Liquidación por despido injustificado en Querétaro (2026)
Querétaro cuenta con 2 sedes del Centro de Conciliación Laboral local según el directorio oficial de la STPS, y ahí se presenta la solicitud de conciliación obligatoria por despido (Art. 684-B LFT). En la entidad rige el salario mínimo general de $315.04 diarios, por lo que la prima de antigüedad se topa en $630.08 diarios (Arts. 162 y 486 LFT). El resto de la liquidación, tres meses y 20 días por año, se calcula con el salario real y debe reclamarse dentro de dos meses (Art. 518).
| Sede | Domicilio | Teléfono |
|---|---|---|
| Sede Querétaro | Blvd. Bernardo Quintana Arrioja 329, Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, C.P. 76090. | (442) 195 4161, ext. 1000 |
| Sede San Juan Del Río | Av. Panamericana 99, Interior 19 al 25, Col. Lomas de Guadalupe, San Juan del Río, C.P. 76807. | (427) 101 2547 |
El directorio de la STPS ubica 2 sedes del Centro de Conciliación Laboral local en Querétaro (Querétaro y San Juan Del Río). La competencia se reparte por región, así que la solicitud se presenta en la sede que corresponde al lugar donde se prestaba el servicio, no necesariamente en Santiago de Querétaro. Elegir la equivocada retrasa el trámite en un asunto donde el plazo es de solo dos meses.
En Querétaro aplica un solo salario mínimo, el general de $315.04 diarios que fijó la CONASAMI para 2026, porque ningún municipio de la entidad forma parte de la Zona Libre de la Frontera Norte. Esa es la referencia que usa el Art. 162 LFT para topar la prima de antigüedad en dos salarios mínimos, es decir $630.08 diarios, y también la que define el piso salarial de cualquier reclamo.
Esta guía se limita a lo que un trabajador queretano necesita saber además de la fórmula: ante qué Centro de Conciliación se presenta la solicitud, ante qué Tribunal Laboral se demanda si no hay convenio y qué salario mínimo se usa para topar la prima de antigüedad. Los datos vienen del directorio oficial de la STPS y de la Resolución de la CONASAMI publicada en el Diario Oficial.
Qué cambia en Querétaro: salario mínimo y tope de la prima
Un ejemplo aterriza el efecto del tope. Con $20,000 mensuales, es decir $666.67 diarios, y 5 años de servicio, la prima de antigüedad en Querétaro es de $37,805: el Art. 162 LFT obliga a calcularla sobre $630.08 diarios y no sobre el salario real. Si en la entidad rigiera el mínimo fronterizo de $440.87, la misma prima sería de $40,000, pero ese supuesto no aplica a ningún municipio queretano.
Lo que un trabajador de Querétaro debe verificar no es la fórmula, sino tres datos: el municipio donde prestaba el servicio (define el salario mínimo del área y la sede competente), la fecha exacta de la separación (arranca el plazo de dos meses) y el salario diario integrado real de su recibo, que suele ser mayor al sueldo nominal y eleva todos los conceptos.
| Área geográfica | Salario mínimo diario | Tope de la prima (2 mínimos) | Prima con $20,000 y 5 años |
|---|---|---|---|
| Salario mínimo general | $315.04 | $630.08 | $37,805 |
Dónde presentar la solicitud de conciliación en Querétaro
La solicitud se presenta en la sede que corresponde al municipio donde trabajabas; en Querétaro hay 2 opciones y Querétaro es la que aparece primero en el directorio. El trámite es gratuito y no requiere abogado, pero sí exige datos precisos del patrón y del salario. Si te equivocas de sede, el Centro te orienta, aunque pierdes días de un plazo que solo dura dos meses.
Tribunales laborales y conciliación federal en Querétaro
Si la audiencia no termina en convenio, el Centro entrega la constancia de no conciliación y el asunto pasa al Tribunal Laboral. En Querétaro el directorio de la STPS registra 2 tribunales laborales locales y 1 sede federal; la primera de las locales es Querétaro. Ahí se presenta la demanda con los mismos conceptos que se reclamaron en conciliación, más los salarios caídos, que solo se generan en juicio y se topan a 12 meses (Art. 48 LFT).
| Instancia | Sede | Domicilio | Teléfono |
|---|---|---|---|
| Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral | Sede Querétaro | Calzada de los Arcos 278 C, Piso 2, Col. Loma Dorada, Querétaro, C.P. 76060. | (442) 235 4055,(442) 235 4056 |
| Tribunal Laboral local | Sede Querétaro | Circuito Moisés Solana 1001, Prados del Mirador, Querétaro, C.P. 76070. | (442) 238 7900, exts. 1016, 1018 y 1019 |
| Tribunal Laboral local | Sede San Juan Del Río | Prolongación José María Pino Suárez Sur No. 1, Col. Lomas de Guadalupe, San Juan del Río, C.P. 76807. | (427) 272 3688, exts. 3106, 3107 y 3108. |
| Tribunal Laboral federal | Sede Querétaro | Av. de la Salvación 781, Col. Ejido Bolaños, Villa Cayetano Rubio, C.P. 76140. | No publicado en el directorio |
Plazo de dos meses y conciliación prejudicial obligatoria
La conciliación prejudicial es obligatoria desde la reforma de 2019 (Arts. 684-A a 684-E LFT) y debe agotarse en un máximo de 45 días naturales. En la práctica es donde se resuelve la mayoría de los asuntos, porque el patrón evita el riesgo de los salarios caídos. Llegar con el desglose por concepto, y no solo con una cifra global, es lo que permite discutir la oferta punto por punto dentro del plazo de dos meses del Art. 518.
Cómo te ayudamos en línea desde Querétaro
No necesitas acudir a un despacho en Querétaro para tener una opinión legal seria. Gestionamos el análisis del caso a distancia y todo arranca con un mensaje de WhatsApp a la Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica. Ten a la mano fecha de ingreso, fecha de despido, recibos y cualquier oferta que te haya hecho el patrón: con eso ella revisa el asunto y responde qué sigue.
Preguntas frecuentes
¿Dónde encuentro un abogado laboralista en Querétaro?+
La Procuraduría de la Defensa del Trabajo ofrece representación gratuita y el Centro de Conciliación atiende sin abogado. Si prefieres una revisión particular, RIVENZA trabaja en línea y no tienes que trasladarte a Santiago de Querétaro: mándale los datos de tu despido por WhatsApp a la Lic. Angélica Rivera, abogada titular del despacho, y ella te dirá qué procede.
¿Cuándo abre conciliación y arbitraje?+
El directorio oficial de la STPS publica domicilio y teléfono de cada sede, pero no los horarios de atención. Confirma por teléfono el horario de la oficina de Querétaro que te corresponde antes de acudir; los términos se computan en días hábiles y la recepción de solicitudes suele cerrar antes que las oficinas.
¿Cómo checar mi expediente en conciliación y arbitraje?+
El seguimiento se hace ante la misma sede donde presentaste la solicitud, con tu número de expediente, por ejemplo al (442) 195 4161, ext. 1000 de Sede Querétaro. No existe un portal nacional que concentre los expedientes de conciliación, de modo que conviene guardar el acuse y el teléfono de la oficina de Querétaro que te atendió.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un finiquito incorrecto?+
Dos meses desde la separación para la indemnización por despido (Art. 518 LFT) y un año para prestaciones devengadas como aguinaldo, vacaciones o prima vacacional (Art. 516). Presentar la solicitud ante el Centro de Conciliación de Querétaro interrumpe ambos plazos.
¿Qué salario mínimo aplica en Querétaro para la prima de antigüedad?+
En toda la entidad aplica el salario mínimo general de $315.04 diarios que fijó la CONASAMI para 2026. De ahí sale el tope de la prima de antigüedad, $630.08 diarios (Arts. 162 y 486 LFT). El mínimo fronterizo de $440.87 no alcanza a ningún municipio queretano.
¿Cuánto me toca de liquidación en Querétaro?+
Lo mismo que en cualquier entidad, porque la Ley Federal del Trabajo es nacional: tres meses de salario (Art. 48), 20 días por cada año de servicio (Art. 50), prima de antigüedad de 12 días por año topada a $630.08 diarios (Art. 162) y las partes proporcionales. La calculadora de liquidación y finiquito da la cifra con tu salario y tu antigüedad.
¿Puedo ir a conciliación y arbitraje sin abogado?+
Sí, la audiencia de conciliación no requiere abogado y el servicio del Centro es gratuito. El riesgo no es formal sino de monto: el convenio que se firma tiene efectos de sentencia y ya no se puede reabrir. Por eso conviene revisar el cálculo antes de la cita, sobre todo si tienes antigüedad larga o salario alto.
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Fuentes
- STPS, Reforma Laboral: directorio de sedes de Centros de Conciliación y Tribunales Laborales (locales y federales) (consultado el 2026-09-02)
- CONASAMI, Resolución del H. Consejo de Representantes que fija los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2026 (DOF 09-12-2025) (consultado el 2026-09-02)
- Ley Federal del Trabajo (Arts. 48, 50, 162, 486, 518, 684-B y 684-E) (consultado el 2026-09-02)
Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede
La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre liquidación por despido en Querétaro y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.