RIVENZA
Finiquito por renuncia voluntaria

Finiquito por renuncia con salario de $8,000 y 1 año de antigüedad (2026)

Respuesta rápida

Un trabajador que gana $8,000 y renuncia tras 1 año tiene derecho a un finiquito de alrededor de $5,995 en 2026 según los Arts. 76, 80 y 87 de la Ley Federal del Trabajo: solo lo devengado. Los tres meses del Art. 48 y los 20 días por año del Art. 50 quedan fuera; son exclusivos del despido injustificado.

Finiquito estimado por renuncia$5,995
Finiquito por renuncia con salario de $8,000 y 1 año (2026)
ConceptoFundamentoCálculoMonto
Aguinaldo proporcionalArt. 87 LFT15/365 × 182 días × $266.67$1,995
Vacaciones no gozadasArt. 76 LFT12 días × $266.67$3,200
Prima vacacional (25%)Art. 80 LFT25% de $3,200$800
Prima de antigüedadArt. 162 fr. III LFTNo aplica: 1 año < 15 años$0
Indemnización 3 mesesArt. 48 LFTNo aplica en renuncia$0
20 días por añoArt. 50 LFTNo aplica en renuncia$0
Total estimado del finiquito$5,995
Salario diario = $8,000 / 30. Supuestos: 182 días devengados de aguinaldo y último periodo de vacaciones pendiente. Se suman además los días trabajados del último periodo de pago no cubierto.
Calculadora de liquidación y finiquitoCalcula el tuyo con tus datos

Con $8,000 al mes el salario diario es $266.67, y todo el finiquito se construye sobre esa cifra: quince días de aguinaldo prorrateados, los días de vacaciones que marca la escala del Art. 76 LFT y una cuarta parte de ese monto como prima vacacional. En sueldos de este nivel el finiquito rara vez rebasa un mes de salario, salvo que haya muchas vacaciones acumuladas.

Tras 1 año, el periodo vacacional pendiente es de 12 días ($3,200) con prima de $800; el aguinaldo devengado suma $1,995. No hay prima de antigüedad porque el Art. 162 fracción III la reserva a renuncias con 15 años o más.

Las cifras usan el motor de la calculadora de liquidación y finiquito de RIVENZA con dos supuestos declarados: aguinaldo devengado de 182 días (salida a mitad de año) y último periodo vacacional sin disfrutar. Si ya tomaste parte de tus vacaciones o renuncias en otra fecha, el total cambia en esas dos partidas.

Por qué al renunciar con 1 año no hay tres meses ni 20 días

Al renunciar terminas la relación por tu voluntad, así que no hay despido que indemnizar: los tres meses del Art. 48 LFT ($24,000 con este salario) y los 20 días por año del Art. 50 ($5,333 con 1 año) no se deben. El finiquito se limita a lo ya ganado.

Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional del finiquito

Con 1 año de servicio la escala del Art. 76 LFT concede 12 días de vacaciones; si no los disfrutaste, se pagan ($3,200) junto con la prima vacacional del 25% ($800). El aguinaldo proporcional, 15/365 de 182 días, aporta $1,995.

Prima de antigüedad: no procede con 1 año

La prima de antigüedad (12 días por año, Art. 162 LFT) se paga en cualquier despido, pero en renuncia solo cuando el trabajador tiene 15 años o más de servicio (fracción III). Con 1 año no procede. Si en lugar de renunciar fueras despedido, con salario topado a $630.08 serían $3,200.

Cuánto se pierde al renunciar en lugar de ser despedido

La brecha entre renunciar y ser despedido es de $32,533: $5,995 de finiquito contra $38,528 de liquidación. Antes de firmar cualquier documento pregunta qué está pasando en realidad; si la salida no fue idea tuya, no es renuncia.

Renuncia frente a despido injustificado con los mismos datos
EscenarioConceptosTotal estimado
Finiquito por renunciaSolo proporcionales$5,995
Liquidación por despido injustificado3 meses + 20 días por año + prima + proporcionales$38,528
DiferenciaLo que no se cobra al firmar la renuncia$32,533
La liquidación excluye salarios caídos (solo en juicio). Comparativo calculado con el mismo motor y supuestos.

Cuándo se paga y cómo reclamar diferencias

Revisa el recibo de finiquito renglón por renglón: aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y días trabajados pendientes. Si no coincide con $5,995 más tus días de salario, no lo firmes de conformidad. Mándale ese recibo por WhatsApp a la Lic. Angélica Rivera, abogada titular del despacho con 34 años de experiencia jurídica; ella lo contrasta con tu nómina real y te dice qué procede.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el finiquito por mutuo acuerdo?+

Igual que por renuncia en cuanto a lo devengado ($5,995 aquí), pero el convenio puede incluir una compensación adicional pactada. Si la terminación es por mutuo consentimiento (Art. 53 LFT), lo que se agregue por encima de los proporcionales es negociable y conviene documentarlo.

¿Cuándo se presenta la carta de renuncia y quién la firma?+

La carta la redacta y firma el trabajador; la empresa solo acusa recibo. Preséntala cuando ya conozcas tu finiquito (aquí $5,995) y nunca aceptes firmarla como condición para que te paguen lo devengado, que se debe con o sin carta.

¿Tengo derecho a finiquito por abandono de trabajo?+

Aunque abandones el trabajo, el patrón debe pagarte lo ya ganado: en este caso $5,995 más la prima de antigüedad, porque la rescisión por abandono la hace exigible sin esperar 15 años (Art. 162 LFT). Lo que se pierde es la indemnización, igual que en la renuncia.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un finiquito incorrecto?+

El plazo general es de un año (Art. 516 LFT). Es más largo que los dos meses del despido porque aquí se reclaman prestaciones devengadas, no indemnización. Compara tu recibo con los $5,995 estimados y, si falta algo, acude al Centro de Conciliación.

¿Puedo renunciar al finiquito?+

No de forma válida: los derechos laborales son irrenunciables (Arts. 5 y 33 LFT) y cualquier documento donde cedas los $5,995 que te corresponden es nulo. Aun así, firmar un recibo "de conformidad" dificulta reclamar después; revisa la cifra antes.

¿Cómo calcular el finiquito con vacaciones pendientes?+

Con 1 año la escala 2023 del Art. 76 LFT da 12 días; si están pendientes valen $3,200 y la prima vacacional del 25% agrega $800. Si gozaste parte, se paga solo la fracción restante y los periodos anteriores no disfrutados.

Sigue leyendo

Importante: Estimación con las reglas generales de la Ley Federal del Trabajo y supuestos declarados. Se calcula sobre el salario diario nominal, el que aparece en tu recibo; la versión sobre salario diario integrado, base del Art. 89 LFT, se explica en las páginas de salario diario integrado. Los días de salario pendientes, las vacaciones ya disfrutadas y la fecha exacta de renuncia también modifican el resultado. No sustituye una asesoría legal.

Fuentes

A
Abogada titular · 34 años de experiencia jurídica · Actualizado 2026-09-02
Habla con la abogada titular

Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede

La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre finiquito por renuncia con salario de $8,000 y 1 año de antigüedad y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.