RIVENZA
Liquidación por despido injustificado

Liquidación con salario de $30,000 y 15 años de antigüedad (2026)

Respuesta rápida

Si ganas $30,000 mensuales y te despiden sin causa tras 15 años, te corresponden alrededor de $540,894 de liquidación en 2026 con base en los Arts. 48, 50 y 162 de la Ley Federal del Trabajo. Ese total no incluye los salarios caídos, que en juicio pueden sumar hasta $365,000 por el tope de 12 meses del Art. 48. Los conceptos: $90,000 por tres meses, $300,000 por 20 días por año, $113,414 de prima de antigüedad y $37,479 de proporcionales.

Liquidación estimada sin salarios caídos$540,894
Desglose de la liquidación con salario de $30,000 y 15 años (2026)
ConceptoFundamentoCálculoMonto
Indemnización constitucional (3 meses)Art. 48 LFT90 días × $1,000.00$90,000
20 días por año de servicioArt. 50 LFT20 × 15 × $1,000.00$300,000
Prima de antigüedad (12 días por año)Art. 162 LFT12 × 15 × $630.08 (tope 2 SM)$113,414
Aguinaldo proporcionalArt. 87 LFT15/365 × 182 días × $1,000.00$7,479
Vacaciones pendientesArt. 76 LFT24 días × $1,000.00$24,000
Prima vacacional (25%)Art. 80 LFT25% de $24,000$6,000
Total estimado sin salarios caídos$540,894
Salario diario = $30,000 / 30. Supuestos: 182 días devengados de aguinaldo y último periodo de vacaciones pendiente. Estimado; no sustituye el cálculo con tu recibo de nómina.
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Un ingreso de $30,000 al mes representa $1,000.00 por día. A partir de aquí la ley empieza a recortar un concepto: la prima de antigüedad ya no se calcula con $1,000.00, sino con el tope de $630.08 diarios (dos salarios mínimos, Art. 162 LFT). Los demás conceptos, tres meses y 20 días por año, sí usan el salario completo.

Después de 15 años de antigüedad, el concepto dominante es el de 20 días por año ($300,000), que ya rebasa por mucho a la indemnización de tres meses ($90,000). La prima de antigüedad aporta $113,414 y las vacaciones pendientes son 24 días, el escalón alto de la tabla del Art. 76 LFT.

La tabla parte del salario diario de $1,000.00 y aplica las fórmulas de los Arts. 48, 50, 76, 80, 87 y 162 LFT. Para el aguinaldo se supone una salida a mitad de año (182 días) y para vacaciones, un periodo pendiente de 24 días; el resto de conceptos no depende de la fecha.

Tres meses y 20 días por año con salario de $30,000

La indemnización constitucional de tres meses (Art. 48 LFT) vale $90,000 con un salario de $30,000. Se calcula sobre 90 días de salario diario ($1,000.00) y se debe sin importar cuántos años se trabajaron.

Después de 15 años, los 20 días por año del Art. 50 LFT alcanzan $300,000, más que cualquier otro concepto de la tabla. Se pagan sin tope de salario, a diferencia de la prima de antigüedad, lo que los convierte en el eje de la negociación.

Prima de antigüedad topada a $630.08 diarios

Aquí la prima de antigüedad se topa: $1,000.00 diarios superan los $630.08 (dos salarios mínimos generales de $315.04) que fija el Art. 162 fracción II LFT. Con 15 años la prima es $113,414 en lugar de $180,000 que resultaría con el salario real. En la Zona Libre de la Frontera Norte, donde el mínimo 2026 es $440.87, el tope sube a $881.74 y la prima sería $158,713.

Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales

Las partes proporcionales son lo que ya se devengó y no se ha pagado: aguinaldo de $7,479 (15 días al año, Art. 87 LFT, prorrateados a 182 días), 24 días de vacaciones por $24,000 (Art. 76 LFT) y prima vacacional de $6,000 (25%, Art. 80 LFT). Se deben también en un finiquito por renuncia; lo que distingue a la liquidación son los tres meses, los 20 días y la prima.

Salarios caídos y plazo de dos meses para reclamar

Los salarios caídos (Art. 48 LFT) se cuentan aparte porque dependen de que exista juicio: hasta 12 meses, $365,000 en este caso, y después un interés mensual del 2% sobre 15 meses de salario. Sumados a los $540,894 de la tabla, el reclamo total puede alcanzar $905,894.

Dos meses desde el despido (Art. 518 LFT) es todo el margen para actuar, incluso tras 15 años de servicio. La conciliación prejudicial es obligatoria (Art. 684-B LFT) y en ella el patrón suele ofrecer solo proporcionales y prima; la diferencia frente a $540,894 es la que hay que documentar.

Salarios caídos: concepto aparte, solo en juicio
ConceptoFundamentoCálculoMonto
Salarios caídos (tope 12 meses)Art. 48 LFT365 días × $1,000.00$365,000
Liquidación sin salarios caídosArts. 48, 50, 162 LFTTabla anterior$540,894
Total posible con salarios caídos$905,894
Los salarios caídos solo se generan si hay demanda y se acreditan en juicio; después de 12 meses se sustituyen por un interés del 2% mensual sobre 15 meses de salario (Art. 48 LFT).

Revisa tu oferta antes de firmar

Tu caso puede valer más o menos que $540,894 según el salario integrado y las prestaciones que tengas. Esa duda solo se despeja con los documentos enfrente: escríbele por WhatsApp a la Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA, para que revise lo que te ofrecieron y te diga qué firmar y qué no.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre finiquito y liquidación?+

El finiquito solo paga lo devengado (aquí $37,479 de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional). La liquidación agrega la indemnización por despido: $90,000 de tres meses, $300,000 de 20 días por año y $113,414 de prima de antigüedad, hasta llegar a $540,894.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un finiquito incorrecto?+

Para la acción por despido, dos meses desde la separación (Art. 518 LFT); con 15 años eso cubre los $540,894 de la tabla. Para reclamar diferencias de prestaciones ya devengadas, como los $37,479 de proporcionales de esta página, el plazo general es de un año (Art. 516 LFT).

¿Puedo ir a conciliación si ya firmé la renuncia?+

Sí. La firma de una renuncia o de un finiquito no impide reclamar; si demuestras que fue forzada o que faltaron conceptos, puedes exigir la diferencia frente a los $540,894 que corresponden con 15 años. Los derechos laborales son irrenunciables (Art. 33 LFT).

¿Cuándo aplican los 20 días por año en una liquidación?+

Proceden en la terminación sin reinstalación por despido injustificado o rescisión imputable al patrón (Arts. 50 y 52 LFT). Para $30,000 mensuales y 15 años son $300,000; no se pagan en una renuncia.

¿Cuándo aplica la prima de antigüedad en una liquidación?+

Siempre que haya despido, justificado o no, y también por invalidez, muerte o renuncia con 15 o más años (Art. 162 LFT). Con $1,000.00 diarios se aplica el tope de $630.08 (dos salarios mínimos), por lo que con 15 años la prima es $113,414 y no $180,000.

¿Cuánto te pagan por despido improcedente?+

Para este salario y antigüedad la liquidación estimada es $540,894; en juicio pueden sumarse $365,000 de salarios caídos (tope de 12 meses, Art. 48 LFT), es decir hasta $905,894 en total.

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Importante: Estimación con las reglas generales de la Ley Federal del Trabajo y supuestos declarados. Se calcula sobre el salario diario nominal, que es el que puedes verificar en tu recibo; la versión sobre salario diario integrado, que es la base del Art. 89 LFT y arroja un importe mayor, se explica en las páginas de salario diario integrado. Las prestaciones extralegales y la fecha exacta de separación también modifican el resultado. No sustituye una asesoría legal.

Fuentes

A
Abogada titular · 34 años de experiencia jurídica · Actualizado 2026-09-02
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Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede

La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre liquidación por despido con salario de $30,000 y 15 años de antigüedad y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.