Liquidación por despido injustificado en Puebla (2026)
Puebla cuenta con 2 sedes del Centro de Conciliación Laboral local según el directorio oficial de la STPS, y ahí se presenta la solicitud de conciliación obligatoria por despido (Art. 684-B LFT). En la entidad rige el salario mínimo general de $315.04 diarios, por lo que la prima de antigüedad se topa en $630.08 diarios (Arts. 162 y 486 LFT). El resto de la liquidación, tres meses y 20 días por año, se calcula con el salario real y debe reclamarse dentro de dos meses (Art. 518).
| Sede | Domicilio | Teléfono |
|---|---|---|
| Sede Puebla | Av 8 Pte 906, Centro histórico de Puebla, 72000 Heroica Puebla de Zaragoza, Pue. | (222) 959 1060, ext. 601 |
| Sede Tehuacán | Calzada Adolfo López Mateos 3210, Local 21, Planta Baja del módulo 01 del Centro Comercial denominado Plaza Teohuacán, Col. Exhacienda San Lorenzo, Tehuacán, C.P. 75758. | (222) 959 1060, ext. 705 |
Puebla tiene 2 sedes de conciliación laboral local en el directorio oficial: Puebla y Tehuacán. Es una red intermedia que cubre las principales zonas económicas de la entidad. Antes de acudir conviene verificar por teléfono cuál atiende el municipio donde trabajabas, porque la competencia territorial se determina por el lugar de prestación del servicio.
El salario mínimo que rige en Puebla es el general: $315.04 diarios en 2026. La Zona Libre de la Frontera Norte, con su mínimo de $440.87, no alcanza a ningún municipio poblano, así que el tope de la prima de antigüedad es de $630.08 diarios en toda la entidad (Arts. 162 y 486 LFT). Los demás conceptos de la liquidación no tienen tope y se pagan con el salario real.
Para el monto exacto conviene separar dos cosas. El cuánto depende de tu salario y tu antigüedad, y se resuelve con la calculadora de liquidación y finiquito. El dónde y el ante quién sí dependen de Puebla, y es lo que esta página documenta con el directorio de la STPS y la Resolución de salarios mínimos publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Qué cambia en Puebla: salario mínimo y tope de la prima
Un ejemplo aterriza el efecto del tope. Con $20,000 mensuales, es decir $666.67 diarios, y 5 años de servicio, la prima de antigüedad en Puebla es de $37,805: el Art. 162 LFT obliga a calcularla sobre $630.08 diarios y no sobre el salario real. Si en la entidad rigiera el mínimo fronterizo de $440.87, la misma prima sería de $40,000, pero ese supuesto no aplica a ningún municipio poblano.
Fuera del salario mínimo, la ley aplicable es idéntica en toda la República. Ninguna legislatura estatal puede modificar los conceptos de una liquidación, porque la materia laboral es federal por mandato del Art. 123 apartado A constitucional. Por eso no existe una "liquidación de Puebla" distinta a la del resto del país: existe la misma fórmula con un directorio y un salario mínimo locales.
| Área geográfica | Salario mínimo diario | Tope de la prima (2 mínimos) | Prima con $20,000 y 5 años |
|---|---|---|---|
| Salario mínimo general | $315.04 | $630.08 | $37,805 |
Dónde presentar la solicitud de conciliación en Puebla
Con 2 sedes locales, en Puebla el primer paso es identificar cuál atiende el municipio donde prestabas el servicio. La competencia territorial se fija por el lugar de trabajo, no por el domicilio del trabajador ni por el de la empresa. Una vez presentada la solicitud en la sede correcta, el Centro fija la audiencia y notifica al patrón.
Tribunales laborales y conciliación federal en Puebla
El Tribunal Laboral es la segunda etapa, no la primera: sin constancia de no conciliación la demanda se desecha, salvo las excepciones del Art. 685 Ter LFT como discriminación, acoso u hostigamiento sexual. En Puebla operan 2 tribunales locales y 1 tribunal federal según el directorio de la STPS, y la primera de las locales es Puebla.
| Instancia | Sede | Domicilio | Teléfono |
|---|---|---|---|
| Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral | Sede Puebla | Av. Arroyo de Xonaca 1006, Local-207 de la Plaza Paseo San Francisco, Col. Barrio del Alta, Puebla de Zaragoza, C.P. 72290. | (222) 689 4979,(222 )689 4980 |
| Tribunal Laboral local | Sede Puebla | Privada 121 poniente, número 1126, San Francisco Mayorazgo, C.P. 72491 Puebla, Puebla. | (222) 970 1010 |
| Tribunal Laboral local | Sede Tehuacán | Calz. Adolfo López Mateos 3210, Col. Centro, Tehuacán, C.P. 75760. | (238) 392 2073 |
| Tribunal Laboral federal | Sede Puebla | Blvd. Municipio Libre 1910, Col. Ex Hacienda Mayorazgo, Puebla, C.P. 72480. | (222) 303 7340, ext. 1100 y 1101 |
Plazo de dos meses y conciliación prejudicial obligatoria
La conciliación prejudicial es obligatoria desde la reforma de 2019 (Arts. 684-A a 684-E LFT) y debe agotarse en un máximo de 45 días naturales. En la práctica es donde se resuelve la mayoría de los asuntos, porque el patrón evita el riesgo de los salarios caídos. Llegar con el desglose por concepto, y no solo con una cifra global, es lo que permite discutir la oferta punto por punto dentro del plazo de dos meses del Art. 518.
Cómo te ayudamos en línea desde Puebla
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Preguntas frecuentes
¿Cómo se llaman ahora las juntas de conciliación y arbitraje?+
Desde la reforma de 2019 las Juntas desaparecieron. Ahora la conciliación la lleva el Centro de Conciliación Laboral (2 sedes en Puebla) y el juicio, el Tribunal Laboral (2 sedes locales y 1 federal en la entidad, según la STPS). Son órganos separados con domicilios distintos.
¿Cuánto me toca de liquidación en Puebla?+
El monto depende de tu salario y de tus años de servicio, no de que vivas en Puebla. La fórmula es la misma en todo el país; lo único local es el tope de la prima de antigüedad, que aquí es $630.08 diarios. Con $20,000 mensuales y 5 años, solo la prima suma $37,805.
¿Dónde encuentro un abogado laboralista en Puebla?+
Hay dos rutas gratuitas, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y la propia audiencia de conciliación, que no exige abogado. Si lo que buscas es una segunda opinión sobre el monto, RIVENZA atiende en línea a trabajadores de Puebla: cuéntale por WhatsApp tu caso a la Lic. Angélica Rivera, abogada titular con 34 años de experiencia jurídica, y ella revisa contigo las cifras.
¿Puedo ir a conciliación y arbitraje si ya firmé la renuncia?+
Puedes. Firmar una renuncia o un finiquito no impide reclamar diferencias: los derechos laborales son irrenunciables (Art. 33 LFT). Lo que sí corre es el plazo de dos meses del Art. 518 LFT, así que conviene presentar la solicitud ante el Centro de Conciliación de Puebla cuanto antes y llevar copia de lo que firmaste.
¿Cómo checar mi expediente en conciliación y arbitraje?+
El seguimiento se hace ante la misma sede donde presentaste la solicitud, con tu número de expediente, por ejemplo al (222) 959 1060, ext. 601 de Sede Puebla. No existe un portal nacional que concentre los expedientes de conciliación, de modo que conviene guardar el acuse y el teléfono de la oficina de Puebla que te atendió.
¿Qué es conciliación y arbitraje y para qué sirve?+
La conciliación prejudicial es una audiencia obligatoria previa a la demanda (Art. 684-B LFT) donde el Centro intenta que trabajador y patrón firmen un convenio. Sirve para cobrar más rápido y sin juicio: el convenio tiene efectos de sentencia. Si no hay acuerdo, el Centro expide la constancia que permite demandar ante el Tribunal Laboral de Puebla.
¿Qué salario mínimo aplica en Puebla para la prima de antigüedad?+
En toda la entidad aplica el salario mínimo general de $315.04 diarios que fijó la CONASAMI para 2026. De ahí sale el tope de la prima de antigüedad, $630.08 diarios (Arts. 162 y 486 LFT). El mínimo fronterizo de $440.87 no alcanza a ningún municipio poblano.
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Fuentes
- STPS, Reforma Laboral: directorio de sedes de Centros de Conciliación y Tribunales Laborales (locales y federales) (consultado el 2026-09-02)
- CONASAMI, Resolución del H. Consejo de Representantes que fija los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2026 (DOF 09-12-2025) (consultado el 2026-09-02)
- Ley Federal del Trabajo (Arts. 48, 50, 162, 486, 518, 684-B y 684-E) (consultado el 2026-09-02)
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