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219 notarios en el directorio CNFP · arancel moderno · capital Tuxtla Gutiérrez

Poder notarial en Chiapas: qué tipo necesitas y cómo se otorga en 2026

Respuesta rápida

En Chiapas el poder notarial se otorga en escritura pública ante cualquiera de los 219 notarios que lista el directorio del CNFP cuando es general o cuando el asunto excede de $315,040.00, mil veces el salario mínimo diario, conforme a los Arts. 2554 y 2555 del Código Civil Federal. Los honorarios se rigen por un tabulador vigente cuyo documento oficial es de 2012, así que puedes pedir al notario la partida aplicada y contrastarla con el texto publicado.

Notarios en el directorio CNFP de Chiapas219
Poder notarial en Chiapas: notariado y umbrales 2026
ConceptoDato en ChiapasFuente
Notarios en el directorio del CNFP219CNFP, directorio privado (referencia)
Régimen del arancel notarialarancel modernoPDF oficial del arancel del estado
Unidad en que se expresa el arancelpesosCNFP, índice de aranceles
Documento de arancel localizadopublicación de 2012PDF oficial del arancel del estado
Honorarios por poderse cotizan con el notario; esta página no publica cifrasin partida verificable en el dataset
Tope de la carta poder sin ratificar$315,040.00Art. 2556 CCF; 1,000 × salario mínimo diario 2026
Salario mínimo general diario 2026$315.04CONASAMI, DOF 09-12-2025
El número de notarios proviene de un directorio privado y se cita como referencia, no como padrón oficial. El tope de la carta poder se calcula con el salario mínimo general vigente; su lectura en UMA está pendiente de validación legal.
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Para chiapanecos que viven fuera del estado o del país, el poder notarial es la herramienta que permite resolver asuntos sin viajar: vender, cobrar, representar en juicio o firmar un trámite. El documento se otorga ante notario de Chiapas o se trae del extranjero ya apostillado, y en ambos casos termina en el protocolo de alguna de las notarías del estado, que el CNFP cuenta en 219.

El costo del poder lo fija el arancel de Chiapas, que está vigente y cuyo documento oficial localizado es de 2012. Esta página no publica una cifra de honorarios por poder porque la partida exacta depende del tipo de poder y de si se otorga en la notaría o fuera de ella; lo que sí puedes hacer es pedir que te señalen la partida en la cotización. El arancel de Chiapas se expresa directamente en pesos, lo que facilita contrastar la cotización con el texto publicado.

Antes de ir a la notaría conviene saber si de verdad la necesitas. Para un trámite de cuantía menor a $315,040.00 basta la carta poder del Art. 2556 del Código Civil Federal; para vender, hipotecar, representar en juicio o administrar bienes en general, el Art. 2555 exige escritura pública. En Chiapas la regla es la misma que en el resto del país, porque proviene del Código Civil Federal y los códigos locales la reproducen.

Qué poder conviene según lo que necesitas en Chiapas

Elegir el poder es elegir hasta dónde llega la confianza. Para pleitos y cobranzas basta con que el apoderado pueda demandar y cobrar; para administración, además, que pueda rentar y contratar; para dominio, que pueda vender e hipotecar. Esa es la escala del Art. 2554 CCF, y un poder especial se queda en un acto concreto: firmar una escritura determinada, recoger un documento, representar en un trámite. Si vas a la notaría en Chiapas sin haber decidido esto, el notario te preguntará exactamente eso.

  • Vender o hipotecar una casa en Chiapas: poder general para actos de dominio, o especial limitado a ese inmueble, siempre en escritura pública (Arts. 2554 y 2555 fr. III CCF).
  • Cobrar rentas, deudas o un seguro: poder general para pleitos y cobranzas; si solo es un cobro concreto menor a $315,040.00, carta poder ante dos testigos (Art. 2556 CCF).
  • Llevar un juicio: poder general para pleitos y cobranzas con cláusula especial cuando el código local la exija para desistirse, transigir o absolver posiciones (Art. 2587 CCF).
  • Administrar un negocio o rentar inmuebles: poder general para actos de administración, que no autoriza vender.
  • Trámites ante dependencias, bancos o escuelas: poder especial o carta poder, según la cuantía y lo que exija la institución.

Honorarios notariales por un poder en Chiapas

En Chiapas existe tabulador vigente (documento oficial de 2012) y el honorario por un poder no es libre. No encontrarás aquí una cifra, porque la partida exacta depende del tipo de poder y del número de otorgantes; lo verificable es que el notario debe aplicarla y que puedes leerla en la publicación del estado.

Además del honorario, el poder genera gastos menores: copias certificadas o testimonios adicionales (uno por cada apoderado o institución que lo pida), y en algunos estados un derecho de registro cuando el poder se inscribe. El arancel de Chiapas se expresa directamente en pesos, lo que facilita contrastar la cotización con el texto publicado.

Carta poder simple o escritura pública: dónde está el límite

Antes de pagar una escritura revisa la cuantía. Si el asunto para el que das el poder vale menos de $315,040.00 (mil veces el salario mínimo diario de $315.04), una carta poder con dos testigos cumple el Art. 2556 del Código Civil Federal. Si vale más, si el poder es general o si el apoderado va a firmar algo que la ley exige en instrumento público, se aplica el Art. 2555 CCF y hace falta el notario.

Para chiapanecos, el consejo práctico es doble: usa la carta poder solo para trámites de cuantía claramente menor a $315,040.00 y donde la institución la acepte, y ve a la notaría para todo lo demás. Muchas dependencias y bancos piden poder notarial aunque la ley admita carta poder, y rechazarán el escrito privado sin más.

Otorgar el poder desde el extranjero para usarlo en Chiapas

Desde el extranjero el poder se otorga ante el cónsul mexicano o ante notario local. En el consulado el documento sale listo para usarse en Chiapas; con notario extranjero hace falta la apostilla de La Haya (o legalización consular cuando el país no es parte de la Convención), traducción al español por perito autorizado y protocolización en una notaría mexicana. El Protocolo de Washington de 1940 sobre uniformidad del régimen legal de los poderes rige la forma cuando el país de origen lo ha ratificado.

  • Consulado mexicano: cita en el portal de la SRE, identificación vigente, datos completos del apoderado y facultades. El poder nace mexicano y no requiere apostilla.
  • Notario extranjero: redactar el poder (de preferencia bilingüe o con traducción), firmar ante notario, apostillar (Convención de La Haya) o legalizar por vía consular.
  • Protocolización en México: un notario de Chiapas o de cualquier estado protocoliza el poder apostillado y traducido, y expide testimonio para su uso.
  • Especificar el inmueble o el asunto: un poder para vender debe identificar el bien, el precio mínimo si se quiere y el plazo, para evitar que el registro lo rechace.
  • Vigencia: salvo plazo expreso, el poder dura hasta su revocación o la muerte de alguna de las partes (Art. 2595 CCF).

Vigencia y revocación del poder

La vigencia del poder la decide el poderdante. Puede acotarla a un plazo o a un acto, y si no lo hace el poder subsiste hasta que ocurre alguna de las causas del Art. 2595 del Código Civil Federal: revocación, renuncia, muerte, interdicción o conclusión del negocio. En Chiapas, un poder para vender que no se usó en años sigue vigente mientras ambas partes vivan, pero muchos compradores y notarios pedirán confirmación de que no fue revocado.

Revocar es un derecho del poderdante en cualquier momento (Art. 2596 CCF), salvo que el poder se haya pactado como irrevocable por ser condición de un contrato bilateral o medio para cumplir una obligación. Se hace ante notario, de preferencia el mismo que lo otorgó, y se notifica al apoderado; frente a terceros, la revocación surte efectos cuando la conocen, así que conviene avisar a bancos, registros e instituciones donde el poder se haya usado.

Cómo te ayudamos desde RIVENZA, en línea

Elegir mal el poder cuesta una segunda escritura y, a veces, una venta caída. Escríbele por WhatsApp a la Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, cuéntale para qué lo necesitas y quién será el apoderado; ella te dice qué poder procede, qué límites conviene poner y cómo otorgarlo desde donde estés. Gestionamos el acompañamiento con precio cerrado por adelantado.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta un poder notarial en Chiapas?+

Lo fija el arancel notarial de Chiapas, que está vigente (documento de 2012). La partida distingue poder general y especial, así que el importe se pide al notario con la referencia del arancel; esta página no publica cifra porque el dataset no trae esa partida.

¿Qué poder necesito para vender una casa en Chiapas?+

Poder para actos de dominio en escritura pública. Conviene limitarlo al inmueble concreto, con precio mínimo y plazo, para proteger al poderdante. Lo autoriza un notario de Chiapas o, si estás fuera, el consulado mexicano.

¿El apoderado puede hacer lo que quiera con el poder?+

No. Debe sujetarse a las instrucciones del poderdante y, en lo no previsto, actuar como lo haría un buen administrador (Arts. 2562 y 2563 CCF); responde de los daños que cause por exceso o negligencia (Art. 2568 CCF). Por eso conviene limitar el poder a un bien, un acto o un plazo cuando se otorga en Chiapas.

¿Cuánto dura un poder notarial?+

No caduca por el tiempo salvo plazo expreso. Termina por las causas del Art. 2595 del Código Civil Federal, sobre todo la revocación y la muerte del poderdante. Un poder de hace años sigue vigente en Chiapas si ambas partes viven y no se revocó.

¿Qué pasa con el poder cuando muere el poderdante?+

El poder termina con la muerte del poderdante o del apoderado, salvo los casos en que la ley obliga al apoderado a concluir lo urgente. Por eso en Chiapas los notarios piden acreditar que el poderdante vive antes de una compraventa con apoderado.

¿Cómo otorgo un poder desde el extranjero para usarlo en Chiapas?+

Ante el consulado mexicano, donde el cónsul actúa como notario y el poder sale listo para usarse en Chiapas; o ante notario del país donde vives, con apostilla de La Haya (o legalización consular), traducción por perito y protocolización ante notario mexicano. El Protocolo de Washington de 1940 uniforma la forma entre los países que lo ratificaron.

¿Un poder otorgado en otro estado vale en Chiapas?+

Sí. Los actos públicos de un estado tienen entera fe en los demás (Art. 121 fr. I de la Constitución), así que un poder otorgado ante notario de otra entidad se usa en Chiapas sin protocolizar. Algunos registros piden que el poder para actos de dominio se inscriba localmente; el notario de Chiapas te lo dirá.

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Importante: Información general con datos publicados a la fecha de consulta. Los honorarios notariales los fija cada notaría conforme al arancel de su estado y aquí no se estiman; el tope de la carta poder se calcula con el salario mínimo general vigente y su lectura en UMA está pendiente de validación. No sustituye una asesoría sobre tu caso.

Fuentes

A
Abogada titular · 34 años de experiencia jurídica · Actualizado 2026-10-14
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Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede

La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre poder notarial en Chiapas y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.