Liquidación por despido injustificado en Jalisco (2026)
Jalisco cuenta con 7 sedes del Centro de Conciliación Laboral local según el directorio oficial de la STPS, y ahí se presenta la solicitud de conciliación obligatoria por despido (Art. 684-B LFT). En la entidad rige el salario mínimo general de $315.04 diarios, por lo que la prima de antigüedad se topa en $630.08 diarios (Arts. 162 y 486 LFT). El resto de la liquidación, tres meses y 20 días por año, se calcula con el salario real y debe reclamarse dentro de dos meses (Art. 518).
| Sede | Domicilio | Teléfono |
|---|---|---|
| Sede Autlán De Navarro | Camino a Ahuacapán 969, VII Distrito Judicial (Carretera Autlán-Barra de Navidad, Km. 160+300), Autlán de Navarro, C.P. 48922. | (333) 668 1869 |
| Sede Colotlán | Carretera Colotlán - Guadalajara s/n, Col. Centro, Colotlán, C.P. 46200. | (333) 668 1869 |
| Sede Guadalajara (Zapopan) | Av. Juan Gil Preciado 6735, Col. Jardines de Nuevo México, Zapopan, C.P. 45138. | (333) 668 1869 |
| Sede Lagos De Moreno | Calle San Modesto 50, Col. La Palma, Lagos de Moreno, C.P. 47425. | (333) 668 1869 |
| Sede Ocotlán | Av. Universidad 950, Col. San Felipe, Ocotlán, C.P. 47810. | (333) 668 1869 |
| Sede Puerto Vallarta | Carretera al Aeropuerto Km 8, Locales 144-146, F-3, Col. fraccionamiento Marina Vallarta, Puerto Vallarta, C.P. 48354. | (333) 668 1869 |
| Sede Zapotlán | Carretera Estatal El Grullo - Ciudad Guzmán Km 9.5, s/n, VI Distrito Judicial, Salas de Juicios Orales, Col. El Grullo, Zapotlán el Grande, C.P. 49106. | (333) 668 1869 |
Con 7 sedes de conciliación local, Jalisco tiene una de las redes más extensas del país según el directorio de la STPS: Autlán De Navarro, Colotlán y Guadalajara (Zapopan), entre otras. Esa dispersión responde a la geografía económica del estado y facilita que el trabajador presente su solicitud cerca de donde laboraba, sin viajar a Guadalajara.
En Jalisco aplica un solo salario mínimo, el general de $315.04 diarios que fijó la CONASAMI para 2026, porque ningún municipio de la entidad forma parte de la Zona Libre de la Frontera Norte. Esa es la referencia que usa el Art. 162 LFT para topar la prima de antigüedad en dos salarios mínimos, es decir $630.08 diarios, y también la que define el piso salarial de cualquier reclamo.
Toda la información local de esta página proviene de dos fuentes verificables: el directorio de sedes de la reforma laboral de la STPS, de donde salen los 15 domicilios de Jalisco, y la Resolución de la CONASAMI publicada en el Diario Oficial, de donde sale el salario mínimo. El cálculo de la liquidación en sí se hace con el motor de la calculadora gratuita de RIVENZA.
Qué cambia en Jalisco: salario mínimo y tope de la prima
Para dimensionarlo: con $20,000 al mes ($666.67 diarios) y 5 años trabajados, la prima de antigüedad que corresponde en Jalisco es $37,805, calculada sobre el tope de $630.08 diarios del Art. 162 LFT. Los otros conceptos no se topan: los tres meses del Art. 48 y los 20 días por año del Art. 50 se pagan con el salario íntegro, así que el grueso de la liquidación no cambia por vivir aquí.
Conviene descartar un malentendido frecuente: no hay tabulador estatal de liquidaciones. La competencia para legislar en materia de trabajo es exclusiva del Congreso de la Unión (Art. 73 fracción X constitucional), de modo que en Jalisco se aplican los mismos Arts. 48, 50 y 162 LFT que en cualquier otra entidad. Lo local es la sede, el tribunal y el mínimo del área geográfica.
| Área geográfica | Salario mínimo diario | Tope de la prima (2 mínimos) | Prima con $20,000 y 5 años |
|---|---|---|---|
| Salario mínimo general | $315.04 | $630.08 | $37,805 |
Dónde presentar la solicitud de conciliación en Jalisco
La red de Jalisco es amplia (7 sedes locales), así que casi siempre hay una oficina cerca del lugar donde se prestaba el servicio. Esa es la que tiene competencia. Presentar la solicitud es gratuito, se hace sin abogado y el Centro concentra en una sola audiencia el intento de convenio; si no hay acuerdo, expide la constancia que abre la puerta al Tribunal Laboral.
Tribunales laborales y conciliación federal en Jalisco
Sin convenio, la constancia de no conciliación habilita la demanda ante el Tribunal Laboral. Jalisco cuenta con 6 sedes locales y 1 sede federal según el directorio oficial, y la primera de las locales es Autlán De Navarro. El juicio laboral es oral y en él se acredita el despido; mientras dura, corren los salarios caídos con tope de 12 meses (Art. 48 LFT).
| Instancia | Sede | Domicilio | Teléfono |
|---|---|---|---|
| Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral | Sede Guadalajara | Av. Chapultepec Norte 15, Piso 8, en el inmueble corporativo denominado Torre Chapultepec, Col. Ladrón de Guevara, Guadalajara, C.P. 44600. | (558) 874 8624,(558) 874 8625 |
| Tribunal Laboral local | Sede Autlán De Navarro | Centro Integral de Justicia Regional. Carretera Autlán-Barra de Navidad, camino a Ahuacapan, Km. 160-300, Autlán de Navarro, C.P. 48900. | En proceso de instalación |
| Tribunal Laboral local | Sede Lagos De Moreno | Centro Integral de Justicia Regional, carretera Guadalajara-Lagos de Moreno Km. 4.5, Lagos de Moreno, C.P. 47400. | En proceso de instalación |
| Tribunal Laboral local | Sede Ocotlán | Av. 20 de noviembre 1361, Col. Los Agricultores, Ocotlán, C.P. 47980. | En proceso de instalación |
| Tribunal Laboral local | Sede Puerto Vallarta | Centro Integral de Justicia Regional de la Costa Norte, carretera a Las Palmas 2534, Delegación Ixtapa, Puerto Vallarta, C.P. 48280. | En proceso de instalación |
| Tribunal Laboral local | Sede Zapopan-Guadalajara | Av. Juan Gil Preciado 6735, Col. Jardines de Nuevo México, Zapopan, C.P.45138. | (339) 689 4746 |
| Tribunal Laboral local | Sede Zapotlán El Grande | Carretera libre a Ciudad Guzmán -El Grullo Km. 9.5, (CEINJURE), Zapotlán El Grande, C.P. 49000. | En proceso de instalación |
| Tribunal Laboral federal | Sede Zapopan | Cuidad Judicial Federal, Anillo Periférico Poniente Manuel Gómez Morín 7727, Edificio XA, Piso 1, Col. fraccionamiento Judicial Federal, Zapopan, C.P. 45010. | (333) 777 8200, ext. 3000 |
Plazo de dos meses y conciliación prejudicial obligatoria
Dos meses desde el despido para la acción de indemnización (Art. 518 LFT) y un año para las prestaciones devengadas (Art. 516). Ese contraste importa en Jalisco tanto como en cualquier entidad: quien deja pasar los dos meses puede seguir reclamando su aguinaldo y sus vacaciones, pero pierde los tres meses de salario y los 20 días por año. La solicitud de conciliación interrumpe el plazo.
Cómo te ayudamos en línea desde Jalisco
RIVENZA atiende todo México en línea, así que no hace falta que viajes ni que busques despacho en Guadalajara. Escríbele por WhatsApp a la Lic. Angélica Rivera, abogada titular con 34 años de experiencia jurídica, y cuéntale cómo terminó la relación de trabajo: ella lee tu recibo de nómina, ve qué salario diario integrado corresponde y te dice qué procede pedir en la audiencia de tu sede.
Preguntas frecuentes
¿Puedo ir a conciliación y arbitraje si ya firmé la renuncia?+
Puedes. Firmar una renuncia o un finiquito no impide reclamar diferencias: los derechos laborales son irrenunciables (Art. 33 LFT). Lo que sí corre es el plazo de dos meses del Art. 518 LFT, así que conviene presentar la solicitud ante el Centro de Conciliación de Jalisco cuanto antes y llevar copia de lo que firmaste.
¿Qué necesito llevar a conciliación y arbitraje?+
Lo esencial es acreditar quién te contrató, desde cuándo y cuánto ganabas. Con identificación, recibos y los datos completos de la empresa basta para presentar la solicitud en cualquiera de las 7 sedes de Jalisco. No se necesita abogado ni pago alguno, pero sí conviene llevar por escrito el monto que reclamas y cómo lo calculaste.
¿Qué es conciliación y arbitraje y para qué sirve?+
Es la etapa en la que se busca un arreglo antes del juicio. Es gratuita, obligatoria salvo excepciones como discriminación o acoso (Art. 685 Ter LFT) y debe concluir en 45 días naturales (Art. 684-E). Para un trabajador de Jalisco es la vía más corta para cobrar su liquidación; el juicio ante el Tribunal Laboral es el plan B.
¿Cómo se llaman ahora las juntas de conciliación y arbitraje?+
Se sustituyeron por dos instancias distintas: el Centro de Conciliación Laboral, que intenta el convenio antes del juicio, y el Tribunal Laboral del Poder Judicial, que resuelve la demanda. En Jalisco el directorio de la STPS reporta 7 sedes de conciliación local y 6 tribunales laborales locales.
¿Dónde queda conciliación y arbitraje en Jalisco?+
Las antiguas Juntas de Conciliación y Arbitraje ya no existen. En Jalisco la instancia es el Centro de Conciliación Laboral local, con 7 sedes en el directorio de la STPS; la primera del listado es Sede Autlán De Navarro, en Camino a Ahuacapán 969, VII Distrito Judicial (Carretera Autlán-Barra de Navidad, Km. 160+300), Autlán de Navarro, C.P. 48922. La tabla de esta página incluye todas con domicilio y teléfono.
¿Dónde encuentro un abogado laboralista en Jalisco?+
Hay dos rutas gratuitas, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y la propia audiencia de conciliación, que no exige abogado. Si lo que buscas es una segunda opinión sobre el monto, RIVENZA atiende en línea a trabajadores de Jalisco: cuéntale por WhatsApp tu caso a la Lic. Angélica Rivera, abogada titular con 34 años de experiencia jurídica, y ella revisa contigo las cifras.
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Fuentes
- STPS, Reforma Laboral: directorio de sedes de Centros de Conciliación y Tribunales Laborales (locales y federales) (consultado el 2026-09-02)
- CONASAMI, Resolución del H. Consejo de Representantes que fija los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2026 (DOF 09-12-2025) (consultado el 2026-09-02)
- Ley Federal del Trabajo (Arts. 48, 50, 162, 486, 518, 684-B y 684-E) (consultado el 2026-09-02)
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