Liquidación por despido injustificado en Tabasco (2026)
Tabasco cuenta con 1 sede del Centro de Conciliación Laboral local según el directorio oficial de la STPS, y ahí se presenta la solicitud de conciliación obligatoria por despido (Art. 684-B LFT). En la entidad rige el salario mínimo general de $315.04 diarios, por lo que la prima de antigüedad se topa en $630.08 diarios (Arts. 162 y 486 LFT). El resto de la liquidación, tres meses y 20 días por año, se calcula con el salario real y debe reclamarse dentro de dos meses (Art. 518).
| Sede | Domicilio | Teléfono |
|---|---|---|
| Sede Centro | Calle Juárez 111, Col. Centro, Villahermosa, C.P. 86000. | (993) 412 2347 |
El Centro de Conciliación Laboral de Tabasco concentra su atención en una sola sede, Centro, según el directorio que publica la STPS. Eso simplifica la logística, porque no hay duda de dónde presentar la solicitud, pero obliga a los tabasqueños que viven lejos de Villahermosa a prever el traslado o a resolver la audiencia por medios electrónicos cuando la sede lo permite.
En Tabasco aplica un solo salario mínimo, el general de $315.04 diarios que fijó la CONASAMI para 2026, porque ningún municipio de la entidad forma parte de la Zona Libre de la Frontera Norte. Esa es la referencia que usa el Art. 162 LFT para topar la prima de antigüedad en dos salarios mínimos, es decir $630.08 diarios, y también la que define el piso salarial de cualquier reclamo.
Los conceptos de la liquidación no cambian de un estado a otro: la Ley Federal del Trabajo es de aplicación nacional. Esta página no repite ese cálculo, sino que reúne lo que sí es local: el directorio oficial de sedes de conciliación y tribunales laborales de Tabasco publicado por la STPS, y el salario mínimo aplicable según la Resolución de la CONASAMI publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Qué cambia en Tabasco: salario mínimo y tope de la prima
Un ejemplo aterriza el efecto del tope. Con $20,000 mensuales, es decir $666.67 diarios, y 5 años de servicio, la prima de antigüedad en Tabasco es de $37,805: el Art. 162 LFT obliga a calcularla sobre $630.08 diarios y no sobre el salario real. Si en la entidad rigiera el mínimo fronterizo de $440.87, la misma prima sería de $40,000, pero ese supuesto no aplica a ningún municipio tabasqueño.
Fuera del salario mínimo, la ley aplicable es idéntica en toda la República. Ninguna legislatura estatal puede modificar los conceptos de una liquidación, porque la materia laboral es federal por mandato del Art. 123 apartado A constitucional. Por eso no existe una "liquidación de Tabasco" distinta a la del resto del país: existe la misma fórmula con un directorio y un salario mínimo locales.
| Área geográfica | Salario mínimo diario | Tope de la prima (2 mínimos) | Prima con $20,000 y 5 años |
|---|---|---|---|
| Salario mínimo general | $315.04 | $630.08 | $37,805 |
Dónde presentar la solicitud de conciliación en Tabasco
La ventanilla es una sola: Centro. Ahí entra toda solicitud de conciliación laboral de competencia local en la entidad, sin costo y sin necesidad de abogado, aunque llegar con el desglose calculado cambia la negociación. Prepara identificación, nombre y domicilio del patrón, fecha de ingreso, fecha de despido y comprobantes del salario.
Tribunales laborales y conciliación federal en Tabasco
Si la audiencia no termina en convenio, el Centro entrega la constancia de no conciliación y el asunto pasa al Tribunal Laboral. En Tabasco el directorio de la STPS registra 3 tribunales laborales locales y 1 sede federal; la primera de las locales es Centro. Ahí se presenta la demanda con los mismos conceptos que se reclamaron en conciliación, más los salarios caídos, que solo se generan en juicio y se topan a 12 meses (Art. 48 LFT).
| Instancia | Sede | Domicilio | Teléfono |
|---|---|---|---|
| Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral | Sede Villahermosa | Calle Cuatro hoy Calle del Abogado 121, Piso 3, Col. José Narciso Rovirosa, Villahermosa Centro, C.P. 86050. | (993) 688 7997,(993 ) 688 9477 |
| Tribunal Laboral local | Sede Centro | Calle Juárez 111, Col. Centro, Villahermosa, C.P. 86000. | (993) 592 2780, ext. 4604 |
| Tribunal Laboral local | Sede Cunduacán | Calle Francisco I. Madero 62, Col. Cristal, Cunduacán, C.P. 86691. | (993) 592 2780, ext. 5141 |
| Tribunal Laboral local | Sede Macuspana | Blvd. Carlos A. Madrazo s/n, Col. Independencia, Macuspana, C.P. 86709. | (993) 592 2780, ext. 5137 |
| Tribunal Laboral federal | Sede Centro | Periférico Circuito Interior Carlos Pellicer Cámara 3302, Col. Carrizal, Villahermosa, C.P. 86108. | (993) 313 2090, ext. 1003 |
Plazo de dos meses y conciliación prejudicial obligatoria
Dos meses desde el despido para la acción de indemnización (Art. 518 LFT) y un año para las prestaciones devengadas (Art. 516). Ese contraste importa en Tabasco tanto como en cualquier entidad: quien deja pasar los dos meses puede seguir reclamando su aguinaldo y sus vacaciones, pero pierde los tres meses de salario y los 20 días por año. La solicitud de conciliación interrumpe el plazo.
Cómo te ayudamos en línea desde Tabasco
Atendemos a trabajadores de toda la República, incluidos los tabasqueños y los paisanos que ya viven fuera del país. Para empezar basta con platicarle tu caso por WhatsApp a la Lic. Angélica Rivera: ella lo revisa y te contesta sobre tres puntos concretos, el monto real con tu salario integrado, si la oferta del patrón conviene y cómo llegar preparado a la audiencia ante tu Centro de Conciliación.
Preguntas frecuentes
¿Cómo checar mi expediente en conciliación y arbitraje?+
Con el número de expediente que te entregan al presentar la solicitud, directamente en la sede donde lo iniciaste, por ejemplo al (993) 412 2347 de Sede Centro. El directorio de la STPS publica el domicilio y el teléfono de cada oficina de Tabasco, pero no un buscador único de expedientes, así que la consulta se hace ante el Centro que lleva tu asunto.
¿Qué es conciliación y arbitraje y para qué sirve?+
Es la etapa en la que se busca un arreglo antes del juicio. Es gratuita, obligatoria salvo excepciones como discriminación o acoso (Art. 685 Ter LFT) y debe concluir en 45 días naturales (Art. 684-E). Para un trabajador de Tabasco es la vía más corta para cobrar su liquidación; el juicio ante el Tribunal Laboral es el plan B.
¿Qué salario mínimo aplica en Tabasco para la prima de antigüedad?+
En toda la entidad aplica el salario mínimo general de $315.04 diarios que fijó la CONASAMI para 2026. De ahí sale el tope de la prima de antigüedad, $630.08 diarios (Arts. 162 y 486 LFT). El mínimo fronterizo de $440.87 no alcanza a ningún municipio tabasqueño.
¿Dónde queda conciliación y arbitraje en Tabasco?+
Hoy se llama Centro de Conciliación Laboral y en Tabasco tiene 1 sede según el directorio oficial de la STPS: Sede Centro, en Calle Juárez 111, Col. Centro, Villahermosa, C.P. 86000. Como es la única oficina local de la entidad, ahí se presenta cualquier solicitud de competencia local.
¿Puedo ir a conciliación y arbitraje sin abogado?+
Sí, la audiencia de conciliación no requiere abogado y el servicio del Centro es gratuito. El riesgo no es formal sino de monto: el convenio que se firma tiene efectos de sentencia y ya no se puede reabrir. Por eso conviene revisar el cálculo antes de la cita, sobre todo si tienes antigüedad larga o salario alto.
¿Cuándo abre conciliación y arbitraje?+
Los horarios no forman parte del directorio de la STPS, así que la única respuesta honesta es que los confirmes por teléfono con la sede que atiende tu municipio. En la tabla de esta página están los números publicados para Tabasco; algunas oficinas no reportan teléfono y en esos casos conviene acudir en horario de oficina.
¿Qué necesito llevar a conciliación y arbitraje?+
Identificación oficial, nombre y domicilio del patrón, fechas de ingreso y de separación, y pruebas del salario: recibos de nómina, estados de cuenta con los depósitos o contrato. En Tabasco el trámite es gratuito y no exige abogado, aunque llegar con el desglose por concepto calculado evita aceptar una oferta incompleta.
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Fuentes
- STPS, Reforma Laboral: directorio de sedes de Centros de Conciliación y Tribunales Laborales (locales y federales) (consultado el 2026-09-02)
- CONASAMI, Resolución del H. Consejo de Representantes que fija los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2026 (DOF 09-12-2025) (consultado el 2026-09-02)
- Ley Federal del Trabajo (Arts. 48, 50, 162, 486, 518, 684-B y 684-E) (consultado el 2026-09-02)
Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede
La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre liquidación por despido en Tabasco y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.