Pensión alimenticia del 15% con ingreso de $15,000: cuánto es al mes, por quincena y por semana
Si el juez fija el 15% de un ingreso neto de $15,000, la pensión alimenticia es de $2,250 al mes, $1,125 por quincena y $27,000 al año, bajo el principio de proporcionalidad del Art. 311 del Código Civil Federal. Es el piso de la referencia judicial de 15% a 30% por acreedor.
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Pensión mensual | $15,000 × 15% | $2,250 |
| Pensión por quincena | $2,250 / 2 | $1,125 |
| Pensión por semana | $27,000 / 52 | $519.23 |
| Pensión anual | $2,250 × 12 | $27,000 |
| Equivalente diario | $2,250 / 30.4 | $74.01 |
| Queda al deudor al mes | $15,000 menos $2,250 | $12,750 |
| Margen hasta el tope prudente del 50% | $7,500 menos $2,250 | $5,250 |
| Equivalencia en UMA mensuales 2026 | $2,250 / $3,566.22 | 0.63 UMA |
Un 15% se considera el extremo bajo de la práctica: la referencia judicial va de 15% a 30% del ingreso neto por acreedor, y $2,250 sobre $15,000 está justo en el arranque. Que sea el piso no lo vuelve el monto correcto por defecto; lo correcto es lo que alcance a cubrir la necesidad probada sin dejar sin sustento al deudor.
Con $15,000 netos, descontar $2,250 deja $12,750 al deudor, por encima del equivalente mensual del salario mínimo 2026 ($9,582.47). En este tramo el debate suele girar menos en la capacidad de pago y más en cuánto cuestan de verdad la escuela, la salud y la vivienda del acreedor.
Con la referencia de 15% a 30% por acreedor, el 15% solo encaja para un hijo: dos hijos ya sumarían al menos 30% del ingreso. Si la pensión de $2,250 tuviera que cubrir a dos, cada uno recibiría $1,125, por debajo del mínimo usual, y eso es argumento para pedir un ajuste.
Cómo se ubica el 15% frente al rango de 15 a 30% por acreedor
La práctica de los juzgados familiares traduce la proporcionalidad del Art. 311 CCF a una franja de 15% a 30% del ingreso neto por cada acreedor, con un techo prudente del 50% del ingreso total para que el deudor conserve su sustento. Sobre $15,000, esa franja va de $2,250 a $4,500 por hijo, y el 15% de esta página son $2,250.
| Porcentaje | Al mes | Por quincena | Queda al deudor |
|---|---|---|---|
| 15% (esta página) | $2,250 | $1,125 | $12,750 |
| 20% | $3,000 | $1,500 | $12,000 |
| 25% | $3,750 | $1,875 | $11,250 |
| 30% | $4,500 | $2,250 | $10,500 |
Porcentaje o cantidad fija: 15% o $2,250 al mes
Fijar 15% en lugar de $2,250 fijos cambia cómo envejece la pensión. Con porcentaje, cada aumento de sueldo se refleja solo; con cantidad fija, la actualización depende del incremento automático anual del Art. 311 CCF, que en el ámbito federal toma como mínimo el aumento porcentual del salario mínimo, salvo que el deudor pruebe que su ingreso no subió igual.
Con cantidad fija, el ajuste anual no es opcional: el Art. 311 CCF prevé un incremento automático mínimo. Tomando el aumento de 13% del salario mínimo general 2026 publicado por la CONASAMI, $2,250 pasarían a $2,542, a menos que el deudor demuestre que su ingreso no creció igual. El código de la Ciudad de México usa el INPC en lugar del salario mínimo.
Descuento vía nómina del 15%
Con porcentaje, el oficio al patrón dice qué percepciones abarca. Conviene que el convenio o la sentencia lo precisen: sueldo, aguinaldo, prima vacacional, bonos. Sobre $15,000 netos, el 15% ordinario son $1,125 por quincena, $2,250 al mes y $27,000 al año, más lo que corresponda de las prestaciones que el oficio incluya (Art. 110 fracción V LFT).
Qué le queda al deudor y cuándo el juez sube o baja el porcentaje
El juez sube el porcentaje cuando acredita gastos que el monto actual no cubre: una enfermedad, una colegiatura nueva, la entrada a la universidad. Lo baja cuando el deudor prueba una reducción real de ingresos o nuevas cargas alimentarias. En ambos casos se promueve un incidente ante el mismo juez, y mientras no haya resolución el 15% vigente, $2,250 al mes, se sigue debiendo.
La UMA 2026 vale $117.31 diarios y $3,566.22 al mes, y funciona como piso en entidades como la Ciudad de México cuando no se acredita lo que gana el deudor. Aquí el ingreso está declarado en $15,000, así que la pensión del 15% se calcula sobre él: $2,250, es decir 0.63 veces la UMA mensual.
Revisa el porcentaje antes de firmar o demandar
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Preguntas frecuentes
¿Puede el juez subir o bajar una pensión del 15%?+
Sí, por incidente, cuando cambian la necesidad del acreedor o la posibilidad del deudor (Art. 311 CCF). Mientras no haya resolución, los $2,250 mensuales que hoy representa el 15% de $15,000 se siguen debiendo.
¿El 15% se calcula sobre el sueldo bruto o neto?+
La práctica toma el ingreso neto comprobable. Con $15,000 netos, el 15% da $2,250 al mes; préstamos, créditos o tarjetas del deudor no reducen la base, porque los alimentos tienen preferencia sobre esas obligaciones.
¿Es mejor pedir el 15% o una cantidad fija?+
Con nómina comprobable de $15,000, el 15% sigue al sueldo y se cobra por descuento directo. Una cantidad fija de $2,250 da certeza si el ingreso es variable, y se actualiza cada año por el incremento automático del Art. 311 CCF.
¿Cuánto le queda al deudor con una pensión del 15% sobre $15,000?+
Le quedan $12,750 al mes. El equivalente mensual del salario mínimo general 2026 es de $9,582.47 según la CONASAMI, así que el remanente queda por encima de esa referencia; el juez la toma en cuenta para no dejar sin sustento a quien paga.
¿El 15% de pensión alimenticia es mucho o poco?+
Como referencia, es el piso de la referencia judicial por un acreedor. Con ingreso de $15,000, el 15% son $2,250 al mes; si los comprobantes de escuela y salud muestran que no alcanza, el acreedor puede pedir más dentro del criterio del Art. 311 CCF.
¿Cuánto me descuentan por quincena si la pensión es del 15%?+
Con un ingreso neto de $15,000, el patrón retiene $1,125 cada quincena por oficio del juez (Art. 110 fracción V de la Ley Federal del Trabajo). Si el oficio incluye aguinaldo o prima vacacional, también se descuenta el 15% de esas prestaciones.
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Fuentes
- Código Civil Federal (Arts. 302, 303, 308, 311, 315, 317 y 321) (consultado el 2026-09-02)
- INEGI, Unidad de Medida y Actualización 2026 (consultado el 2026-09-02)
- CONASAMI, Resolución del H. Consejo de Representantes que fija los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2026 (DOF 09-12-2025) (consultado el 2026-09-02)
- Ley Federal del Trabajo (Arts. 97, 110 fracción V y 112) (consultado el 2026-10-14)
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