cuál ruta conviene? Las cuatro preguntas

  1. ¿Dónde viven los hijos? El juez del lugar donde residen los menores es el que puede decidir con eficacia sobre custodia y convivencias. Si viven en Estados Unidos, la corte local; si viven en México, el juez mexicano, que además dicta medidas provisionales de oficio.
  2. ¿Dónde están los bienes? La sentencia que divide bienes se ejecuta sin trámites en el país que la dicta y requiere reconocimiento en el otro. Si el patrimonio relevante es una casa en México, divorciarse en México evita la homologación.
  3. ¿Dónde vive el otro cónyuge? Notificar al extranjero tarda; notificar en el país donde se tramita es más rápido.
  4. ¿Hay acuerdo? Con convenio, cualquiera de las dos rutas es rápida. Sin acuerdo, conviene litigar donde estén los hijos y los bienes para no tener que ejecutar después en otro país.

Hijos y pensión a través de la frontera

La obligación de dar alimentos a los hijos no se extingue por vivir en otro país. Lo que cambia es la ejecución: una pensión fijada por un juez mexicano contra un padre que vive en Estados Unidos requiere reconocimiento allá a través de los mecanismos de cooperación internacional en materia de alimentos; una pensión fijada en Estados Unidos contra un padre en México se homologa aquí. En ambos casos conviene que el convenio fije la pensión con cifra o porcentaje claro, moneda, medio de pago rastreable y forma de actualización. Para sostener la cifra, usa la calculadora de pensión alimenticia.

Sobre los traslados de los hijos entre países, cualquier cambio de residencia sin autorización del otro progenitor puede activar los mecanismos del Convenio de La Haya sobre sustracción internacional de menores, del que México y Estados Unidos son parte. El convenio de divorcio debe decir expresamente qué pasa con viajes, pasaportes y residencia.

Bienes en los dos países

Si se casaron en México bajo sociedad conyugal, lo adquirido durante el matrimonio es común con independencia del país donde esté (Arts. 183 y 194 del Código Civil Federal), aunque la ejecución sobre bienes en Estados Unidos dependa de la corte local. Un inmueble en México se adjudica ante notario mexicano con la sentencia o convenio aprobado; si la sentencia es extranjera, primero se homologa. El costo notarial e impuestos son los del estado donde está el bien, como explicamos en cómo escriturar una propiedad en México. Para una primera idea del reparto, corre la calculadora de liquidación de sociedad conyugal.

Documentos que suelen pedirse

  • Acta de matrimonio mexicana (copia certificada reciente).
  • Actas de nacimiento de los hijos.
  • Identificación oficial mexicana vigente (pasaporte o INE) y, en su caso, matrícula consular.
  • Poder otorgado en el consulado, con el número de testimonios que vayas a necesitar.
  • Sentencia estadounidense apostillada y traducida, si eliges la ruta 1.
  • Escrituras, estados de cuenta y comprobantes de ingresos, con traducción cuando sean extranjeros.

Si tienes doble nacionalidad, los trámites en México se hacen como mexicano; lo explicamos en doble nacionalidad y trámites legales en México.

Cómo te ayudamos

La decisión de dónde divorciarse no es de comodidad, sino de ejecución: se divorcia uno donde la sentencia va a poder cumplirse sin trámites adicionales. Elegir mal significa pagar dos procedimientos, uno para divorciarse y otro para que el divorcio sirva.

En RIVENZA revisamos tu caso con los hijos y los bienes en el mapa, te decimos qué ruta conviene, redactamos el poder para el consulado y llevamos el divorcio en México sin que tengas que viajar. Cuéntale tu caso a la abogada titular con la Lic. Angélica Rivera y ten a la mano tu acta de matrimonio, las actas de tus hijos, tu dirección en Estados Unidos y la relación de bienes en ambos países. Las reglas de cada entidad están en el hub de divorcio y, si tu cónyuge sigue en México, lee divorcio cuando mi pareja vive en otro estado.

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Preguntas frecuentes

¿Un divorcio hecho en Estados Unidos vale en México?+

Sí, con registro. Para establecer el estado civil adquirido por mexicanos fuera de la República bastan las constancias de los actos relativos, siempre que se registren en la oficina del Registro Civil correspondiente (Art. 51 del Código Civil Federal). La sentencia estadounidense debe llevar apostilla, porque Estados Unidos es parte del Convenio de La Haya, y traducción al español por perito autorizado.

¿Puedo divorciarme en México sin viajar?+

En la vía judicial sí, mediante un poder otorgado ante el consulado de México, cuyos titulares ejercen funciones notariales para actos que deban ejecutarse en territorio mexicano (Art. 44 fracción IV de la Ley del Servicio Exterior Mexicano). Tu apoderado presenta la solicitud y comparece por ti. La vía administrativa ante el Registro Civil no admite apoderado: exige la comparecencia personal de ambos cónyuges (Art. 272 del Código Civil Federal).

¿Qué conviene más, divorciarse allá o en México?+

Depende de dónde están los hijos y los bienes. Si la vida familiar y el patrimonio están en Estados Unidos, el divorcio local resuelve todo de una vez y en México solo se registra. Si hay inmuebles en México, pensión que cobrar aquí o uno de los cónyuges vive en México, suele convenir divorciarse en México, porque una sentencia extranjera que ordene dividir bienes mexicanos necesita homologación antes de ejecutarse.

¿Qué es la homologación de una sentencia de divorcio?+

Es el procedimiento por el que un juez mexicano reconoce una sentencia extranjera para que pueda ejecutarse en México, por ejemplo para adjudicar un inmueble o embargar por alimentos. Registrar el divorcio en el Registro Civil para cambiar el estado civil no requiere homologación; ejecutar sus efectos patrimoniales o sobre hijos en México, sí.

¿Mi pareja en México puede divorciarse sin mi consentimiento?+

Sí. El divorcio incausado procede con la voluntad de uno solo (jurisprudencia 1a./J. 28/2015) y lo regulan 29 de las 32 entidades. Serás notificado en Estados Unidos por la vía de cooperación internacional, lo que tarda más que una notificación local, y puedes contestar a través de apoderado. El divorcio se decreta aunque no participes; lo que se discute es el convenio.

¿Qué pasa con la pensión de los hijos si el padre vive en Estados Unidos?+

La obligación alimentaria no desaparece por la frontera. Si la pensión se fijó en México y el deudor vive en Estados Unidos, el cobro requiere reconocimiento de la resolución allá a través de los mecanismos de cooperación internacional en materia de alimentos. Si se fijó en Estados Unidos y el deudor vive en México, se homologa aquí. En ambos casos conviene fijar la pensión con un porcentaje o cifra clara y un medio de pago rastreable.

¿Necesito apostillar mi acta de matrimonio mexicana para divorciarme en Estados Unidos?+

La corte estadounidense suele pedir el acta de matrimonio con traducción certificada; algunas exigen apostilla de la Secretaría de Gobernación o del gobierno estatal que expidió el acta. Pide el requisito exacto a la corte de tu condado antes de gestionar la apostilla desde México, para no duplicar trámites.

Publicado: 14 de octubre de 2026
Etiquetas: Divorcio, Estados Unidos, Apostilla, Consulado, Derecho familiar