Liquidación por despido injustificado en Hidalgo (2026)
En Hidalgo la liquidación por despido injustificado se reclama primero ante el Centro de Conciliación Laboral, que tiene 1 sede locales en el directorio de la STPS, y solo después ante el Tribunal Laboral (Art. 684-B LFT). El salario mínimo aplicable en toda la entidad es de $315.04 diarios, así que el tope de la prima de antigüedad es $630.08 diarios (Art. 162 LFT). Los conceptos y el plazo de dos meses para demandar (Art. 518) son los mismos que en el resto del país.
| Sede | Domicilio | Teléfono |
|---|---|---|
| Sede Pachuca De Soto | Av. Benito Juárez 394, Ex Hda de La Concepción Ciudad Laboral, San Juan Tilcuautla, 42160 Hgo. | (771) 688 5620,(771) 688 6019,(771) 688 5606 |
El Centro de Conciliación Laboral de Hidalgo concentra su atención en una sola sede, Pachuca De Soto, según el directorio que publica la STPS. Eso simplifica la logística, porque no hay duda de dónde presentar la solicitud, pero obliga a los hidalguenses que viven lejos de Pachuca de Soto a prever el traslado o a resolver la audiencia por medios electrónicos cuando la sede lo permite.
El salario mínimo que rige en Hidalgo es el general: $315.04 diarios en 2026. La Zona Libre de la Frontera Norte, con su mínimo de $440.87, no alcanza a ningún municipio hidalguense, así que el tope de la prima de antigüedad es de $630.08 diarios en toda la entidad (Arts. 162 y 486 LFT). Los demás conceptos de la liquidación no tienen tope y se pagan con el salario real.
Para el monto exacto conviene separar dos cosas. El cuánto depende de tu salario y tu antigüedad, y se resuelve con la calculadora de liquidación y finiquito. El dónde y el ante quién sí dependen de Hidalgo, y es lo que esta página documenta con el directorio de la STPS y la Resolución de salarios mínimos publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Qué cambia en Hidalgo: salario mínimo y tope de la prima
Para dimensionarlo: con $20,000 al mes ($666.67 diarios) y 5 años trabajados, la prima de antigüedad que corresponde en Hidalgo es $37,805, calculada sobre el tope de $630.08 diarios del Art. 162 LFT. Los otros conceptos no se topan: los tres meses del Art. 48 y los 20 días por año del Art. 50 se pagan con el salario íntegro, así que el grueso de la liquidación no cambia por vivir aquí.
Fuera del salario mínimo, la ley aplicable es idéntica en toda la República. Ninguna legislatura estatal puede modificar los conceptos de una liquidación, porque la materia laboral es federal por mandato del Art. 123 apartado A constitucional. Por eso no existe una "liquidación de Hidalgo" distinta a la del resto del país: existe la misma fórmula con un directorio y un salario mínimo locales.
| Área geográfica | Salario mínimo diario | Tope de la prima (2 mínimos) | Prima con $20,000 y 5 años |
|---|---|---|---|
| Salario mínimo general | $315.04 | $630.08 | $37,805 |
Dónde presentar la solicitud de conciliación en Hidalgo
En Hidalgo la solicitud de conciliación prejudicial se presenta en Pachuca De Soto, la única sede local que reporta el directorio de la STPS. Se puede acudir sin abogado, el trámite no tiene costo y el Centro cita a la audiencia dentro de los siguientes días hábiles. Lleva identificación oficial, los datos completos del patrón y cualquier prueba del vínculo y del salario: recibos, estados de cuenta con los depósitos, credencial o mensajes.
Tribunales laborales y conciliación federal en Hidalgo
El Tribunal Laboral es la segunda etapa, no la primera: sin constancia de no conciliación la demanda se desecha, salvo las excepciones del Art. 685 Ter LFT como discriminación, acoso u hostigamiento sexual. En Hidalgo operan 1 tribunal local y 1 tribunal federal según el directorio de la STPS, y la sede local es Pachuca De Soto.
| Instancia | Sede | Domicilio | Teléfono |
|---|---|---|---|
| Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral | Sede Pachuca | Cerrada de Everardo Márquez 115, Piso 3, Col. Ex Hacienda de Coscotitlán, Pachuca de Soto, C.P. 42080. | (771) 688 1486,(771) 688 1456 |
| Tribunal Laboral local | Sede Pachuca De Soto | Av. Benito Juárez 394, Col. Exhacienda La Concepción, San Juan Tilcuautla, C.P. 42160. | (771) 172 2692 |
| Tribunal Laboral federal | Sede Pachuca De Soto | Blvd. Luis Donaldo Colosio 4604, Col. fraccionamiento del Palmar II, Fracción II, Pachuca de Soto, C.P. 42088. | (771) 717 6565 |
Plazo de dos meses y conciliación prejudicial obligatoria
Dos meses desde el despido para la acción de indemnización (Art. 518 LFT) y un año para las prestaciones devengadas (Art. 516). Ese contraste importa en Hidalgo tanto como en cualquier entidad: quien deja pasar los dos meses puede seguir reclamando su aguinaldo y sus vacaciones, pero pierde los tres meses de salario y los 20 días por año. La solicitud de conciliación interrumpe el plazo.
Cómo te ayudamos en línea desde Hidalgo
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Preguntas frecuentes
¿Cómo se llaman ahora las juntas de conciliación y arbitraje?+
Se sustituyeron por dos instancias distintas: el Centro de Conciliación Laboral, que intenta el convenio antes del juicio, y el Tribunal Laboral del Poder Judicial, que resuelve la demanda. En Hidalgo el directorio de la STPS reporta 1 sede de conciliación local y 1 tribunal laboral local.
¿Qué es conciliación y arbitraje y para qué sirve?+
La conciliación prejudicial es una audiencia obligatoria previa a la demanda (Art. 684-B LFT) donde el Centro intenta que trabajador y patrón firmen un convenio. Sirve para cobrar más rápido y sin juicio: el convenio tiene efectos de sentencia. Si no hay acuerdo, el Centro expide la constancia que permite demandar ante el Tribunal Laboral de Hidalgo.
¿Qué necesito llevar a conciliación y arbitraje?+
Identificación oficial, nombre y domicilio del patrón, fechas de ingreso y de separación, y pruebas del salario: recibos de nómina, estados de cuenta con los depósitos o contrato. En Hidalgo el trámite es gratuito y no exige abogado, aunque llegar con el desglose por concepto calculado evita aceptar una oferta incompleta.
¿Puedo ir a conciliación y arbitraje si ya firmé la renuncia?+
Puedes. Firmar una renuncia o un finiquito no impide reclamar diferencias: los derechos laborales son irrenunciables (Art. 33 LFT). Lo que sí corre es el plazo de dos meses del Art. 518 LFT, así que conviene presentar la solicitud ante el Centro de Conciliación de Hidalgo cuanto antes y llevar copia de lo que firmaste.
¿Puedo ir a conciliación y arbitraje sin abogado?+
Sí, la audiencia de conciliación no requiere abogado y el servicio del Centro es gratuito. El riesgo no es formal sino de monto: el convenio que se firma tiene efectos de sentencia y ya no se puede reabrir. Por eso conviene revisar el cálculo antes de la cita, sobre todo si tienes antigüedad larga o salario alto.
¿Cuánto me toca de liquidación en Hidalgo?+
El monto depende de tu salario y de tus años de servicio, no de que vivas en Hidalgo. La fórmula es la misma en todo el país; lo único local es el tope de la prima de antigüedad, que aquí es $630.08 diarios. Con $20,000 mensuales y 5 años, solo la prima suma $37,805.
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Fuentes
- STPS, Reforma Laboral: directorio de sedes de Centros de Conciliación y Tribunales Laborales (locales y federales) (consultado el 2026-09-02)
- CONASAMI, Resolución del H. Consejo de Representantes que fija los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2026 (DOF 09-12-2025) (consultado el 2026-09-02)
- Ley Federal del Trabajo (Arts. 48, 50, 162, 486, 518, 684-B y 684-E) (consultado el 2026-09-02)
Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede
La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre liquidación por despido en Hidalgo y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.