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Arts. 2398 y 1843 CCF · renta total $720,000 · uso habitacional

Contrato de arrendamiento de $20,000 mensuales a 36 meses (tres años): cifras, cláusulas y garantías

Respuesta rápida

Con $20,000 de renta al mes y 36 meses (tres años) de vigencia, la renta total del contrato es de $720,000, y el plazo cabe de sobra en el máximo de 10 años para casa habitación del Art. 2398 del Código Civil Federal. El depósito usual es una mensualidad, $20,000, por práctica de mercado y no por ley; la renta anual es $240,000. Si el arrendatario es una persona moral, retiene 10% de ISR por renta ($2,000 al mes, Art. 116 LISR); si la renta se atrasa, el interés legal civil es del 9% anual (Art. 2395 CCF), $150.00 por una mensualidad vencida un mes.

Renta total a 36 meses con $20,000$720,000
Cifras de un contrato de arrendamiento habitacional de $20,000 mensuales a 36 meses (tres años)
ConceptoCálculoMontoFundamento
Renta mensual pactadadato del contrato$20,000Art. 2399 CCF: la renta puede consistir en una suma de dinero
Depósito en garantía usual1 mensualidad$20,000práctica de mercado, no ley: el CCF no fija su monto
Renta anual$20,000 × 12$240,000aritmética sobre la renta pactada
Renta total de la vigencia (36 meses)$20,000 × 36$720,000obligación principal del arrendatario
Pena convencional de ejemplo por desocupación anticipada1 mensualidad (pacto usual)$20,000Art. 1843 del Código Civil Federal: nunca mayor a la obligación principal
Tope legal de la pena convencionaligual a la obligación principal (renta total)$720,000Art. 1843 del Código Civil Federal
Plazo máximo del arrendamiento10 años habitación, 15 años comercio36 meses: dentro del máximoArt. 2398 del Código Civil Federal
Retención de ISR si el arrendatario es persona moral (informativo)$20,000 × 10%$2,000 al mesArt. 116 de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Interés legal sobre una renta atrasada un mes (sin pacto)$20,000 × 9% ÷ 12$150.00Art. 2395 del Código Civil Federal
Cálculo con renta constante de $20,000 durante 36 meses, sin incrementos. El depósito de una mensualidad y la pena de una mensualidad son prácticas usuales, no obligaciones legales. El arrendamiento se rige por el código civil de la entidad donde está el inmueble.
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$20,000 mensuales colocan la vivienda en el segmento medio alto. En este rango se negocian cosas que en rentas menores se dan por hechas: quién paga mantenimiento, si se permiten mascotas, cómo se documenta el estado del inmueble con inventario fotográfico y qué pasa si el arrendatario necesita salir antes. La obligación total a 36 meses (tres años) es $720,000, y una salida anticipada mal pactada puede costar varias mensualidades.

Tres años de contrato a $20,000 suman $720,000 sin contar incrementos, una suma que justifica cuidar cada cláusula. El plazo es legal (el límite habitacional es de 10 años, Art. 2398 CCF), pero hay que prever qué pasa si alguna de las partes necesita salir antes: la pena por desocupación anticipada se pacta, y por el Art. 1843 CCF nunca puede exceder la obligación principal.

Conviene separar lo que la ley manda de lo que el mercado acostumbra. Son ley el plazo máximo (Art. 2398 CCF), el tope de la pena convencional (Art. 1843 CCF), la retención de ISR a cargo de personas morales (Art. 116 LISR) y el interés legal del 9% (Art. 2395 CCF). Son costumbre el depósito de una mensualidad y la pena de un mes por salida anticipada. Esta página los distingue en cada fila.

Cláusulas que debe traer un contrato de $20,000 a 36 meses (tres años)

No hay contrato bueno sin cláusulas completas. Para una renta de $20,000 con vigencia de 36 meses (tres años), el documento debe identificar partes e inmueble, fijar renta y forma de pago, vigencia, depósito, destino, obligaciones de cada parte, reparaciones, causas de rescisión, pena convencional dentro del tope legal, entrega y jurisdicción. Nuestro generador arma ese articulado con tus datos.

Lo que no está escrito no existe cuando hay conflicto. Si el arrendador prometió pintar antes de la entrega, que conste; si el arrendatario puede tener mascota, que conste; si el depósito de $20,000 se devuelve en quince días, que conste. Sobre $720,000 de renta total, cada promesa verbal es dinero en riesgo, y la pena convencional pactada debe respetar el tope del Art. 1843 CCF.

  • Partes e inmueble: nombres completos, identificaciones, dirección exacta y acreditación de que el arrendador es propietario o tiene poder para arrendar.
  • Renta y forma de pago: $20,000 mensuales, día de pago, cuenta o medio de pago y comprobante que hace las veces de recibo (Art. 2399 CCF).
  • Vigencia: 36 meses (tres años), con fecha de inicio y de terminación; qué pasa al vencer (termina sin aviso, se renueva por escrito o se vuelve indeterminado conforme al Art. 2478 CCF).
  • Depósito en garantía: monto (usualmente una mensualidad, $20,000), para qué sirve, cuándo y cómo se devuelve. No es renta anticipada.
  • Destino del inmueble: casa habitación; prohibición de subarrendar o ceder sin consentimiento escrito (Arts. 2425 fr. III y 2480 CCF).
  • Obligaciones del arrendador (Art. 2412 CCF): entregar en estado de servir, conservar y hacer reparaciones necesarias, no estorbar el uso.
  • Obligaciones del arrendatario (Art. 2425 CCF): pagar la renta, usar el inmueble conforme a lo pactado, responder de daños por su culpa; servicios a su cargo salvo pacto.
  • Incremento anual: fórmula o índice pactado y fecha de aplicación; sin porcentaje legal nacional, se escribe lo que las partes acuerden conforme al código civil del estado.
  • Pena convencional por desocupación anticipada o incumplimiento: monto pactado (ejemplo, una mensualidad de $20,000) sin exceder la obligación principal de $720,000 (Art. 1843 CCF).
  • Causas de rescisión (Art. 2489 CCF), entrega del inmueble con acta e inventario (Art. 2442 CCF) y tribunales competentes.

Garantías: depósito, fiador y póliza jurídica

Depósito: $20,000, es decir, un mes de renta, que es lo que el mercado acostumbra; el Código Civil Federal no lo exige ni lo tasa. Su función es responder por adeudos y daños al final, no por la renta corriente. Pacta por escrito en cuántos días se devuelve y contra qué documento (acta de entrega e inventario), porque la devolución del depósito es el conflicto más frecuente al terminar un arrendamiento.

Tres garantías, tres funciones. El depósito ($20,000) cubre daños y pequeños adeudos al final. El fiador (Arts. 2794 y siguientes CCF) responde con su patrimonio por rentas y daños que el inquilino no pague. La póliza jurídica, contratada con una empresa privada, financia el juicio de desocupación y a veces las rentas vencidas. El arrendador elige según el riesgo; el arrendatario debe leer qué firma el fiador, porque la fianza sobrevive hasta la entrega del inmueble y el finiquito.

Garantías usuales en un arrendamiento de $20,000 mensuales
GarantíaQué cubreMonto o referenciaFundamento
Depósito en garantíarentas vencidas, servicios y daños al entregar$20,000 (una mensualidad, práctica de mercado)pacto; el CCF no fija monto
Fiador u obligado solidariorentas y daños que el arrendatario no paguehasta $720,000 de renta total si se incumple desde el inicioArts. 2794 y siguientes CCF
Póliza jurídicagastos del juicio de desocupación; rentas caídas solo si la póliza lo incluyecosto según la empresa; se consulta con la aseguradora o despachocontrato privado, no regulado por el CCF
Las garantías se pactan; ninguna es obligatoria por ley. El contrato debe decir cuáles aplican, cuándo se liberan y qué documento acredita la entrega del inmueble.

Incremento anual de la renta en un contrato de 36 meses (tres años)

A 36 meses (tres años) el incremento anual pesa tanto como la renta inicial. Hay que escribir cómo se calcula en el mes trece y en el veinticinco, con un índice público o un porcentaje acordado, y quién notifica a quién y cuándo. Esta página no propone cifra porque no existe porcentaje legal nacional; el código civil del estado donde está el inmueble puede tener reglas para vivienda, y el resto es pacto. Sobre $20,000 constantes, el total es $720,000; con ajustes, será mayor.

Lo que no debe pasar es firmar una cláusula de incremento que remita a "lo que marque la ley": en materia federal no hay porcentaje y en la mayoría de los estados tampoco, así que la frase deja la renta en el aire. Escribe la regla, aplícala a $20,000 con la calculadora de incremento de renta y compara el resultado con el total de $720,000 que da la renta constante.

Qué pasa si el inquilino no paga los $20,000: mora, interés y pena convencional

El atraso en la renta es la causa de rescisión más frecuente (Art. 2489 fr. I CCF) y la más sencilla de probar: basta el contrato y la falta de comprobantes de pago. Sobre los $20,000 vencidos corre el interés legal del 9% anual si nada se pactó (Art. 2395 CCF), $150.00 por un mes, o el moratorio convenido. El arrendador no puede cortar servicios ni cambiar cerraduras: el camino es judicial.

Pena e interés no son lo mismo y conviene que el contrato los distinga. El interés compensa el retraso en pagar $20,000; la pena convencional sanciona el incumplimiento (abandonar antes, usar el inmueble para otro fin, subarrendar). La pena tiene tope en la obligación principal, $720,000 aquí (Art. 1843 CCF), y se reduce si el incumplimiento fue parcial (Art. 1844 CCF). Una mensualidad, $20,000, es el estándar por desocupación anticipada.

Mora e incumplimiento con renta de $20,000
SupuestoConsecuenciaMonto de referenciaFundamento
Una renta atrasada un mes, sin pacto de interésinterés legal civil del 9% anual$150.00Art. 2395 del Código Civil Federal
Falta de pago de la rentael arrendador puede exigir la rescisión y el pago de lo adeudado$20,000 por cada mensualidad vencidaArts. 2425 fr. I y 2489 fr. I CCF
Desocupación anticipada con pena pactada de una mensualidadse paga la pena convenida$20,000pacto usual; Art. 1843 CCF
Tope de cualquier pena convencionalno puede exceder la obligación principal$720,000Art. 1843 del Código Civil Federal
Si el contrato pacta un interés moratorio distinto al legal, rige el pactado. El cobro y la desocupación se obtienen en juicio; el arrendador no puede desalojar por su cuenta.

Cómo termina un arrendamiento de 36 meses (tres años) y cómo se entrega el inmueble

Hay una fecha de terminación escrita en el contrato y hay lo que pasa en la realidad. Lo pactado: 36 meses (tres años) desde la fecha de inicio. Lo que suele ocurrir: el inquilino sigue pagando $20,000 y el arrendador sigue cobrando, sin firmar nada. Esa continuidad convierte el arrendamiento en uno sin plazo determinado, que termina con aviso escrito de quince días de cualquiera de las partes (Art. 2478 CCF). Mejor renovar por escrito o pactar desde el inicio la prórroga.

Al terminar, el arrendatario devuelve el inmueble en el estado en que lo recibió salvo el deterioro por uso normal (Art. 2442 CCF), con llaves y comprobantes de servicios, y el arrendador devuelve el depósito de $20,000 descontando solo lo que el contrato permita y pueda acreditarse. Firma un acta de entrega con fotografías: es el documento que cierra la relación y evita que el depósito se convierta en pleito.

Cómo te ayudamos desde RIVENZA, en línea

Da igual si eres arrendador o arrendatario: la sesión con Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA, 34 años de experiencia jurídica, se hace por Meet o por teléfono y cubre el contrato completo de 36 meses (tres años). Si ya hay mora, un depósito que no regresa o un aviso de desocupación, también es el momento de revisarlo.

Puedes empezar con el generador de contrato de arrendamiento, que arma las cláusulas con tus datos (renta de $20,000, 36 meses (tres años), depósito, fiador). Después mándaselo por WhatsApp a Angélica para la revisión final: precio cerrado por adelantado y respuesta directa sobre qué conviene cambiar antes de firmar.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto suma un contrato de arrendamiento de $20,000 a 36 meses (tres años)?+

$20,000 mensuales durante 36 meses son $720,000, con renta constante. Si el contrato pacta incremento anual, el total real será mayor. Al año la renta suma $240,000; el depósito usual, una mensualidad, $20,000.

¿Es obligatorio dar un mes de depósito en una renta de $20,000?+

El depósito es pacto, no ley. $20,000, equivalente a un mes de los $20,000 de renta, es lo usual; algunos arrendadores piden dos. No es renta anticipada: cubre daños, servicios y rentas pendientes al entregar, y debe devolverse en el plazo que el contrato fije contra el acta de entrega.

¿Una empresa que renta en $20,000 debe retener ISR al arrendador?+

Cuando quien paga la renta es una sociedad, retiene 10% de ISR por mandato del Art. 116 LISR: $2,000 de cada $20,000. No es un costo extra para la empresa ni una pérdida para el arrendador, que lo acredita contra su impuesto anual, pero cambia el flujo mensual (recibe $18,000) y debe constar en el contrato.

¿Qué garantías puede pedirme el arrendador por una renta de $20,000?+

Depósito, fiador y póliza jurídica, solas o combinadas. El depósito usual es $20,000; el fiador responde con su patrimonio por rentas y daños, hasta $720,000 si el incumplimiento es total (Arts. 2794 y siguientes CCF); la póliza la contrata el arrendatario con una empresa y cubre el costo del juicio. Pide que el contrato diga cuándo se libera cada garantía.

¿Qué interés corre si me atraso en la renta de $20,000?+

El pactado en el contrato o, si no hay pacto, el interés legal civil del 9% anual (Art. 2395 CCF): $150.00 por una mensualidad de $20,000 atrasada un mes completo. Además, la falta de pago es causa de rescisión (Art. 2489 fr. I CCF), así que el riesgo real no es el interés sino perder el contrato.

¿Qué pasa si vence el contrato de 36 meses (tres años) y sigo pagando $20,000?+

Si el arrendador recibe la renta sin oposición y nada se pactó, el arrendamiento continúa sin plazo determinado y cualquiera de las partes puede terminarlo con aviso escrito de quince días en predio urbano (Art. 2478 CCF). Es una situación incómoda para ambos: mejor firmar la renovación por escrito con la nueva renta y el nuevo plazo.

Sigue leyendo

Importante: Cifras aritméticas sobre la renta capturada. El depósito de una mensualidad y la pena de una mensualidad son prácticas de mercado, no obligaciones legales; el tope de la pena convencional (Art. 1843 CCF), el plazo máximo (Art. 2398 CCF), la retención de ISR (Art. 116 LISR) y el interés legal (Art. 2395 CCF) sí salen de la ley. El arrendamiento se rige por el código civil de la entidad donde está el inmueble, que puede fijar reglas distintas. No sustituye una asesoría sobre tu caso.

Fuentes

A
Abogada titular · 34 años de experiencia jurídica · Actualizado 2026-10-14
Habla con la abogada titular

Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede

La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre un contrato de arrendamiento de $20,000 mensuales a 36 meses y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.