RIVENZA
Arts. 2398 y 1843 CCF · renta total $600,000 · uso habitacional

Contrato de arrendamiento de $25,000 mensuales a 24 meses (dos años): cifras, cláusulas y garantías

Respuesta rápida

Con $25,000 de renta al mes y 24 meses (dos años) de vigencia, la renta total del contrato es de $600,000, y el plazo cabe de sobra en el máximo de 10 años para casa habitación del Art. 2398 del Código Civil Federal. En la práctica se pide un mes de depósito ($25,000), aunque ningún artículo del código lo exige; al año la renta suma $300,000. Dos datos más que cambian con la renta: una empresa arrendataria retiene $2,500 de ISR cada mes (10%, Art. 116 LISR), y una renta de $25,000 atrasada un mes genera $187.50 de interés legal al 9% anual (Art. 2395 CCF) si no se pactó otro.

Renta total a 24 meses con $25,000$600,000
Cifras de un contrato de arrendamiento habitacional de $25,000 mensuales a 24 meses (dos años)
ConceptoCálculoMontoFundamento
Renta mensual pactadadato del contrato$25,000Art. 2399 CCF: la renta puede consistir en una suma de dinero
Depósito en garantía usual1 mensualidad$25,000práctica de mercado, no ley: el CCF no fija su monto
Renta anual$25,000 × 12$300,000aritmética sobre la renta pactada
Renta total de la vigencia (24 meses)$25,000 × 24$600,000obligación principal del arrendatario
Pena convencional de ejemplo por desocupación anticipada1 mensualidad (pacto usual)$25,000Art. 1843 del Código Civil Federal: nunca mayor a la obligación principal
Tope legal de la pena convencionaligual a la obligación principal (renta total)$600,000Art. 1843 del Código Civil Federal
Plazo máximo del arrendamiento10 años habitación, 15 años comercio24 meses: dentro del máximoArt. 2398 del Código Civil Federal
Retención de ISR si el arrendatario es persona moral (informativo)$25,000 × 10%$2,500 al mesArt. 116 de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Interés legal sobre una renta atrasada un mes (sin pacto)$25,000 × 9% ÷ 12$187.50Art. 2395 del Código Civil Federal
Cálculo con renta constante de $25,000 durante 24 meses, sin incrementos. El depósito de una mensualidad y la pena de una mensualidad son prácticas usuales, no obligaciones legales. El arrendamiento se rige por el código civil de la entidad donde está el inmueble.
Generador de contrato de arrendamientoCalcula el tuyo con tus datos

$25,000 mensuales colocan la vivienda en el segmento medio alto. En este rango se negocian cosas que en rentas menores se dan por hechas: quién paga mantenimiento, si se permiten mascotas, cómo se documenta el estado del inmueble con inventario fotográfico y qué pasa si el arrendatario necesita salir antes. La obligación total a 24 meses (dos años) es $600,000, y una salida anticipada mal pactada puede costar varias mensualidades.

Firmar dos años da estabilidad a ambas partes y obliga a resolver por escrito el incremento del segundo año. Los $600,000 de esta página se calculan con renta constante de $25,000; si el contrato pacta ajuste anual, el total real será mayor y la cláusula debe decir exactamente cómo se obtiene. Un contrato de 24 meses sin fórmula de incremento es una discusión programada para el mes trece.

Conviene separar lo que la ley manda de lo que el mercado acostumbra. Son ley el plazo máximo (Art. 2398 CCF), el tope de la pena convencional (Art. 1843 CCF), la retención de ISR a cargo de personas morales (Art. 116 LISR) y el interés legal del 9% (Art. 2395 CCF). Son costumbre el depósito de una mensualidad y la pena de un mes por salida anticipada. Esta página los distingue en cada fila.

Cláusulas que debe traer un contrato de $25,000 a 24 meses (dos años)

Un contrato de 24 meses (dos años) a $25,000 se sostiene o se cae por sus cláusulas. El Art. 2406 CCF exige la forma escrita; los Arts. 2412 y 2425 reparten las obligaciones de arrendador y arrendatario; y el resto (depósito, incremento, pena, entrega) es pacto. Si el contrato que te proponen omite alguno de los puntos de la lista, pide que se agregue antes de firmar.

Dos cláusulas merecen atención especial en este caso. La de incremento, porque a 24 meses (dos años) se aplicará al menos una vez y debe tener fórmula escrita. Y la de pena convencional, porque con renta total de $600,000 el Art. 1843 CCF marca ese techo y una pena de una mensualidad ($25,000) queda muy por debajo, mientras que una pena de "todas las rentas faltantes" roza el límite y se discute en juicio.

  • Partes e inmueble: nombres completos, identificaciones, dirección exacta y acreditación de que el arrendador es propietario o tiene poder para arrendar.
  • Renta y forma de pago: $25,000 mensuales, día de pago, cuenta o medio de pago y comprobante que hace las veces de recibo (Art. 2399 CCF).
  • Vigencia: 24 meses (dos años), con fecha de inicio y de terminación; qué pasa al vencer (termina sin aviso, se renueva por escrito o se vuelve indeterminado conforme al Art. 2478 CCF).
  • Depósito en garantía: monto (usualmente una mensualidad, $25,000), para qué sirve, cuándo y cómo se devuelve. No es renta anticipada.
  • Destino del inmueble: casa habitación; prohibición de subarrendar o ceder sin consentimiento escrito (Arts. 2425 fr. III y 2480 CCF).
  • Obligaciones del arrendador (Art. 2412 CCF): entregar en estado de servir, conservar y hacer reparaciones necesarias, no estorbar el uso.
  • Obligaciones del arrendatario (Art. 2425 CCF): pagar la renta, usar el inmueble conforme a lo pactado, responder de daños por su culpa; servicios a su cargo salvo pacto.
  • Incremento anual: fórmula o índice pactado y fecha de aplicación; sin porcentaje legal nacional, se escribe lo que las partes acuerden conforme al código civil del estado.
  • Pena convencional por desocupación anticipada o incumplimiento: monto pactado (ejemplo, una mensualidad de $25,000) sin exceder la obligación principal de $600,000 (Art. 1843 CCF).
  • Causas de rescisión (Art. 2489 CCF), entrega del inmueble con acta e inventario (Art. 2442 CCF) y tribunales competentes.

Garantías: depósito, fiador y póliza jurídica

Depósito: $25,000, es decir, un mes de renta, que es lo que el mercado acostumbra; el Código Civil Federal no lo exige ni lo tasa. Su función es responder por adeudos y daños al final, no por la renta corriente. Pacta por escrito en cuántos días se devuelve y contra qué documento (acta de entrega e inventario), porque la devolución del depósito es el conflicto más frecuente al terminar un arrendamiento.

El fiador u obligado solidario se obliga con el arrendatario a pagar rentas y daños (Arts. 2794 y siguientes CCF). El arrendador suele pedir que tenga un inmueble libre de gravamen en la misma ciudad, y el fiador debe entender que responde por $600,000 de renta total si el inquilino deja de pagar. La póliza jurídica es un producto privado: una empresa investiga al arrendatario y cubre el costo del juicio de desocupación; no es un seguro de rentas salvo que el contrato de la póliza lo diga.

Garantías usuales en un arrendamiento de $25,000 mensuales
GarantíaQué cubreMonto o referenciaFundamento
Depósito en garantíarentas vencidas, servicios y daños al entregar$25,000 (una mensualidad, práctica de mercado)pacto; el CCF no fija monto
Fiador u obligado solidariorentas y daños que el arrendatario no paguehasta $600,000 de renta total si se incumple desde el inicioArts. 2794 y siguientes CCF
Póliza jurídicagastos del juicio de desocupación; rentas caídas solo si la póliza lo incluyecosto según la empresa; se consulta con la aseguradora o despachocontrato privado, no regulado por el CCF
Las garantías se pactan; ninguna es obligatoria por ley. El contrato debe decir cuáles aplican, cuándo se liberan y qué documento acredita la entrega del inmueble.

Incremento anual de la renta en un contrato de 24 meses (dos años)

Dos años obligan a pactar el incremento del segundo. Esta página no sugiere porcentaje alguno porque no hay uno legal a nivel federal; el código civil de cada estado puede fijar un criterio para vivienda o dejarlo al acuerdo. Lo importante es que la cláusula tenga fórmula, fecha y mecánica de notificación, y que ambas partes sepan que los $600,000 calculados aquí crecerán en la medida del ajuste pactado.

Si el arrendador propone un porcentaje, pide que quede escrito con su fecha de aplicación; si propone un índice, que quede identificado con precisión (qué indicador, qué periodo). Después pásalo por la calculadora de incremento de renta para ver qué significa sobre $25,000 en el horizonte de 24 meses (dos años) y comparar con el $600,000 que suma la renta sin cambios.

Qué pasa si el inquilino no paga los $25,000: mora, interés y pena convencional

El atraso en la renta es la causa de rescisión más frecuente (Art. 2489 fr. I CCF) y la más sencilla de probar: basta el contrato y la falta de comprobantes de pago. Sobre los $25,000 vencidos corre el interés legal del 9% anual si nada se pactó (Art. 2395 CCF), $187.50 por un mes, o el moratorio convenido. El arrendador no puede cortar servicios ni cambiar cerraduras: el camino es judicial.

Pena e interés no son lo mismo y conviene que el contrato los distinga. El interés compensa el retraso en pagar $25,000; la pena convencional sanciona el incumplimiento (abandonar antes, usar el inmueble para otro fin, subarrendar). La pena tiene tope en la obligación principal, $600,000 aquí (Art. 1843 CCF), y se reduce si el incumplimiento fue parcial (Art. 1844 CCF). Una mensualidad, $25,000, es el estándar por desocupación anticipada.

Mora e incumplimiento con renta de $25,000
SupuestoConsecuenciaMonto de referenciaFundamento
Una renta atrasada un mes, sin pacto de interésinterés legal civil del 9% anual$187.50Art. 2395 del Código Civil Federal
Falta de pago de la rentael arrendador puede exigir la rescisión y el pago de lo adeudado$25,000 por cada mensualidad vencidaArts. 2425 fr. I y 2489 fr. I CCF
Desocupación anticipada con pena pactada de una mensualidadse paga la pena convenida$25,000pacto usual; Art. 1843 CCF
Tope de cualquier pena convencionalno puede exceder la obligación principal$600,000Art. 1843 del Código Civil Federal
Si el contrato pacta un interés moratorio distinto al legal, rige el pactado. El cobro y la desocupación se obtienen en juicio; el arrendador no puede desalojar por su cuenta.

Cómo termina un arrendamiento de 24 meses (dos años) y cómo se entrega el inmueble

El arrendamiento termina por las causas del Art. 2483 CCF: cumplimiento del plazo, convenio expreso, nulidad, rescisión, confusión, pérdida o destrucción del inmueble, expropiación o evicción. En un contrato de 24 meses (dos años) la causa normal es el vencimiento del plazo. Si al vencer el arrendatario sigue en el inmueble sin oposición y nada se pactó, la relación continúa sin plazo fijo y cualquiera de las partes puede darla por concluida con aviso escrito de quince días si el predio es urbano (Art. 2478 CCF).

Al terminar, el arrendatario devuelve el inmueble en el estado en que lo recibió salvo el deterioro por uso normal (Art. 2442 CCF), con llaves y comprobantes de servicios, y el arrendador devuelve el depósito de $25,000 descontando solo lo que el contrato permita y pueda acreditarse. Firma un acta de entrega con fotografías: es el documento que cierra la relación y evita que el depósito se convierta en pleito.

Cómo te ayudamos desde RIVENZA, en línea

Da igual si eres arrendador o arrendatario: la sesión con Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA, 34 años de experiencia jurídica, se hace por Meet o por teléfono y cubre el contrato completo de 24 meses (dos años). Si ya hay mora, un depósito que no regresa o un aviso de desocupación, también es el momento de revisarlo.

Puedes empezar con el generador de contrato de arrendamiento, que arma las cláusulas con tus datos (renta de $25,000, 24 meses (dos años), depósito, fiador). Después mándaselo por WhatsApp a Angélica para la revisión final: precio cerrado por adelantado y respuesta directa sobre qué conviene cambiar antes de firmar.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto suma un contrato de arrendamiento de $25,000 a 24 meses (dos años)?+

$600,000 de renta total: $25,000 por 24 meses, sin incrementos. La renta anual es $300,000. Esa suma es la obligación principal del arrendatario y, por el Art. 1843 CCF, el tope que ninguna pena convencional del contrato puede superar.

¿Es obligatorio dar un mes de depósito en una renta de $25,000?+

El depósito es pacto, no ley. $25,000, equivalente a un mes de los $25,000 de renta, es lo usual; algunos arrendadores piden dos. No es renta anticipada: cubre daños, servicios y rentas pendientes al entregar, y debe devolverse en el plazo que el contrato fije contra el acta de entrega.

¿Qué garantías puede pedirme el arrendador por una renta de $25,000?+

Depósito, fiador y póliza jurídica, solas o combinadas. El depósito usual es $25,000; el fiador responde con su patrimonio por rentas y daños, hasta $600,000 si el incumplimiento es total (Arts. 2794 y siguientes CCF); la póliza la contrata el arrendatario con una empresa y cubre el costo del juicio. Pide que el contrato diga cuándo se libera cada garantía.

¿Qué interés corre si me atraso en la renta de $25,000?+

El pactado en el contrato o, si no hay pacto, el interés legal civil del 9% anual (Art. 2395 CCF): $187.50 por una mensualidad de $25,000 atrasada un mes completo. Además, la falta de pago es causa de rescisión (Art. 2489 fr. I CCF), así que el riesgo real no es el interés sino perder el contrato.

¿Qué pasa si vence el contrato de 24 meses (dos años) y sigo pagando $25,000?+

Si el arrendador recibe la renta sin oposición y nada se pactó, el arrendamiento continúa sin plazo determinado y cualquiera de las partes puede terminarlo con aviso escrito de quince días en predio urbano (Art. 2478 CCF). Es una situación incómoda para ambos: mejor firmar la renovación por escrito con la nueva renta y el nuevo plazo.

¿Qué pena puede cobrarme el arrendador si dejo la casa antes de los 24 meses?+

La que el contrato pacte, con un límite: la pena convencional no puede exceder la obligación principal (Art. 1843 CCF), que aquí es la renta total de $600,000, y se reduce proporcionalmente si cumpliste en parte (Art. 1844 CCF). La práctica usual es una mensualidad, $25,000; "todas las rentas que faltan" se acerca al tope y suele moderarse en juicio.

¿Se puede firmar un arrendamiento de vivienda por más de 24 meses (dos años)?+

El Art. 2398 CCF permite hasta 10 años en vivienda y 15 en comercio, así que un contrato de 24 meses (dos años) puede ampliarse. Para vivienda, el Art. 2448-C CCF prevé además un mínimo de un año salvo pacto. Con $25,000 de renta, cada año adicional suma $300,000 a la obligación total.

Sigue leyendo

Importante: Cifras aritméticas sobre la renta capturada. El depósito de una mensualidad y la pena de una mensualidad son prácticas de mercado, no obligaciones legales; el tope de la pena convencional (Art. 1843 CCF), el plazo máximo (Art. 2398 CCF), la retención de ISR (Art. 116 LISR) y el interés legal (Art. 2395 CCF) sí salen de la ley. El arrendamiento se rige por el código civil de la entidad donde está el inmueble, que puede fijar reglas distintas. No sustituye una asesoría sobre tu caso.

Fuentes

A
Abogada titular · 34 años de experiencia jurídica · Actualizado 2026-10-14
Habla con la abogada titular

Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede

La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre un contrato de arrendamiento de $25,000 mensuales a 24 meses y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.