Asociación Civil (A.C.): qué es y cómo se constituye
La Asociación Civil (A.C.) admite 2 o más socios (Art. 2670 CCF), sin máximo legal, y requiere notario (Art. 2671 CCF). En la ley se define como reunión no transitoria de varios individuos para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico (Art. 2670 CCF). Se inscribe en el Registro Público de la Propiedad (Art. 2673 CCF). Responsabilidad de los socios: los asociados no responden personalmente de las deudas de la asociación; aportan cuotas y no reciben utilidades.
| Concepto | Asociación civil | Fundamento |
|---|---|---|
| Ley que la regula | Código Civil Federal, Arts. 2670 a 2687 | CCF |
| Socios | 2 o más | Art. 2670 CCF (varios individuos) |
| Quién puede ser socio | Personas físicas y personas morales que compartan el fin no lucrativo; se llaman asociados, no socios. | CCF |
| Responsabilidad | Los asociados no responden personalmente de las deudas de la asociación; aportan cuotas y no reciben utilidades. | Código Civil Federal (asociación civil) |
| Administración | Director o directores, o un consejo directivo, con las facultades que fijen los estatutos. | Art. 2674 CCF |
| Órgano supremo | Asamblea general de asociados, poder supremo de la asociación; cada asociado tiene un voto y la asamblea solo resuelve los asuntos del orden del día. | Arts. 2674, 2677 y 2678 CCF |
| Capital | Patrimonio formado por cuotas y donativos; no hay capital social ni reparto de utilidades, y al disolverse los asociados solo pueden recibir el equivalente a sus aportaciones: el resto de los bienes pasa a otra asociación o fundación de objeto similar. | Art. 2686 CCF |
| Exhibición al constituir | la ley no fija porcentaje | CCF |
| Fedatario | sí: notario público | Art. 2671 CCF |
| Inscripción | Registro Público de la Propiedad | Art. 2673 CCF |
| Tope de ingresos | no hay tope legal de ingresos | CCF |
En la ley, la asociación civil se define como reunión no transitoria de varios individuos para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico (Art. 2670 CCF). Pueden ser socios: personas físicas y personas morales que compartan el fin no lucrativo; se llaman asociados, no socios.
Para constituirla: el contrato debe constar por escrito y, en la práctica, se otorga en escritura pública ante notario para poder inscribirlo y obtener RFC. Se inscribe en el Registro Público de la Propiedad del estado para producir efectos contra terceros; si busca recibir donativos deducibles necesita además autorización del SAT.
La asociación civil reúne a personas para un fin común que no sea preponderantemente económico (Art. 2670 CCF): fundaciones, clubes, colectivos y agrupaciones. No reparte utilidades y, al disolverse, sus asociados solo pueden recibir el equivalente a sus aportaciones (Art. 2686 CCF), así que no sirve para un negocio.
Ventajas de la asociación civil
Estas son las ventajas de la asociación civil frente a las demás figuras, con su fundamento en el Código Civil Federal (Arts. 2670 a 2687) cuando lo hay. La principal: figura adecuada para fines sociales, culturales, deportivos, religiosos o de beneficencia sin ánimo de lucro (Art. 2670 CCF).
- Figura adecuada para fines sociales, culturales, deportivos, religiosos o de beneficencia sin ánimo de lucro (Art. 2670 CCF).
- Puede solicitar al SAT autorización como donataria para recibir donativos deducibles.
- Gobierno democrático: un voto por asociado y asamblea como poder supremo (Arts. 2674 y 2678 CCF).
- Los asociados no responden personalmente de las deudas de la asociación.
Desventajas y límites de la asociación civil
El límite que más pesa al elegir la asociación civil es este: no puede repartir utilidades: no sirve para un negocio (Art. 2670 CCF). Conviene leerlo junto con tus planes de crecimiento antes de constituir, porque cambiar de figura después implica transformación, nueva escritura e inscripción.
- No puede repartir utilidades: no sirve para un negocio (Art. 2670 CCF).
- Al disolverse, los asociados solo pueden recibir el equivalente a sus aportaciones y el resto de los bienes pasa a otra asociación o fundación de objeto similar (Art. 2686 CCF).
- Requiere escritura ante notario e inscripción en el Registro Público de la Propiedad del estado.
- Obligaciones fiscales y de transparencia si obtiene la autorización de donataria.
Para quién conviene la asociación civil
Por sus reglas legales, la asociación civil encaja sobre todo en este perfil: fundación, colectivo o proyecto social que busca donativos y no reparte ganancias. Si el tuyo no coincide con los casos de la lista, el selector de figura societaria compara las seis opciones con tus datos.
- Fundación, colectivo o proyecto social que busca donativos y no reparte ganancias.
- Club deportivo, asociación de vecinos, agrupación cultural o religiosa.
- Asociación de padres de familia, egresados o profesionistas sin fin lucrativo.
Administración, asamblea y capital de la asociación civil
Administración: director o directores, o un consejo directivo, con las facultades que fijen los estatutos (Art. 2674 CCF).
Órgano supremo: asamblea general de asociados, poder supremo de la asociación; cada asociado tiene un voto y la asamblea solo resuelve los asuntos del orden del día (Arts. 2674, 2677 y 2678 CCF).
Capital: patrimonio formado por cuotas y donativos; no hay capital social ni reparto de utilidades, y al disolverse los asociados solo pueden recibir el equivalente a sus aportaciones: el resto de los bienes pasa a otra asociación o fundación de objeto similar (Art. 2686 CCF).
Cómo se constituye una asociación civil
El contrato debe constar por escrito y, en la práctica, se otorga en escritura pública ante notario para poder inscribirlo y obtener RFC (Art. 2671 CCF).
Se inscribe en el Registro Público de la Propiedad del estado para producir efectos contra terceros; si busca recibir donativos deducibles necesita además autorización del SAT (Art. 2673 CCF).
- Define el fin común no preponderantemente económico (Art. 2670 CCF).
- Redacta estatutos con asamblea general, director o consejo directivo y derechos de los asociados (Arts. 2674 a 2678 CCF).
- Otórgalos por escrito ante notario (Art. 2671 CCF).
- Inscribe los estatutos en el Registro Público del estado para que surtan efectos contra terceros (Art. 2673 CCF).
- Alta en el RFC y, si buscarás donativos deducibles, solicitud de autorización como donataria ante el SAT.
Cómo te ayudamos desde RIVENZA
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Preguntas frecuentes
¿Cuántos socios necesita una asociación civil?+
2 o más socios. Pueden serlo: personas físicas y personas morales que compartan el fin no lucrativo; se llaman asociados, no socios. Fundamento del mínimo: Art. 2670 CCF (varios individuos); la ley no fija máximo.
¿La asociación civil necesita notario?+
Sí. El contrato debe constar por escrito y, en la práctica, se otorga en escritura pública ante notario para poder inscribirlo y obtener RFC (Art. 2671 CCF).
¿Cómo responden los socios de una asociación civil por las deudas?+
Los asociados no responden personalmente de las deudas de la asociación; aportan cuotas y no reciben utilidades (Código Civil Federal (asociación civil)). Por eso la asociación civil sirve para separar el patrimonio personal del proyecto.
¿Quién administra una asociación civil?+
Director o directores, o un consejo directivo, con las facultades que fijen los estatutos (Art. 2674 CCF). Por encima está el órgano supremo: asamblea general de asociados, poder supremo de la asociación; cada asociado tiene un voto y la asamblea solo resuelve los asuntos del orden del día (Arts. 2674, 2677 y 2678 CCF).
¿Cuál es el capital mínimo de una asociación civil?+
Patrimonio formado por cuotas y donativos; no hay capital social ni reparto de utilidades, y al disolverse los asociados solo pueden recibir el equivalente a sus aportaciones: el resto de los bienes pasa a otra asociación o fundación de objeto similar (Art. 2686 CCF). El Código Civil Federal no fija un porcentaje mínimo de exhibición al constituir.
¿Dónde se inscribe una asociación civil?+
En el Registro Público de la Propiedad. Se inscribe en el Registro Público de la Propiedad del estado para producir efectos contra terceros; si busca recibir donativos deducibles necesita además autorización del SAT (Art. 2673 CCF).
¿Para quién conviene una asociación civil?+
Fundación, colectivo o proyecto social que busca donativos y no reparte ganancias. Club deportivo, asociación de vecinos, agrupación cultural o religiosa. Asociación de padres de familia, egresados o profesionistas sin fin lucrativo. Si dudas entre esta y otra figura, el selector de figura societaria ordena las opciones según socios, inversión y fin.
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Fuentes
- Código Civil Federal (asociación civil Arts. 2670 a 2687; sociedad civil Arts. 2688 a 2735) (consultado el 2026-10-14)
- Código de Comercio (Registro Público de Comercio, Arts. 18 a 21) (consultado el 2026-10-14)
- Ley General de Sociedades Mercantiles (Arts. 5, 6, 58 a 86, 87 a 206 y 260 a 273) (consultado el 2026-10-14)
Elegimos la figura contigo y coordinamos la escritura y el registro
Revisamos socios, giro y planes de inversión antes de elegir entre SAS, SA de CV, S de RL o una figura civil; redactamos estatutos a la medida y coordinamos al fedatario y la inscripción en el Registro Público de Comercio. La abogada titular revisa cada caso.
Honorarios con precio cerrado por adelantado. Los derechos del registro y los honorarios del fedatario se cotizan aparte según el estado.