Finiquito por renuncia con salario de $15,000 y 15 años de antigüedad (2026)
Si renuncias con un salario de $15,000 al mes y 15 años de antigüedad, el finiquito estimado en 2026 es de $108,740, integrado por aguinaldo proporcional (Art. 87 LFT), vacaciones no gozadas y prima vacacional del 25% (Arts. 76 y 80 LFT) y prima de antigüedad de $90,000 (Art. 162 fracción III LFT, por tener 15 años o más). No incluye tres meses de salario ni 20 días por año, porque esos conceptos solo proceden en un despido injustificado.
| Concepto | Fundamento | Cálculo | Monto |
|---|---|---|---|
| Aguinaldo proporcional | Art. 87 LFT | 15/365 × 182 días × $500.00 | $3,740 |
| Vacaciones no gozadas | Art. 76 LFT | 24 días × $500.00 | $12,000 |
| Prima vacacional (25%) | Art. 80 LFT | 25% de $12,000 | $3,000 |
| Prima de antigüedad (15 años o más) | Art. 162 fr. III LFT | 12 × 15 × $500.00 | $90,000 |
| Indemnización 3 meses | Art. 48 LFT | No aplica en renuncia | $0 |
| 20 días por año | Art. 50 LFT | No aplica en renuncia | $0 |
| Total estimado del finiquito | $108,740 |
Un salario de $15,000 al mes ($500.00 diarios) genera un finiquito modesto por renuncia, porque solo entran conceptos devengados. La cantidad crece con los días de vacaciones acumulados, que con 15 años son 24 según la escala vigente desde 2023, y con el aguinaldo pendiente del año en curso.
A partir de 15 años la renuncia ya no pierde la prima de antigüedad: con 15 años son $90,000 (12 días por año, tope de $630.08 diarios). A eso se agregan $12,000 por 24 días de vacaciones, $3,000 de prima vacacional y $3,740 de aguinaldo.
La tabla se alimenta del mismo motor que nuestra calculadora, con salario diario = $15,000 / 30 = $500.00. Supone 182 días devengados de aguinaldo y 24 días de vacaciones pendientes; el resto de los conceptos de una liquidación no aparece porque en una renuncia no se deben.
Por qué al renunciar con 15 años no hay tres meses ni 20 días
Una carta de renuncia cierra la puerta a la indemnización por despido. En este caso se quedan sin pagar $45,000 (tres meses, Art. 48 LFT) y $150,000 (20 días × 15 años, Art. 50 LFT). Lo que sí se cobra es el finiquito de $108,740.
Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional del finiquito
Aguinaldo ($3,740 por 182 días), vacaciones (24 días, $12,000) y prima vacacional ($3,000) son la base del finiquito; con 15 años de servicio, sin embargo, la prima de antigüedad pesa más que las tres juntas.
Prima de antigüedad con 15 años: sí procede en renuncia
Con 15 años cumplidos la renuncia sí genera prima de antigüedad (Art. 162 fracción III LFT): 12 días por cada año con el salario real de $500.00, porque no rebasa el tope de $630.08 diarios. Resultado: $90,000, que aquí es la partida más grande del finiquito.
Cuánto se pierde al renunciar en lugar de ser despedido
Con 15 años de antigüedad, cada año pesa: la liquidación llegaría a $303,740, contra $108,740 de finiquito. Los $195,000 de diferencia se concentran en los 20 días por año y en los tres meses, que la renuncia elimina.
| Escenario | Conceptos | Total estimado |
|---|---|---|
| Finiquito por renuncia | Proporcionales + prima de antigüedad | $108,740 |
| Liquidación por despido injustificado | 3 meses + 20 días por año + prima + proporcionales | $303,740 |
| Diferencia | Lo que no se cobra al firmar la renuncia | $195,000 |
Cuándo se paga y cómo reclamar diferencias
El patrón debe pagar el finiquito al terminar la relación, normalmente contra la firma del recibo. Si la cantidad es menor a $108,740 o faltan conceptos, tienes un año para reclamar las diferencias (Art. 516 LFT). Para saber si esa diferencia se puede reclamar en tu caso, escríbele por WhatsApp a la Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica: revisa tu situación y te dice qué procede.
Preguntas frecuentes
¿Me toca liquidación si renuncio?+
Renunciar no da derecho a liquidación, solo a finiquito. Para $15,000 mensuales y 15 años eso son $108,740; la liquidación por despido sería $303,740. Si la salida fue decisión del patrón, no firmes renuncia.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un finiquito incorrecto?+
El plazo general es de un año (Art. 516 LFT). Es más largo que los dos meses del despido porque aquí se reclaman prestaciones devengadas, no indemnización. Compara tu recibo con los $108,740 estimados y, si falta algo, acude al Centro de Conciliación.
¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional por renuncia?+
Son 15 días de salario al año (Art. 87 LFT) prorrateados por los días trabajados del año en curso: 15/365 × días × salario diario. Con 182 días y $500.00 diarios resultan $3,740, que representan 3% del finiquito de $108,740 con 15 años; si renuncias en otra fecha, cambia el número de días.
¿Tengo derecho a finiquito por abandono de trabajo?+
Aunque abandones el trabajo, el patrón debe pagarte lo ya ganado: en este caso $108,740. Lo que se pierde es la indemnización, igual que en la renuncia.
¿Cómo se calcula la prima de antigüedad por renuncia voluntaria?+
Son 12 días por año con salario topado a $630.08 diarios (Art. 162 LFT), pero en renuncia únicamente con 15 años cumplidos (fracción III). Con 15 años sí procede: 12 × 15 × $500.00 = $90,000, dentro de un finiquito total de $108,740.
¿Cuándo se presenta la carta de renuncia y quién la firma?+
La carta la redacta y firma el trabajador; la empresa solo acusa recibo. Preséntala cuando ya conozcas tu finiquito (aquí $108,740) y nunca aceptes firmarla como condición para que te paguen lo devengado, que se debe con o sin carta.
¿Hay indemnización si renuncio?+
Ninguna. Al renunciar renuncias también a los $45,000 de tres meses y a los $150,000 de 20 días por año que tendrías en un despido; solo cobras lo devengado, $108,740 en este caso.
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Fuentes
- Ley Federal del Trabajo (Arts. 33, 76, 80, 87, 162 y 516) (consultado el 2026-09-02)
Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede
La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre finiquito por renuncia con salario de $15,000 y 15 años de antigüedad y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.