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Arts. 2398 y 1843 CCF · renta total $216,000 · uso habitacional

Contrato de arrendamiento de $6,000 mensuales a 36 meses (tres años): cifras, cláusulas y garantías

Respuesta rápida

Un contrato de arrendamiento habitacional con renta de $6,000 mensuales y vigencia de 36 meses (tres años) suma $216,000 de renta total, dentro del plazo máximo de 10 años que fija el Art. 2398 del Código Civil Federal para inmuebles destinados a habitación. El depósito usual es una mensualidad, $6,000, por práctica de mercado y no por ley; la renta anual es $72,000. Cuando quien renta es una empresa, retiene $600 mensuales de ISR (10%, Art. 116 LISR). Y en mora, a falta de pacto, cada mensualidad de $6,000 que se retrasa un mes causa $45.00 de interés legal (9% anual, Art. 2395 CCF).

Renta total a 36 meses con $6,000$216,000
Cifras de un contrato de arrendamiento habitacional de $6,000 mensuales a 36 meses (tres años)
ConceptoCálculoMontoFundamento
Renta mensual pactadadato del contrato$6,000Art. 2399 CCF: la renta puede consistir en una suma de dinero
Depósito en garantía usual1 mensualidad$6,000práctica de mercado, no ley: el CCF no fija su monto
Renta anual$6,000 × 12$72,000aritmética sobre la renta pactada
Renta total de la vigencia (36 meses)$6,000 × 36$216,000obligación principal del arrendatario
Pena convencional de ejemplo por desocupación anticipada1 mensualidad (pacto usual)$6,000Art. 1843 del Código Civil Federal: nunca mayor a la obligación principal
Tope legal de la pena convencionaligual a la obligación principal (renta total)$216,000Art. 1843 del Código Civil Federal
Plazo máximo del arrendamiento10 años habitación, 15 años comercio36 meses: dentro del máximoArt. 2398 del Código Civil Federal
Retención de ISR si el arrendatario es persona moral (informativo)$6,000 × 10%$600 al mesArt. 116 de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Interés legal sobre una renta atrasada un mes (sin pacto)$6,000 × 9% ÷ 12$45.00Art. 2395 del Código Civil Federal
Cálculo con renta constante de $6,000 durante 36 meses, sin incrementos. El depósito de una mensualidad y la pena de una mensualidad son prácticas usuales, no obligaciones legales. El arrendamiento se rige por el código civil de la entidad donde está el inmueble.
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$6,000 mensuales es una renta de vivienda económica, y precisamente por eso el contrato suele descuidarse: se firma el machote del arrendador y se pacta de palabra lo demás. Pero 36 meses (tres años) a $6,000 son $216,000, y cada punto no escrito (quién paga el agua, cuándo se devuelve el depósito, cuánto sube al año) termina discutiéndose cuando ya hay conflicto.

Treinta y seis meses es un plazo largo para vivienda, todavía muy por debajo del máximo de 10 años del Art. 2398 CCF, y exige dos cosas que en contratos cortos se pasan por alto: una regla clara de incremento para los años dos y tres, y una cláusula de terminación anticipada con pena razonable. La renta total con $6,000 constantes es $216,000; con ajustes anuales pactados será superior.

Los números de esta página son aritmética sobre $6,000: la renta multiplicada por 36 meses, por doce, por una mensualidad de depósito o de pena, por el 10% de retención o por el 9% anual de interés legal. Lo que es ley se cita con su artículo; lo que es práctica (el depósito de un mes, la pena de una mensualidad) se dice que lo es. Nada más.

Cláusulas que debe traer un contrato de $6,000 a 36 meses (tres años)

No hay contrato bueno sin cláusulas completas. Para una renta de $6,000 con vigencia de 36 meses (tres años), el documento debe identificar partes e inmueble, fijar renta y forma de pago, vigencia, depósito, destino, obligaciones de cada parte, reparaciones, causas de rescisión, pena convencional dentro del tope legal, entrega y jurisdicción. Nuestro generador arma ese articulado con tus datos.

Fíjate en el orden de las obligaciones: primero las del arrendador (entregar y conservar), después las del arrendatario (pagar $6,000 puntualmente y cuidar el inmueble). Un contrato que solo enumera deberes del inquilino y ninguno del dueño está desequilibrado y, en vivienda, varios códigos estatales lo corrigen a favor del arrendatario. La pena convencional, además, debe guardar proporción: $6,000 por salir antes es razonable; $216,000 no.

  • Partes e inmueble: nombres completos, identificaciones, dirección exacta y acreditación de que el arrendador es propietario o tiene poder para arrendar.
  • Renta y forma de pago: $6,000 mensuales, día de pago, cuenta o medio de pago y comprobante que hace las veces de recibo (Art. 2399 CCF).
  • Vigencia: 36 meses (tres años), con fecha de inicio y de terminación; qué pasa al vencer (termina sin aviso, se renueva por escrito o se vuelve indeterminado conforme al Art. 2478 CCF).
  • Depósito en garantía: monto (usualmente una mensualidad, $6,000), para qué sirve, cuándo y cómo se devuelve. No es renta anticipada.
  • Destino del inmueble: casa habitación; prohibición de subarrendar o ceder sin consentimiento escrito (Arts. 2425 fr. III y 2480 CCF).
  • Obligaciones del arrendador (Art. 2412 CCF): entregar en estado de servir, conservar y hacer reparaciones necesarias, no estorbar el uso.
  • Obligaciones del arrendatario (Art. 2425 CCF): pagar la renta, usar el inmueble conforme a lo pactado, responder de daños por su culpa; servicios a su cargo salvo pacto.
  • Incremento anual: fórmula o índice pactado y fecha de aplicación; sin porcentaje legal nacional, se escribe lo que las partes acuerden conforme al código civil del estado.
  • Pena convencional por desocupación anticipada o incumplimiento: monto pactado (ejemplo, una mensualidad de $6,000) sin exceder la obligación principal de $216,000 (Art. 1843 CCF).
  • Causas de rescisión (Art. 2489 CCF), entrega del inmueble con acta e inventario (Art. 2442 CCF) y tribunales competentes.

Garantías: depósito, fiador y póliza jurídica

Depósito: $6,000, es decir, un mes de renta, que es lo que el mercado acostumbra; el Código Civil Federal no lo exige ni lo tasa. Su función es responder por adeudos y daños al final, no por la renta corriente. Pacta por escrito en cuántos días se devuelve y contra qué documento (acta de entrega e inventario), porque la devolución del depósito es el conflicto más frecuente al terminar un arrendamiento.

Fiador y póliza jurídica cubren riesgos distintos. El fiador responde con su patrimonio por lo que el arrendatario no pague, hasta $216,000 en este contrato si se abandona desde el primer mes (Arts. 2794 y siguientes CCF). La póliza jurídica, en cambio, paga los honorarios y gastos del juicio para recuperar el inmueble, y solo algunas incluyen rentas caídas. Pedir ambas es común en rentas medias y altas; en rentas bajas suele bastar depósito y fiador.

Garantías usuales en un arrendamiento de $6,000 mensuales
GarantíaQué cubreMonto o referenciaFundamento
Depósito en garantíarentas vencidas, servicios y daños al entregar$6,000 (una mensualidad, práctica de mercado)pacto; el CCF no fija monto
Fiador u obligado solidariorentas y daños que el arrendatario no paguehasta $216,000 de renta total si se incumple desde el inicioArts. 2794 y siguientes CCF
Póliza jurídicagastos del juicio de desocupación; rentas caídas solo si la póliza lo incluyecosto según la empresa; se consulta con la aseguradora o despachocontrato privado, no regulado por el CCF
Las garantías se pactan; ninguna es obligatoria por ley. El contrato debe decir cuáles aplican, cuándo se liberan y qué documento acredita la entrega del inmueble.

Incremento anual de la renta en un contrato de 36 meses (tres años)

Tres años significan dos ajustes de renta, y una cláusula de incremento vaga ("se incrementará conforme a la inflación") produce dos discusiones. Lo correcto es una fórmula verificable: índice, periodo de comparación, fecha de aplicación y redondeo. No se publica aquí ningún porcentaje: el Código Civil Federal no fija incremento y cada código estatal tiene criterios propios o remite al pacto. Los $216,000 de renta total suponen que $6,000 no cambia, que es la simplificación de esta página.

Para hacer la cuenta con tu propia fórmula de incremento usa la calculadora de incremento de renta: capturas $6,000, el criterio pactado y el número de años, y obtienes la renta ajustada y el total real del contrato. Ninguna herramienta puede decirte cuánto "debe" subir la renta, porque esa cifra no está en la ley; lo que sí puede es mostrarte cuánto representa lo que te proponen.

Qué pasa si el inquilino no paga los $6,000: mora, interés y pena convencional

El atraso en la renta es la causa de rescisión más frecuente (Art. 2489 fr. I CCF) y la más sencilla de probar: basta el contrato y la falta de comprobantes de pago. Sobre los $6,000 vencidos corre el interés legal del 9% anual si nada se pactó (Art. 2395 CCF), $45.00 por un mes, o el moratorio convenido. El arrendador no puede cortar servicios ni cambiar cerraduras: el camino es judicial.

La pena convencional es la otra herramienta frente al incumplimiento, y tiene un límite claro: no puede exceder en valor ni en cuantía a la obligación principal (Art. 1843 CCF), que en este contrato es la renta total de $216,000. Si el incumplimiento es parcial, la pena se reduce en la misma proporción (Art. 1844 CCF). Una pena de una mensualidad, $6,000, es el ejemplo usual por desocupación anticipada; pactar "todas las rentas pendientes" como pena se acerca al tope y suele moderarse en juicio.

Mora e incumplimiento con renta de $6,000
SupuestoConsecuenciaMonto de referenciaFundamento
Una renta atrasada un mes, sin pacto de interésinterés legal civil del 9% anual$45.00Art. 2395 del Código Civil Federal
Falta de pago de la rentael arrendador puede exigir la rescisión y el pago de lo adeudado$6,000 por cada mensualidad vencidaArts. 2425 fr. I y 2489 fr. I CCF
Desocupación anticipada con pena pactada de una mensualidadse paga la pena convenida$6,000pacto usual; Art. 1843 CCF
Tope de cualquier pena convencionalno puede exceder la obligación principal$216,000Art. 1843 del Código Civil Federal
Si el contrato pacta un interés moratorio distinto al legal, rige el pactado. El cobro y la desocupación se obtienen en juicio; el arrendador no puede desalojar por su cuenta.

Cómo termina un arrendamiento de 36 meses (tres años) y cómo se entrega el inmueble

El arrendamiento termina por las causas del Art. 2483 CCF: cumplimiento del plazo, convenio expreso, nulidad, rescisión, confusión, pérdida o destrucción del inmueble, expropiación o evicción. En un contrato de 36 meses (tres años) la causa normal es el vencimiento del plazo. Si al vencer el arrendatario sigue en el inmueble sin oposición y nada se pactó, la relación continúa sin plazo fijo y cualquiera de las partes puede darla por concluida con aviso escrito de quince días si el predio es urbano (Art. 2478 CCF).

Al terminar, el arrendatario devuelve el inmueble en el estado en que lo recibió salvo el deterioro por uso normal (Art. 2442 CCF), con llaves y comprobantes de servicios, y el arrendador devuelve el depósito de $6,000 descontando solo lo que el contrato permita y pueda acreditarse. Firma un acta de entrega con fotografías: es el documento que cierra la relación y evita que el depósito se convierta en pleito.

Cómo te ayudamos desde RIVENZA, en línea

RIVENZA atiende todo México en línea, por videollamada o por teléfono. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA, 34 años de experiencia jurídica, revisa o redacta el contrato de $6,000 a 36 meses (tres años) con el código civil del estado donde está el inmueble en la mano, y te dice qué cláusula sobra, cuál falta y cuál te expone.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto suma un contrato de arrendamiento de $6,000 a 36 meses (tres años)?+

$6,000 mensuales durante 36 meses son $216,000, con renta constante. Si el contrato pacta incremento anual, el total real será mayor. Al año la renta suma $72,000; el depósito usual, una mensualidad, $6,000.

¿Es obligatorio dar un mes de depósito en una renta de $6,000?+

El depósito es pacto, no ley. $6,000, equivalente a un mes de los $6,000 de renta, es lo usual; algunos arrendadores piden dos. No es renta anticipada: cubre daños, servicios y rentas pendientes al entregar, y debe devolverse en el plazo que el contrato fije contra el acta de entrega.

¿Qué pasa si vence el contrato de 36 meses (tres años) y sigo pagando $6,000?+

La relación sigue, pero sin fecha de término: se convierte en arrendamiento por tiempo indeterminado y se extingue con aviso de quince días de cualquiera de las partes (Art. 2478 CCF). Para no quedar en esa zona gris, el contrato de 36 meses (tres años) debe prever la prórroga o la renovación por escrito, con la renta ajustada desde $6,000.

¿Qué pena puede cobrarme el arrendador si dejo la casa antes de los 36 meses?+

La que el contrato pacte, con un límite: la pena convencional no puede exceder la obligación principal (Art. 1843 CCF), que aquí es la renta total de $216,000, y se reduce proporcionalmente si cumpliste en parte (Art. 1844 CCF). La práctica usual es una mensualidad, $6,000; "todas las rentas que faltan" se acerca al tope y suele moderarse en juicio.

¿Se puede firmar un arrendamiento de vivienda por más de 36 meses (tres años)?+

El Art. 2398 CCF permite hasta 10 años en vivienda y 15 en comercio, así que un contrato de 36 meses (tres años) puede ampliarse. Para vivienda, el Art. 2448-C CCF prevé además un mínimo de un año salvo pacto. Con $6,000 de renta, cada año adicional suma $72,000 a la obligación total.

¿Cuánto puede subir la renta de $6,000 cada año?+

Lo que el contrato pacte, porque no existe un porcentaje legal nacional de incremento: el Código Civil Federal no lo fija y cada código estatal tiene reglas propias o remite al acuerdo. Esta página no publica un porcentaje. Escribe en el contrato la fórmula o el índice, la fecha de aplicación y cómo se notifica; en 36 meses (tres años) habrá al menos un ajuste.

Sigue leyendo

Importante: Cifras aritméticas sobre la renta capturada. El depósito de una mensualidad y la pena de una mensualidad son prácticas de mercado, no obligaciones legales; el tope de la pena convencional (Art. 1843 CCF), el plazo máximo (Art. 2398 CCF), la retención de ISR (Art. 116 LISR) y el interés legal (Art. 2395 CCF) sí salen de la ley. El arrendamiento se rige por el código civil de la entidad donde está el inmueble, que puede fijar reglas distintas. No sustituye una asesoría sobre tu caso.

Fuentes

A
Abogada titular · 34 años de experiencia jurídica · Actualizado 2026-10-14
Habla con la abogada titular

Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede

La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre un contrato de arrendamiento de $6,000 mensuales a 36 meses y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.