RIVENZA
Liquidación por despido injustificado

Liquidación con salario de $18,000 y 2 años de antigüedad (2026)

Respuesta rápida

Con un salario de $18,000 al mes y 2 años de antigüedad, la liquidación por despido injustificado suma aproximadamente $107,388 en 2026 conforme a los Arts. 48, 50 y 162 de la Ley Federal del Trabajo, sin contar salarios caídos. El desglose es $54,000 de indemnización de tres meses, $24,000 de 20 días por año, $14,400 de prima de antigüedad y $14,988 de partes proporcionales. Si el caso llega a juicio, los salarios caídos añaden hasta $219,000 (tope de 12 meses).

Liquidación estimada sin salarios caídos$107,388
Desglose de la liquidación con salario de $18,000 y 2 años (2026)
ConceptoFundamentoCálculoMonto
Indemnización constitucional (3 meses)Art. 48 LFT90 días × $600.00$54,000
20 días por año de servicioArt. 50 LFT20 × 2 × $600.00$24,000
Prima de antigüedad (12 días por año)Art. 162 LFT12 × 2 × $600.00$14,400
Aguinaldo proporcionalArt. 87 LFT15/365 × 182 días × $600.00$4,488
Vacaciones pendientesArt. 76 LFT14 días × $600.00$8,400
Prima vacacional (25%)Art. 80 LFT25% de $8,400$2,100
Total estimado sin salarios caídos$107,388
Salario diario = $18,000 / 30. Supuestos: 182 días devengados de aguinaldo y último periodo de vacaciones pendiente. Estimado; no sustituye el cálculo con tu recibo de nómina.
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Ganar $18,000 mensuales significa un salario diario de $600.00, apenas por debajo del tope de $630.08 que aplica a la prima de antigüedad (Art. 162 LFT). Es el último tramo de salario en el que todos los conceptos de la liquidación se calculan con el sueldo íntegro.

Tras 2 años en la empresa, la parte más grande de la liquidación es fija: los tres meses de salario del Art. 48 ($54,000). Los 20 días por año aportan $24,000 y la prima de antigüedad $14,400; ambos crecen con cada año que se acumule. Corresponden 14 días de vacaciones por el último año.

La tabla parte del salario diario de $600.00 y aplica las fórmulas de los Arts. 48, 50, 76, 80, 87 y 162 LFT. Para el aguinaldo se supone una salida a mitad de año (182 días) y para vacaciones, un periodo pendiente de 14 días; el resto de conceptos no depende de la fecha.

Tres meses y 20 días por año con salario de $18,000

Cuando el patrón no acredita la causa del despido, el trabajador tiene derecho a tres meses de salario (Art. 48 LFT). En esta página son $54,000, resultado de multiplicar $600.00 por 90 días. Se paga íntegro aun con 2 años de antigüedad.

Los 20 días por año del Art. 50 LFT suman $24,000 con 2 años; en antigüedades cortas es un concepto modesto, pero se debe igual. Ojo: el patrón suele omitirlo en la primera oferta porque solo procede cuando no hay reinstalación, y esa es precisamente la situación del despido injustificado que aquí se calcula.

Prima de antigüedad con 2 años de servicio

Con $600.00 diarios la prima de antigüedad todavía se calcula sobre el salario íntegro, porque el tope del Art. 162 LFT es $630.08 (dos veces el mínimo general de $315.04). Resultado con 2 años: $14,400. Un aumento de sueldo por encima de $18,902 al mes ya activaría el tope.

Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales

El bloque de proporcionales vale $14,988 y se compone de tres partidas: aguinaldo proporcional ($4,488, Art. 87 LFT), vacaciones del último periodo (14 días, $8,400, Art. 76) y su prima del 25% ($2,100, Art. 80). Estas cantidades se deben en cualquier terminación, con o sin despido.

Salarios caídos y plazo de dos meses para reclamar

Los salarios caídos (Art. 48 LFT) se cuentan aparte porque dependen de que exista juicio: hasta 12 meses, $219,000 en este caso, y después un interés mensual del 2% sobre 15 meses de salario. Sumados a los $107,388 de la tabla, el reclamo total puede alcanzar $326,388.

Tienes dos meses contados desde el despido para presentar la solicitud de conciliación o la demanda (Art. 518 LFT); la solicitud interrumpe el plazo. Con 2 años de servicio, una oferta menor a $107,388 deja dinero en la mesa: pide el desglose por concepto antes de firmar.

Salarios caídos: concepto aparte, solo en juicio
ConceptoFundamentoCálculoMonto
Salarios caídos (tope 12 meses)Art. 48 LFT365 días × $600.00$219,000
Liquidación sin salarios caídosArts. 48, 50, 162 LFTTabla anterior$107,388
Total posible con salarios caídos$326,388
Los salarios caídos solo se generan si hay demanda y se acreditan en juicio; después de 12 meses se sustituyen por un interés del 2% mensual sobre 15 meses de salario (Art. 48 LFT).

Revisa tu oferta antes de firmar

Si el patrón te ofrece una cantidad, compárala contra el total de esta página y pide el desglose por concepto. Cuando los números no coincidan, escríbele por WhatsApp a la Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA: revisa tu recibo y tu fecha de separación, calcula con tu salario integrado real y te dice si conviene conciliar o demandar.

Preguntas frecuentes

¿Cómo solicitar la prima de antigüedad si me despiden injustificadamente?+

Inclúyela como concepto expreso en la solicitud ante el Centro de Conciliación y en la demanda: 12 días por año, $14,400 con 2 años y $18,000 mensuales, dentro de los $107,388 totales. Aunque el despido resulte justificado, la prima se debe igual (Art. 162 fracción II LFT).

¿Cómo calcular los 20 días por año trabajado?+

Salario diario por 20 por años de servicio: $600.00 × 20 × 2 = $24,000. No tiene tope de salario y las fracciones de año se pagan en proporción.

¿Tengo derecho a liquidación sin contrato?+

Sí. La relación de trabajo existe aunque no haya contrato escrito (Arts. 20 y 21 LFT) y la falta del documento es imputable al patrón. Se prueba con recibos, depósitos o testigos, y los conceptos son los mismos: con $18,000 y 2 años, cerca de $107,388.

¿Cuál es la diferencia entre finiquito y liquidación?+

Liquidación es finiquito más indemnización. Con $18,000 y 2 años, un finiquito por renuncia rondaría $14,988; la liquidación por despido injustificado llega a $107,388 porque suma tres meses y 20 días por año.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un finiquito incorrecto?+

Para la acción por despido, dos meses desde la separación (Art. 518 LFT); con 2 años eso cubre los $107,388 de la tabla. Para reclamar diferencias de prestaciones ya devengadas, como los $14,988 de proporcionales de esta página, el plazo general es de un año (Art. 516 LFT).

¿Puedo ir a conciliación si ya firmé la renuncia?+

Sí. La firma de una renuncia o de un finiquito no impide reclamar; si demuestras que fue forzada o que faltaron conceptos, puedes exigir la diferencia frente a los $107,388 que corresponden con 2 años. Los derechos laborales son irrenunciables (Art. 33 LFT).

Sigue leyendo

Importante: Estimación con las reglas generales de la Ley Federal del Trabajo y supuestos declarados. Se calcula sobre el salario diario nominal, que es el que puedes verificar en tu recibo; la versión sobre salario diario integrado, que es la base del Art. 89 LFT y arroja un importe mayor, se explica en las páginas de salario diario integrado. Las prestaciones extralegales y la fecha exacta de separación también modifican el resultado. No sustituye una asesoría legal.

Fuentes

A
Abogada titular · 34 años de experiencia jurídica · Actualizado 2026-09-02
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Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede

La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre liquidación por despido con salario de $18,000 y 2 años de antigüedad y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.