Aguinaldo con un sueldo de $9,000: cuánto te toca en 2026
Con un sueldo de $9,000 al mes, el aguinaldo mínimo de 15 días que ordena el Art. 87 de la Ley Federal del Trabajo es de $4,500 brutos, equivalentes a $4,470.66 después del ISR estimado. La exención de 30 UMA (Art. 93 fr. XIV LISR) cubre $3,519.30 y deja gravados $980.70, sobre los que la retención estimada es de $29.34. El aguinaldo debe estar pagado antes del 20 de diciembre.
| Días de aguinaldo | Aguinaldo bruto | Exento (30 UMA) | Gravado | ISR estimado | Neto estimado |
|---|---|---|---|---|---|
| 15 días (mínimo de ley) | $4,500 | $3,519.30 | $980.70 | $29.34 | $4,470.66 |
| 20 días | $6,000 | $3,519.30 | $2,480.70 | $125.34 | $5,874.66 |
| 30 días | $9,000 | $3,519.30 | $5,480.70 | $317.34 | $8,682.66 |
| 40 días | $12,000 | $3,519.30 | $8,480.70 | $605.60 | $11,394.40 |
La base del aguinaldo es el salario diario, es decir el sueldo mensual entre 30. Con $9,000 mensuales son $300.00 diarios, y multiplicados por los 15 días mínimos del Art. 87 de la Ley Federal del Trabajo dan $4,500 brutos, pagaderos antes del 20 de diciembre.
La ley marca el mínimo, no el máximo. Si tu empresa paga 20, 30 o 40 días, el bruto con $9,000 mensuales sube a $6,000, $9,000 y $12,000 respectivamente, frente a los $4,500 del mínimo legal.
El ISR no se aplica a todo el aguinaldo. El Art. 93 fr. XIV de la LISR exenta el equivalente a 30 UMA, o sea $3,519.30 en 2026. Con $9,000 de sueldo solo quedan gravados $980.70 de los 15 días, y la retención estimada es de $29.34.
El aguinaldo proporcional también está en el Art. 87 LFT: quien no cumplió el año tiene derecho a la parte que corresponda al tiempo trabajado, esté o no laborando en la fecha de pago. Para $9,000 mensuales y seis meses de servicio son $2,250 brutos con la base mínima de 15 días.
Cómo se calcula el aguinaldo con un sueldo de $9,000 (Art. 87 LFT)
Dos operaciones bastan. Salario diario: $9,000 ÷ 30 = $300.00. Aguinaldo bruto: $300.00 × 15 días = $4,500, que es el mínimo del Art. 87 de la Ley Federal del Trabajo. Sobre ese bruto se aplica después la exención de ISR.
El aguinaldo se calcula con el salario que se percibe al momento del pago, no con el promedio del año, salvo en el caso de percepciones variables, donde el Art. 89 LFT ordena promediar. Si te aumentaron el sueldo en el año, el cálculo se hace con el salario vigente en diciembre.
Aguinaldo proporcional con sueldo de $9,000
Quien no cumplió el año de servicios tiene derecho a la parte proporcional del aguinaldo, esté o no laborando en la fecha de pago (Art. 87 LFT, segundo párrafo). Con $9,000 de sueldo, tres meses equivalen a $1,125 brutos y nueve meses a $3,375.
El ISR del proporcional casi siempre es menor que el del año completo, porque la exención de $3,519.30 se aplica igual sobre un monto más pequeño: con este sueldo, el aguinaldo se mantiene exento hasta los 9 meses trabajados.
| Meses trabajados | Días de aguinaldo | Bruto | ISR estimado | Neto estimado |
|---|---|---|---|---|
| 3 meses | 3.75 | $1,125 | $0.00 | $1,125.00 |
| 6 meses | 7.5 | $2,250 | $0.00 | $2,250.00 |
| 9 meses | 11.25 | $3,375 | $0.00 | $3,375.00 |
| 12 meses (año completo) | 15 | $4,500 | $29.34 | $4,470.66 |
Aguinaldo en el finiquito con un sueldo de $9,000
El aguinaldo proporcional forma parte del finiquito tanto si renuncias como si te despiden. Revisa que el documento lo desglose: con $9,000 mensuales y seis meses de servicio en el año son $2,250 brutos, además de vacaciones y prima vacacional pendientes.
Ojo con la retención en el finiquito: el aguinaldo conserva su exención de 30 UMA (Art. 93 fr. XIV LISR) aunque se pague junto con otros conceptos, y la indemnización tiene su propia exención de 90 UMA por año de servicio. Verifica que la nómina no grave lo que la ley exenta.
Qué hacer si no te pagan el aguinaldo o te lo pagan incompleto
El plazo del Art. 87 LFT no admite prórroga: el aguinaldo debe estar pagado antes del 20 de diciembre. Pagarlo en enero, en parcialidades sin acuerdo o en vales es incumplimiento; el Art. 101 LFT exige que el salario y sus prestaciones se cubran en efectivo o por transferencia, no en mercancías.
Si no te pagan, el camino es la conciliación obligatoria ante el Centro de Conciliación laboral y, sin acuerdo, el juicio ante el tribunal. La acción prescribe en un año (Art. 516 LFT). La falta de pago puede sancionarse con multa de 50 a 5,000 veces la UMA (Art. 1002 LFT), es decir de $5,866 a $586,550 con la UMA 2026.
Una lectura del recibo de aguinaldo y del finiquito por parte de la abogada titular de RIVENZA aclara si conviene conciliar o demandar. Esa conversación empieza por WhatsApp, con tus documentos a la mano.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me toca de aguinaldo si gano $9,000 al mes?+
Te corresponden al menos $4,500 brutos (Art. 87 LFT). Con escalas superiores el monto sube: $6,000 con 20 días y $12,000 con 40 días.
¿Cómo se calcula el aguinaldo según la Ley Federal del Trabajo?+
La fórmula del Art. 87 LFT es días de aguinaldo por salario diario. Con un sueldo de $9,000 el salario diario es $300.00, de modo que el mínimo legal equivale a $4,500 y una escala de 30 días a $9,000.
¿Qué hago si mi patrón no me paga el aguinaldo?+
Junta recibos de nómina y contrato, y acude al Centro de Conciliación dentro del año siguiente al 20 de diciembre (Art. 516 LFT). Con $9,000 de sueldo la prestación reclamable es de $4,500 brutos, y la falta de pago también puede sancionarse con multa al patrón (Art. 1002 LFT).
¿Cuántos días de aguinaldo me corresponden por ley?+
Quince días de salario como mínimo (Art. 87 LFT). Es un piso, no un tope: contratos individuales, contratos colectivos y el sector público suelen fijar 20, 30 o 40 días, que con $9,000 de sueldo valen $6,000, $9,000 y $12,000.
¿El aguinaldo se calcula con sueldo bruto o neto?+
La base es el salario ordinario bruto (Art. 87 LFT); no se usa el salario diario integrado ni el neto de nómina. Con $9,000 de sueldo, cada día de aguinaldo vale $300.00 brutos.
¿Cuál es la fecha límite para el pago del aguinaldo?+
El 20 de diciembre de cada año, conforme al Art. 87 LFT. No importa el tamaño de la empresa ni si el trabajador sigue laborando: el pago debe estar hecho antes de esa fecha, y con $9,000 de sueldo el monto mínimo exigible es $4,500.
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Fuentes
- Ley Federal del Trabajo (Arts. 87, 88, 101, 516 y 1002) (consultado el 2026-09-02)
- Ley del Impuesto sobre la Renta (Arts. 93 fr. XIV y 96) (consultado el 2026-09-02)
Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede
La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre aguinaldo con un sueldo de $9,000 y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.