Liquidación por despido injustificado 2026: cuánto te corresponde por salario y antigüedad
La liquidación por despido injustificado en 2026 se integra con tres meses de salario (Art. 48 LFT), 20 días por año de servicio (Art. 50), prima de antigüedad de 12 días por año topada a $630.08 diarios (Art. 162) y proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. Para $20,000 mensuales y cinco años suma $186,124; los salarios caídos, hasta 12 meses, se agregan solo en juicio. El plazo para reclamar es de dos meses (Art. 518).
| Salario mensual | 1 año | 2 años | 3 años | 5 años | 7 años | 10 años | 15 años | 20 años |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| $8,000 | $38,528 | $47,728 | $56,928 | $75,328 | $93,061 | $118,661 | $161,995 | $205,328 |
| $10,000 | $48,160 | $59,660 | $71,160 | $94,160 | $116,326 | $148,326 | $202,493 | $256,660 |
| $12,000 | $57,792 | $71,592 | $85,392 | $112,992 | $139,592 | $177,992 | $242,992 | $307,992 |
| $15,000 | $72,240 | $89,490 | $106,740 | $141,240 | $174,490 | $222,490 | $303,740 | $384,990 |
| $18,000 | $86,688 | $107,388 | $128,088 | $169,488 | $209,388 | $266,988 | $364,488 | $461,988 |
| $20,000 | $95,881 | $118,442 | $141,003 | $186,124 | $229,580 | $292,263 | $398,401 | $504,539 |
| $25,000 | $117,961 | $144,271 | $170,582 | $223,204 | $273,743 | $346,426 | $469,647 | $592,869 |
| $30,000 | $140,040 | $170,101 | $200,162 | $260,284 | $317,906 | $400,589 | $540,894 | $681,199 |
| $40,000 | $184,200 | $221,761 | $259,322 | $334,444 | $406,233 | $508,916 | $683,387 | $857,858 |
| $50,000 | $228,360 | $273,421 | $318,482 | $408,604 | $494,559 | $617,242 | $825,880 | $1,034,518 |
| $60,000 | $272,520 | $325,081 | $377,642 | $482,764 | $582,886 | $725,569 | $968,373 | $1,211,178 |
| $80,000 | $360,839 | $428,400 | $495,961 | $631,083 | $759,539 | $942,221 | $1,253,360 | $1,564,498 |
La liquidación es la suma que recibe un trabajador cuando el patrón termina la relación laboral sin causa justificada. La Ley Federal del Trabajo la integra con cuatro bloques: la indemnización constitucional de tres meses de salario (Art. 48), veinte días de salario por cada año de servicio cuando no hay reinstalación (Art. 50), la prima de antigüedad de doce días por año con el salario topado a dos mínimos (Art. 162) y las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional que ya se devengaron (Arts. 87, 76 y 80). Si el asunto llega a juicio se agregan los salarios caídos, limitados a doce meses por el propio Art. 48.
Este hub reúne 96 páginas, una por cada combinación de salario mensual (de $8,000 a $80,000) y años de antigüedad (de 1 a 20). En cada una encontrarás el desglose concepto por concepto con su fundamento legal, una segunda tabla con los salarios caídos como partida separada, el efecto del tope de la prima de antigüedad (incluida la variante de la Zona Libre de la Frontera Norte) y respuestas a las dudas más frecuentes con las cifras de ese caso. Los totales van de $38,528 para $8,000 y un año, hasta $1,564,498 para $80,000 y veinte años, siempre sin salarios caídos.
Los montos salen del mismo motor que alimenta la calculadora de liquidación y finiquito y la calculadora de demanda laboral de RIVENZA, con el salario diario obtenido al dividir el mensual entre treinta y con dos supuestos declarados: separación a mitad del año calendario (182 días de aguinaldo devengados) y último periodo vacacional pendiente completo. No hay cifras tomadas de terceros ni redondeadas a mano; cuando tu fecha o tu salario integrado difieran, la calculadora repite el cálculo con tus datos.
Antes de leer una cifra conviene tener claro qué la distingue de un finiquito. El finiquito es el pago de lo devengado y se debe en cualquier terminación, incluida la renuncia; la liquidación añade la indemnización que solo procede cuando el patrón despide sin causa. Un ejemplo con $20,000 mensuales y cinco años: los proporcionales valen $21,653, pero la liquidación completa asciende a $186,124 porque suma $60,000 de tres meses, $66,667 de veinte días por año y $37,805 de prima de antigüedad. Esa diferencia es la que se negocia en el Centro de Conciliación, y el plazo para reclamarla es de solo dos meses.
Qué incluye una liquidación por despido injustificado
Cuatro conceptos con fundamento en la LFT: tres meses de salario como indemnización constitucional (Art. 48), veinte días por año de servicio cuando el trabajador no es reinstalado (Art. 50), prima de antigüedad de doce días por año con el salario topado a $630.08 diarios en 2026 (Art. 162) y proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional (Arts. 87, 76 y 80). Todo se calcula con el salario diario integrado, que incluye prestaciones como vales o bonos fijos.
Los salarios caídos no forman parte de la oferta inicial: nacen con la demanda y se cuentan desde el despido hasta el laudo, con tope de doce meses y, después, un interés del dos por ciento mensual sobre quince meses de salario (Art. 48). Por eso cada página los presenta en una tabla aparte.
- Indemnización constitucional: 90 días de salario (Art. 48 LFT).
- Veinte días por cada año de servicio, fracciones en proporción (Art. 50 LFT).
- Prima de antigüedad: 12 días por año, salario topado a $630.08 diarios (Art. 162 LFT).
- Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales (Arts. 87, 76 y 80 LFT).
- Salarios caídos solo en juicio, hasta 12 meses (Art. 48 LFT).
Liquidación y finiquito no son lo mismo
El finiquito cubre únicamente lo que ya se ganó y no se ha pagado: días trabajados, aguinaldo proporcional, vacaciones no disfrutadas y su prima. Se debe siempre, incluso si el trabajador renuncia. La liquidación es el finiquito más la indemnización por despido, y solo procede cuando el patrón termina la relación sin causa justificada o cuando el trabajador rescinde por causa imputable al patrón (Art. 51 LFT).
Una práctica común es presentar como "liquidación" un documento que solo contiene el finiquito. La forma de detectarlo es buscar tres renglones: tres meses, veinte días por año y prima de antigüedad. Si falta alguno, la oferta está incompleta. Las páginas de finiquito por renuncia de este sitio muestran, para el mismo salario y antigüedad, cuánto se pierde al firmar una renuncia en lugar de exigir la liquidación.
Plazo de dos meses y conciliación obligatoria
La acción para reclamar la indemnización por despido prescribe en dos meses contados desde el día siguiente a la separación (Art. 518 LFT). Es el plazo más corto de la ley laboral y no se amplía por la antigüedad ni por el monto en juego. Presentar la solicitud de conciliación interrumpe la prescripción.
Desde la reforma de 2019, antes de demandar es obligatorio acudir a una audiencia de conciliación ante el Centro de Conciliación competente (Arts. 684-A y siguientes LFT), salvo excepciones como discriminación o acoso. Esa etapa debe concluir en un máximo de 45 días naturales (Art. 684-E) y en ella se firma la mayoría de los convenios. Llegar con el desglose calculado cambia por completo la negociación.
Cómo leer la tabla índice
Cada fila es un salario mensual y cada columna una antigüedad; la celda muestra el total estimado de la liquidación sin salarios caídos. Al abrir la página del cruce que te interesa verás el desglose completo, el cálculo de cada concepto con su artículo y la tabla de salarios caídos. Las páginas contiguas (salario o antigüedad vecinos) están enlazadas para comparar escalones.
Ten presente el tope de la prima de antigüedad: a partir de $18,902 mensuales el salario diario supera $630.08 y ese concepto deja de crecer con el sueldo. En la Zona Libre de la Frontera Norte el mínimo es $440.87 y el tope $881.74; las páginas con salario topado muestran ambas cifras.
Liquidación por estado
La LFT es federal y los conceptos son los mismos en todo el país; lo que cambia por estado es el Centro de Conciliación competente, el tribunal laboral local y el salario mínimo aplicable en la franja fronteriza norte. Consulta la guía de tu entidad: 32 páginas por estado.
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Asesoría legal para tu liquidación
Las cifras de este hub son un punto de partida verificable. Para convertirlas en un reclamo exacto hace falta el salario diario integrado real, la fecha precisa del despido y las prestaciones de tu contrato. La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, atiende por WhatsApp: lee tu caso, valora la oferta del patrón y te explica con qué elementos llegas a la audiencia de conciliación.
Preguntas frecuentes
¿Cómo calcular la liquidación laboral en México?+
Salario diario (mensual entre 30) por 90 días, más 20 días por cada año de servicio, más 12 días por año de prima de antigüedad con salario topado a $630.08, más aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales. La tabla índice muestra el resultado para 96 combinaciones de salario y antigüedad.
¿Cuánto me toca de liquidación si tengo un año trabajando?+
Con un año, la liquidación por despido injustificado incluye tres meses de salario, 20 días, 12 días de prima de antigüedad y proporcionales. Con $8,000 mensuales son $38,528; con $20,000, $95,881. Cada página del hub detalla el desglose.
¿Tengo derecho a liquidación por abandono de trabajo?+
El abandono de trabajo es una causa de rescisión sin responsabilidad para el patrón (Art. 47 LFT), por lo que no procede la indemnización de tres meses ni los 20 días. Sí se deben el finiquito (proporcionales) y la prima de antigüedad, porque esta procede en todo despido, justificado o no (Art. 162). Que exista realmente abandono, y no un despido disfrazado, es lo que se discute en conciliación.
¿Cuándo se paga la prima de antigüedad por despido?+
Al terminar la relación por despido, con o sin causa, y también por invalidez o muerte; en renuncia solo con 15 años o más (Art. 162 LFT). Son 12 días por año con salario topado a dos mínimos: $630.08 diarios en la zona general y $881.74 en la Zona Libre de la Frontera Norte en 2026.
¿Puedo ir a conciliación si no tengo contrato?+
Sí. La relación laboral se presume por el solo hecho de prestar el trabajo (Art. 21 LFT) y la falta de contrato escrito es responsabilidad del patrón (Art. 26). Recibos, depósitos, mensajes y testigos sirven para acreditar salario y antigüedad ante el Centro de Conciliación.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un finiquito o una liquidación incorrecta?+
Dos meses desde el despido para la acción de indemnización (Art. 518 LFT) y un año para diferencias de prestaciones devengadas como aguinaldo o vacaciones (Art. 516). La solicitud de conciliación interrumpe ambos plazos.
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Fuentes
- Ley Federal del Trabajo (Arts. 48, 50, 76, 80, 87, 162, 516 y 518) (consultado el 2026-09-02)
- CONASAMI, salarios mínimos vigentes 2026 (consultado el 2026-09-02)
Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede
La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre liquidación por despido injustificado y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.