Liquidación con salario de $40,000 y 20 años de antigüedad (2026)
Con un salario de $40,000 al mes y 20 años de antigüedad, la liquidación por despido injustificado suma aproximadamente $857,858 en 2026 conforme a los Arts. 48, 50 y 162 de la Ley Federal del Trabajo, sin contar salarios caídos. El desglose es $120,000 de indemnización de tres meses, $533,333 de 20 días por año, $151,219 de prima de antigüedad y $53,306 de partes proporcionales. Si el caso llega a juicio, los salarios caídos añaden hasta $486,667 (tope de 12 meses).
| Concepto | Fundamento | Cálculo | Monto |
|---|---|---|---|
| Indemnización constitucional (3 meses) | Art. 48 LFT | 90 días × $1,333.33 | $120,000 |
| 20 días por año de servicio | Art. 50 LFT | 20 × 20 × $1,333.33 | $533,333 |
| Prima de antigüedad (12 días por año) | Art. 162 LFT | 12 × 20 × $630.08 (tope 2 SM) | $151,219 |
| Aguinaldo proporcional | Art. 87 LFT | 15/365 × 182 días × $1,333.33 | $9,973 |
| Vacaciones pendientes | Art. 76 LFT | 26 días × $1,333.33 | $34,667 |
| Prima vacacional (25%) | Art. 80 LFT | 25% de $34,667 | $8,667 |
| Total estimado sin salarios caídos | $857,858 |
Un salario de $40,000 al mes ($1,333.33 diarios) se ubica muy por encima del tope de $630.08 que el Art. 162 LFT aplica a la prima de antigüedad. En consecuencia la prima pesa poco frente al resto: los conceptos fuertes de esta liquidación son los tres meses del Art. 48 y los 20 días por año del Art. 50, que sí se calculan con el salario íntegro.
Con 20 años de servicio, la liquidación se define por la antigüedad: los 20 días por año valen $533,333, varias veces los $120,000 de los tres meses de salario. Se suman $151,219 de prima de antigüedad y 26 días de vacaciones del último periodo.
Todas las cifras se calcularon con el motor de lib/demanda-laboral que alimenta la calculadora gratuita de RIVENZA, bajo dos supuestos declarados: aguinaldo proporcional de 182 días del año calendario y último periodo de vacaciones sin disfrutar. Si tu salida fue en otra fecha o ya tomaste vacaciones, el total cambia en las partes proporcionales, no en los tres meses ni en los 20 días.
Tres meses y 20 días por año con salario de $40,000
La indemnización constitucional de tres meses (Art. 48 LFT) vale $120,000 con un salario de $40,000. Se calcula sobre 90 días de salario diario ($1,333.33) y se debe sin importar cuántos años se trabajaron.
A 20 años de antigüedad, los 20 días por año (Art. 50 LFT) son la partida principal: $533,333, resultado de 20 × 20 × $1,333.33. En trayectorias largas este concepto explica la mayor parte del total y por eso es el que más se disputa en conciliación.
Prima de antigüedad topada a $630.08 diarios
En salarios altos como $40,000 la prima de antigüedad pierde peso por el tope del Art. 162 LFT ($630.08 diarios, dos mínimos generales): con 20 años vale $151,219, contra $320,000 sin tope. Para la franja fronteriza norte el mínimo es $440.87, el tope $881.74 y la prima $211,618.
Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales
El bloque de proporcionales vale $53,306 y se compone de tres partidas: aguinaldo proporcional ($9,973, Art. 87 LFT), vacaciones del último periodo (26 días, $34,667, Art. 76) y su prima del 25% ($8,667, Art. 80). Estas cantidades se deben en cualquier terminación, con o sin despido.
Salarios caídos y plazo de dos meses para reclamar
Una demanda laboral añade los salarios vencidos entre el despido y el laudo, con tope de 12 meses (Art. 48 LFT): $486,667 para $40,000 al mes. La suma de liquidación más salarios caídos llega a $1,344,525, que es el techo real de lo que se puede reclamar por este despido.
Dos meses desde el despido (Art. 518 LFT) es todo el margen para actuar, incluso tras 20 años de servicio. La conciliación prejudicial es obligatoria (Art. 684-B LFT) y en ella el patrón suele ofrecer solo proporcionales y prima; la diferencia frente a $857,858 es la que hay que documentar.
| Concepto | Fundamento | Cálculo | Monto |
|---|---|---|---|
| Salarios caídos (tope 12 meses) | Art. 48 LFT | 365 días × $1,333.33 | $486,667 |
| Liquidación sin salarios caídos | Arts. 48, 50, 162 LFT | Tabla anterior | $857,858 |
| Total posible con salarios caídos | $1,344,525 |
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Antes de firmar un convenio conviene que una abogada mire la cifra con tus papeles enfrente. Manda un mensaje de WhatsApp a la Lic. Angélica Rivera, titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, y adjunta tu recibo de nómina y la fecha real del despido: de ahí sale la cantidad exacta, no la estimada, y la estrategia para la conciliación.
Preguntas frecuentes
¿Cómo calcular los 20 días por año trabajado?+
Multiplica $1,333.33 ($40,000 / 30) por 20 y por 20: $533,333. A diferencia de la prima de antigüedad, aquí se usa el salario completo sin límite de dos mínimos.
¿Tengo derecho a liquidación sin contrato?+
La ausencia de contrato no elimina tus derechos: el Art. 21 LFT presume la relación laboral entre quien presta un trabajo y quien lo recibe. Con salario acreditado de $40,000 y 20 años de servicio la liquidación estimada sigue siendo $857,858.
¿Cuál es la diferencia entre finiquito y liquidación?+
Liquidación es finiquito más indemnización. Con $40,000 y 20 años, un finiquito por renuncia rondaría $53,306 más la prima de antigüedad de $151,219; la liquidación por despido injustificado llega a $857,858 porque suma tres meses y 20 días por año.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un finiquito incorrecto?+
Para la acción por despido, dos meses desde la separación (Art. 518 LFT); con 20 años eso cubre los $857,858 de la tabla. Para reclamar diferencias de prestaciones ya devengadas, como los $53,306 de proporcionales de esta página, el plazo general es de un año (Art. 516 LFT).
¿Puedo ir a conciliación si ya firmé la renuncia?+
Sí. La firma de una renuncia o de un finiquito no impide reclamar; si demuestras que fue forzada o que faltaron conceptos, puedes exigir la diferencia frente a los $857,858 que corresponden con 20 años. Los derechos laborales son irrenunciables (Art. 33 LFT).
¿Cuándo aplican los 20 días por año en una liquidación?+
Cuando el despido es injustificado y no hay reinstalación (Art. 50 LFT), que es el supuesto de esta página. Con 20 años y $1,333.33 diarios corresponden $533,333; las fracciones de año se pagan en proporción.
¿Cuándo aplica la prima de antigüedad en una liquidación?+
Siempre que haya despido, justificado o no, y también por invalidez, muerte o renuncia con 15 o más años (Art. 162 LFT). Con $1,333.33 diarios se aplica el tope de $630.08 (dos salarios mínimos), por lo que con 20 años la prima es $151,219 y no $320,000.
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Fuentes
- Ley Federal del Trabajo (Arts. 48, 50, 76, 80, 87, 162, 516 y 518) (consultado el 2026-09-02)
- CONASAMI, salarios mínimos vigentes 2026 (consultado el 2026-09-02)
Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede
La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre liquidación por despido con salario de $40,000 y 20 años de antigüedad y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.