Liquidación por despido injustificado en Nuevo León (2026)
En Nuevo León la conciliación prejudicial ante el Centro de Conciliación Laboral es obligatoria antes de demandar por despido (Art. 684-B LFT) y la entidad cuenta con 2 sedes locales según el directorio de la STPS. Aquí conviven dos salarios mínimos: $440.87 diarios en los municipios de la Zona Libre de la Frontera Norte (Anáhuac) y $315.04 en el resto del estado, de modo que el tope de la prima de antigüedad del Art. 162 LFT es $881.74 o $630.08 diarios según dónde trabajes. El plazo para reclamar el despido es de dos meses (Art. 518 LFT).
| Sede | Domicilio | Teléfono |
|---|---|---|
| Sede Linares | Calle José María Morelos 2027, Col. Centro de Linares, Linares, C.P. 67700. | (811) 999 0381 |
| Sede Monterey | Av. Churubusco 495 Norte, Col. Fierro, Monterrey, C.P. 64590. | (811) 423 5100 |
El directorio de la STPS ubica 2 sedes del Centro de Conciliación Laboral local en Nuevo León (Linares y Monterey). La competencia se reparte por región, así que la solicitud se presenta en la sede que corresponde al lugar donde se prestaba el servicio, no necesariamente en Monterrey. Elegir la equivocada retrasa el trámite en un asunto donde el plazo es de solo dos meses.
El segundo dato propio de Nuevo León es la frontera: Anáhuac pertenecen a la Zona Libre de la Frontera Norte, donde el salario mínimo 2026 asciende a $440.87 diarios frente a $315.04 del resto del estado. La diferencia no es simbólica en una liquidación, porque el tope de la prima de antigüedad es el doble del mínimo del área (Arts. 162 y 486 LFT): $881.74 contra $630.08 diarios.
Para el monto exacto conviene separar dos cosas. El cuánto depende de tu salario y tu antigüedad, y se resuelve con la calculadora de liquidación y finiquito. El dónde y el ante quién sí dependen de Nuevo León, y es lo que esta página documenta con el directorio de la STPS y la Resolución de salarios mínimos publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Qué cambia en Nuevo León: salario mínimo y tope de la prima
El efecto práctico del salario mínimo fronterizo se ve en un ejemplo. Un trabajador con $20,000 mensuales ($666.67 diarios) y 5 años cobra $37,805 de prima de antigüedad si laboraba en la zona general de Nuevo León, y $40,000 si laboraba en Anáhuac, porque ahí el tope de dos salarios mínimos es $881.74 y no $630.08. Son $2,195 de diferencia por el mismo despido.
Fuera del salario mínimo, la ley aplicable es idéntica en toda la República. Ninguna legislatura estatal puede modificar los conceptos de una liquidación, porque la materia laboral es federal por mandato del Art. 123 apartado A constitucional. Por eso no existe una "liquidación de Nuevo León" distinta a la del resto del país: existe la misma fórmula con un directorio y un salario mínimo locales.
| Área geográfica | Salario mínimo diario | Tope de la prima (2 mínimos) | Prima con $20,000 y 5 años |
|---|---|---|---|
| Salario mínimo general | $315.04 | $630.08 | $37,805 |
| Zona Libre de la Frontera Norte | $440.87 | $881.74 | $40,000 |
Dónde presentar la solicitud de conciliación en Nuevo León
La solicitud se presenta en la sede que corresponde al municipio donde trabajabas; en Nuevo León hay 2 opciones y Linares es la que aparece primero en el directorio. El trámite es gratuito y no requiere abogado, pero sí exige datos precisos del patrón y del salario. Si te equivocas de sede, el Centro te orienta, aunque pierdes días de un plazo que solo dura dos meses.
Tribunales laborales y conciliación federal en Nuevo León
Sin convenio, la constancia de no conciliación habilita la demanda ante el Tribunal Laboral. Nuevo León cuenta con 1 sede local y 1 sede federal según el directorio oficial, y la sede local es Monterrey. El juicio laboral es oral y en él se acredita el despido; mientras dura, corren los salarios caídos con tope de 12 meses (Art. 48 LFT).
| Instancia | Sede | Domicilio | Teléfono |
|---|---|---|---|
| Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral | Sede Monterrey | Av. Francisco I. Madero 1085, Col. Zona Centro, Monterrey, C.P. 64000. | (558) 874 8626,(558) 874 8627 |
| Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral | Sede Monterrey | Av. Churubusco 496 Norte, Col. Fierro, Monterrey, C.P. 64590. | (558) 874 8626,(558) 874 8627 |
| Tribunal Laboral local | Sede Monterrey | Mariano Escobedo 508 Sur, Col. Centro, Monterrey, C.P. 64000. | (812) 033 5801,(812) 033 5802 |
| Tribunal Laboral federal | Sede Monterrey | Av. San Jerónimo 999 Poniente, Piso 2, Ala Sur, Col. San Jerónimo, Monterrey, C.P. 64640. | (818) 133 2210, ext. 1000 |
Plazo de dos meses y conciliación prejudicial obligatoria
El plazo es el mismo en todo el país y es corto: dos meses contados desde el día siguiente a la separación para reclamar la indemnización por despido (Art. 518 LFT). Presentar la solicitud de conciliación interrumpe la prescripción, así que es lo primero que debe hacerse aunque todavía no haya abogado ni cálculo definitivo. Para prestaciones ya devengadas, como aguinaldo o vacaciones, el plazo general es de un año (Art. 516).
Cómo te ayudamos en línea desde Nuevo León
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un finiquito incorrecto?+
Dos meses desde la separación para la indemnización por despido (Art. 518 LFT) y un año para prestaciones devengadas como aguinaldo, vacaciones o prima vacacional (Art. 516). Presentar la solicitud ante el Centro de Conciliación de Nuevo León interrumpe ambos plazos.
¿Cómo se llaman ahora las juntas de conciliación y arbitraje?+
Desde la reforma de 2019 las Juntas desaparecieron. Ahora la conciliación la lleva el Centro de Conciliación Laboral (2 sedes en Nuevo León) y el juicio, el Tribunal Laboral (1 sede local y 1 federal en la entidad, según la STPS). Son órganos separados con domicilios distintos.
¿Cuánto me toca de liquidación en Nuevo León?+
El monto depende de tu salario y de tus años de servicio, no de que vivas en Nuevo León. La fórmula es la misma en todo el país; lo único local es el tope de la prima de antigüedad, que aquí es $881.74 diarios en los municipios fronterizos y $630.08 en el resto. Con $20,000 mensuales y 5 años, solo la prima suma $37,805.
¿Dónde encuentro un abogado laboralista en Nuevo León?+
Hay dos rutas gratuitas, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y la propia audiencia de conciliación, que no exige abogado. Si lo que buscas es una segunda opinión sobre el monto, RIVENZA atiende en línea a trabajadores de Nuevo León: cuéntale por WhatsApp tu caso a la Lic. Angélica Rivera, abogada titular con 34 años de experiencia jurídica, y ella revisa contigo las cifras.
¿Puedo ir a conciliación y arbitraje si ya firmé la renuncia?+
Sí. El Art. 33 LFT declara nula la renuncia de derechos, así que firmar una carta no cancela el reclamo si el despido existió o si el documento se firmó bajo presión. Se presenta la solicitud en tu sede de Nuevo León dentro de los dos meses siguientes (Art. 518) y ahí se discute la validez de la firma.
¿Cómo checar mi expediente en conciliación y arbitraje?+
Con el número de expediente que te entregan al presentar la solicitud, directamente en la sede donde lo iniciaste, por ejemplo al (811) 999 0381 de Sede Linares. El directorio de la STPS publica el domicilio y el teléfono de cada oficina de Nuevo León, pero no un buscador único de expedientes, así que la consulta se hace ante el Centro que lleva tu asunto.
¿Qué es conciliación y arbitraje y para qué sirve?+
La conciliación prejudicial es una audiencia obligatoria previa a la demanda (Art. 684-B LFT) donde el Centro intenta que trabajador y patrón firmen un convenio. Sirve para cobrar más rápido y sin juicio: el convenio tiene efectos de sentencia. Si no hay acuerdo, el Centro expide la constancia que permite demandar ante el Tribunal Laboral de Nuevo León.
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Fuentes
- STPS, Reforma Laboral: directorio de sedes de Centros de Conciliación y Tribunales Laborales (locales y federales) (consultado el 2026-09-02)
- CONASAMI, Resolución del H. Consejo de Representantes que fija los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2026 (DOF 09-12-2025) (consultado el 2026-09-02)
- Ley Federal del Trabajo (Arts. 48, 50, 162, 486, 518, 684-B y 684-E) (consultado el 2026-09-02)
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