Liquidación por despido injustificado en Morelos (2026)
En Morelos la liquidación por despido injustificado se reclama primero ante el Centro de Conciliación Laboral, que tiene 3 sedes locales en el directorio de la STPS, y solo después ante el Tribunal Laboral (Art. 684-B LFT). El salario mínimo aplicable en toda la entidad es de $315.04 diarios, así que el tope de la prima de antigüedad es $630.08 diarios (Art. 162 LFT). Los conceptos y el plazo de dos meses para demandar (Art. 518) son los mismos que en el resto del país.
| Sede | Domicilio | Teléfono |
|---|---|---|
| Sede Cuautla | Calle Batalla 19 de febrero de 1812, No. 73, Col. Centro, Cuautla, C.P. 62740. | (735) 351-28-32, ext. 101 |
| Sede Cuernavaca | Calle Francisco Leyva, Interior 5, Nivel Sótano, Col. Centro, Cuernavaca, C.P. 62000. | (777) 329 22 00, ext. 3214 |
| Sede Jojutla | Calle Pochote s/n, Col. Insurgentes, Jojutla de Juárez, C.P. 62900. | (734) 688-28-81 |
Morelos tiene 3 sedes de conciliación laboral local en el directorio oficial: Cuautla, Cuernavaca y Jojutla. Es una red intermedia que cubre las principales zonas económicas de la entidad. Antes de acudir conviene verificar por teléfono cuál atiende el municipio donde trabajabas, porque la competencia territorial se determina por el lugar de prestación del servicio.
En Morelos aplica un solo salario mínimo, el general de $315.04 diarios que fijó la CONASAMI para 2026, porque ningún municipio de la entidad forma parte de la Zona Libre de la Frontera Norte. Esa es la referencia que usa el Art. 162 LFT para topar la prima de antigüedad en dos salarios mínimos, es decir $630.08 diarios, y también la que define el piso salarial de cualquier reclamo.
Esta guía se limita a lo que un trabajador morelense necesita saber además de la fórmula: ante qué Centro de Conciliación se presenta la solicitud, ante qué Tribunal Laboral se demanda si no hay convenio y qué salario mínimo se usa para topar la prima de antigüedad. Los datos vienen del directorio oficial de la STPS y de la Resolución de la CONASAMI publicada en el Diario Oficial.
Qué cambia en Morelos: salario mínimo y tope de la prima
Un ejemplo aterriza el efecto del tope. Con $20,000 mensuales, es decir $666.67 diarios, y 5 años de servicio, la prima de antigüedad en Morelos es de $37,805: el Art. 162 LFT obliga a calcularla sobre $630.08 diarios y no sobre el salario real. Si en la entidad rigiera el mínimo fronterizo de $440.87, la misma prima sería de $40,000, pero ese supuesto no aplica a ningún municipio morelense.
Conviene descartar un malentendido frecuente: no hay tabulador estatal de liquidaciones. La competencia para legislar en materia de trabajo es exclusiva del Congreso de la Unión (Art. 73 fracción X constitucional), de modo que en Morelos se aplican los mismos Arts. 48, 50 y 162 LFT que en cualquier otra entidad. Lo local es la sede, el tribunal y el mínimo del área geográfica.
| Área geográfica | Salario mínimo diario | Tope de la prima (2 mínimos) | Prima con $20,000 y 5 años |
|---|---|---|---|
| Salario mínimo general | $315.04 | $630.08 | $37,805 |
Dónde presentar la solicitud de conciliación en Morelos
La solicitud se presenta en la sede que corresponde al municipio donde trabajabas; en Morelos hay 3 opciones y Cuautla es la que aparece primero en el directorio. El trámite es gratuito y no requiere abogado, pero sí exige datos precisos del patrón y del salario. Si te equivocas de sede, el Centro te orienta, aunque pierdes días de un plazo que solo dura dos meses.
Tribunales laborales y conciliación federal en Morelos
Sin convenio, la constancia de no conciliación habilita la demanda ante el Tribunal Laboral. Morelos cuenta con 3 sedes locales y 1 sede federal según el directorio oficial, y la primera de las locales es Cuautla. El juicio laboral es oral y en él se acredita el despido; mientras dura, corren los salarios caídos con tope de 12 meses (Art. 48 LFT).
| Instancia | Sede | Domicilio | Teléfono |
|---|---|---|---|
| Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral | Sede Cuernavaca | Av. Plan de Ayala 825, Locales 1 y 2 de la denominada Plaza Corporativa Arcos Cristal, Col. Teopanzolco, Cuernavaca, C.P. 62350. | (777) 689 0953,(777) 689 0954 |
| Tribunal Laboral local | Sede Cuautla | Calle Paulino Martínez esq. con Emilio Vázquez, Col. Francisco I. Madero, Cuautla, C.P. 62744. | (735) 354 1562 |
| Tribunal Laboral local | Sede Cuernavaca | Calle Marrow 17, Col. Centro, Cuernavaca, C.P. 62000. | (777) 362 2270 |
| Tribunal Laboral local | Sede Jojutla | Av. Cinco de febrero 227, Col. Centro, Jojutla, C.P. 62900. | (734) 344 1000 |
| Tribunal Laboral federal | Sede Morelos | Calle Tamaulipas 2, esq. Calle del Sol, Col. Chapultepec, Cuernavaca, C.P. 62450. | (777) 100 8715 |
Plazo de dos meses y conciliación prejudicial obligatoria
La conciliación prejudicial es obligatoria desde la reforma de 2019 (Arts. 684-A a 684-E LFT) y debe agotarse en un máximo de 45 días naturales. En la práctica es donde se resuelve la mayoría de los asuntos, porque el patrón evita el riesgo de los salarios caídos. Llegar con el desglose por concepto, y no solo con una cifra global, es lo que permite discutir la oferta punto por punto dentro del plazo de dos meses del Art. 518.
Cómo te ayudamos en línea desde Morelos
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Preguntas frecuentes
¿Dónde encuentro un abogado laboralista en Morelos?+
Hay dos rutas gratuitas, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y la propia audiencia de conciliación, que no exige abogado. Si lo que buscas es una segunda opinión sobre el monto, RIVENZA atiende en línea a trabajadores de Morelos: cuéntale por WhatsApp tu caso a la Lic. Angélica Rivera, abogada titular con 34 años de experiencia jurídica, y ella revisa contigo las cifras.
¿Dónde queda conciliación y arbitraje en Morelos?+
Las antiguas Juntas de Conciliación y Arbitraje ya no existen. En Morelos la instancia es el Centro de Conciliación Laboral local, con 3 sedes en el directorio de la STPS; la primera del listado es Sede Cuautla, en Calle Batalla 19 de febrero de 1812, No. 73, Col. Centro, Cuautla, C.P. 62740. La tabla de esta página incluye todas con domicilio y teléfono.
¿Cómo se llaman ahora las juntas de conciliación y arbitraje?+
Se sustituyeron por dos instancias distintas: el Centro de Conciliación Laboral, que intenta el convenio antes del juicio, y el Tribunal Laboral del Poder Judicial, que resuelve la demanda. En Morelos el directorio de la STPS reporta 3 sedes de conciliación local y 3 tribunales laborales locales.
¿Qué es conciliación y arbitraje y para qué sirve?+
La conciliación prejudicial es una audiencia obligatoria previa a la demanda (Art. 684-B LFT) donde el Centro intenta que trabajador y patrón firmen un convenio. Sirve para cobrar más rápido y sin juicio: el convenio tiene efectos de sentencia. Si no hay acuerdo, el Centro expide la constancia que permite demandar ante el Tribunal Laboral de Morelos.
¿Qué necesito llevar a conciliación y arbitraje?+
Lo esencial es acreditar quién te contrató, desde cuándo y cuánto ganabas. Con identificación, recibos y los datos completos de la empresa basta para presentar la solicitud en cualquiera de las 3 sedes de Morelos. No se necesita abogado ni pago alguno, pero sí conviene llevar por escrito el monto que reclamas y cómo lo calculaste.
¿Puedo ir a conciliación y arbitraje si ya firmé la renuncia?+
Sí. El Art. 33 LFT declara nula la renuncia de derechos, así que firmar una carta no cancela el reclamo si el despido existió o si el documento se firmó bajo presión. Se presenta la solicitud en tu sede de Morelos dentro de los dos meses siguientes (Art. 518) y ahí se discute la validez de la firma.
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Fuentes
- STPS, Reforma Laboral: directorio de sedes de Centros de Conciliación y Tribunales Laborales (locales y federales) (consultado el 2026-09-02)
- CONASAMI, Resolución del H. Consejo de Representantes que fija los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2026 (DOF 09-12-2025) (consultado el 2026-09-02)
- Ley Federal del Trabajo (Arts. 48, 50, 162, 486, 518, 684-B y 684-E) (consultado el 2026-09-02)
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