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Arts. 2398 y 1843 CCF · renta total $600,000 · uso habitacional

Contrato de arrendamiento de $50,000 mensuales a 12 meses: cifras, cláusulas y garantías

Respuesta rápida

Con $50,000 de renta al mes y 12 meses de vigencia, la renta total del contrato es de $600,000, y el plazo cabe de sobra en el máximo de 10 años para casa habitación del Art. 2398 del Código Civil Federal. La costumbre fija el depósito en un mes de renta, $50,000, sin que la ley lo imponga, y la renta anual asciende a $600,000. Si el arrendatario es una persona moral, retiene 10% de ISR por renta ($5,000 al mes, Art. 116 LISR); si la renta se atrasa, el interés legal civil es del 9% anual (Art. 2395 CCF), $375.00 por una mensualidad vencida un mes.

Renta total a 12 meses con $50,000$600,000
Cifras de un contrato de arrendamiento habitacional de $50,000 mensuales a 12 meses
ConceptoCálculoMontoFundamento
Renta mensual pactadadato del contrato$50,000Art. 2399 CCF: la renta puede consistir en una suma de dinero
Depósito en garantía usual1 mensualidad$50,000práctica de mercado, no ley: el CCF no fija su monto
Renta anual$50,000 × 12$600,000aritmética sobre la renta pactada
Renta total de la vigencia (12 meses)$50,000 × 12$600,000obligación principal del arrendatario
Pena convencional de ejemplo por desocupación anticipada1 mensualidad (pacto usual)$50,000Art. 1843 del Código Civil Federal: nunca mayor a la obligación principal
Tope legal de la pena convencionaligual a la obligación principal (renta total)$600,000Art. 1843 del Código Civil Federal
Plazo máximo del arrendamiento10 años habitación, 15 años comercio12 meses: dentro del máximoArt. 2398 del Código Civil Federal
Retención de ISR si el arrendatario es persona moral (informativo)$50,000 × 10%$5,000 al mesArt. 116 de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Interés legal sobre una renta atrasada un mes (sin pacto)$50,000 × 9% ÷ 12$375.00Art. 2395 del Código Civil Federal
Cálculo con renta constante de $50,000 durante 12 meses, sin incrementos. El depósito de una mensualidad y la pena de una mensualidad son prácticas usuales, no obligaciones legales. El arrendamiento se rige por el código civil de la entidad donde está el inmueble.
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$50,000 mensuales por 12 meses suman $600,000: un contrato de este tamaño justifica revisión legal antes de firmar. En este segmento es habitual que renten sociedades, y entonces el arrendador recibe la renta menos 10% de ISR retenido ($5,000 al mes, Art. 116 LISR) junto con una constancia; también es habitual negociar el incremento anual con una fórmula escrita y no con una frase vaga.

Un año de vigencia es el estándar del mercado habitacional y el piso que menciona el Art. 2448-C CCF para vivienda, salvo acuerdo distinto. Sobre $50,000 son $600,000. Lo que suele fallar en contratos de 12 meses no es el plazo, sino lo que pasa al día siguiente: si no hay cláusula de renovación o aviso, la relación se vuelve indeterminada y se rige por el Art. 2478 CCF, con aviso de quince días.

El arrendamiento se rige por el código civil del estado donde está el inmueble, y esta página usa el Código Civil Federal como referencia común. Las cifras no cambian de estado a estado porque son multiplicaciones sobre $50,000; lo que puede cambiar son las reglas de incremento, prórroga, aviso y registro del contrato, y por eso cada cláusula debe revisarse con el código local en la mano.

Cláusulas que debe traer un contrato de $50,000 a 12 meses

Un contrato de 12 meses a $50,000 se sostiene o se cae por sus cláusulas. El Art. 2406 CCF exige la forma escrita; los Arts. 2412 y 2425 reparten las obligaciones de arrendador y arrendatario; y el resto (depósito, incremento, pena, entrega) es pacto. Si el contrato que te proponen omite alguno de los puntos de la lista, pide que se agregue antes de firmar.

Fíjate en el orden de las obligaciones: primero las del arrendador (entregar y conservar), después las del arrendatario (pagar $50,000 puntualmente y cuidar el inmueble). Un contrato que solo enumera deberes del inquilino y ninguno del dueño está desequilibrado y, en vivienda, varios códigos estatales lo corrigen a favor del arrendatario. La pena convencional, además, debe guardar proporción: $50,000 por salir antes es razonable; $600,000 no.

  • Partes e inmueble: nombres completos, identificaciones, dirección exacta y acreditación de que el arrendador es propietario o tiene poder para arrendar.
  • Renta y forma de pago: $50,000 mensuales, día de pago, cuenta o medio de pago y comprobante que hace las veces de recibo (Art. 2399 CCF).
  • Vigencia: 12 meses, con fecha de inicio y de terminación; qué pasa al vencer (termina sin aviso, se renueva por escrito o se vuelve indeterminado conforme al Art. 2478 CCF).
  • Depósito en garantía: monto (usualmente una mensualidad, $50,000), para qué sirve, cuándo y cómo se devuelve. No es renta anticipada.
  • Destino del inmueble: casa habitación; prohibición de subarrendar o ceder sin consentimiento escrito (Arts. 2425 fr. III y 2480 CCF).
  • Obligaciones del arrendador (Art. 2412 CCF): entregar en estado de servir, conservar y hacer reparaciones necesarias, no estorbar el uso.
  • Obligaciones del arrendatario (Art. 2425 CCF): pagar la renta, usar el inmueble conforme a lo pactado, responder de daños por su culpa; servicios a su cargo salvo pacto.
  • Incremento anual: fórmula o índice pactado y fecha de aplicación; sin porcentaje legal nacional, se escribe lo que las partes acuerden conforme al código civil del estado.
  • Pena convencional por desocupación anticipada o incumplimiento: monto pactado (ejemplo, una mensualidad de $50,000) sin exceder la obligación principal de $600,000 (Art. 1843 CCF).
  • Causas de rescisión (Art. 2489 CCF), entrega del inmueble con acta e inventario (Art. 2442 CCF) y tribunales competentes.

Garantías: depósito, fiador y póliza jurídica

El depósito en garantía es la primera línea: una mensualidad, $50,000, por costumbre, no por ley. Sirve para cubrir rentas vencidas, servicios impagos y daños distintos del uso normal, y se devuelve al entregar el inmueble una vez verificado el estado. El contrato debe decir el plazo de devolución y que no es renta anticipada; de lo contrario el último mes se "paga con el depósito" y el arrendador se queda sin garantía para los daños.

Fiador y póliza jurídica cubren riesgos distintos. El fiador responde con su patrimonio por lo que el arrendatario no pague, hasta $600,000 en este contrato si se abandona desde el primer mes (Arts. 2794 y siguientes CCF). La póliza jurídica, en cambio, paga los honorarios y gastos del juicio para recuperar el inmueble, y solo algunas incluyen rentas caídas. Pedir ambas es común en rentas medias y altas; en rentas bajas suele bastar depósito y fiador.

Garantías usuales en un arrendamiento de $50,000 mensuales
GarantíaQué cubreMonto o referenciaFundamento
Depósito en garantíarentas vencidas, servicios y daños al entregar$50,000 (una mensualidad, práctica de mercado)pacto; el CCF no fija monto
Fiador u obligado solidariorentas y daños que el arrendatario no paguehasta $600,000 de renta total si se incumple desde el inicioArts. 2794 y siguientes CCF
Póliza jurídicagastos del juicio de desocupación; rentas caídas solo si la póliza lo incluyecosto según la empresa; se consulta con la aseguradora o despachocontrato privado, no regulado por el CCF
Las garantías se pactan; ninguna es obligatoria por ley. El contrato debe decir cuáles aplican, cuándo se liberan y qué documento acredita la entrega del inmueble.

Incremento anual de la renta en un contrato de 12 meses

A 12 meses el incremento no se aplica dentro del contrato, pero aparece en cuanto se habla de renovar. Conviene pactar desde ahora la regla del segundo año: un índice de referencia, una fórmula o un porcentaje acordado, con fecha de aplicación. Esta página no publica ningún porcentaje porque no existe uno legal a nivel nacional: el Código Civil Federal no lo fija y cada código estatal tiene su propia regla o deja todo al pacto.

Si el arrendador propone un porcentaje, pide que quede escrito con su fecha de aplicación; si propone un índice, que quede identificado con precisión (qué indicador, qué periodo). Después pásalo por la calculadora de incremento de renta para ver qué significa sobre $50,000 en el horizonte de 12 meses y comparar con el $600,000 que suma la renta sin cambios.

Qué pasa si el inquilino no paga los $50,000: mora, interés y pena convencional

En mora, el arrendador tiene dos caminos: cobrar las rentas vencidas con intereses o pedir la rescisión del contrato por falta de pago (Art. 2489 fr. I CCF), y puede acumular ambos. El interés, si no se pactó otro, es el legal del 9% anual del Art. 2395 CCF, que sobre $50,000 equivale a $375.00 por cada mes de atraso de una mensualidad. Es poco: por eso los contratos suelen pactar un interés moratorio mayor o una pena.

La pena convencional es la otra herramienta frente al incumplimiento, y tiene un límite claro: no puede exceder en valor ni en cuantía a la obligación principal (Art. 1843 CCF), que en este contrato es la renta total de $600,000. Si el incumplimiento es parcial, la pena se reduce en la misma proporción (Art. 1844 CCF). Una pena de una mensualidad, $50,000, es el ejemplo usual por desocupación anticipada; pactar "todas las rentas pendientes" como pena se acerca al tope y suele moderarse en juicio.

Mora e incumplimiento con renta de $50,000
SupuestoConsecuenciaMonto de referenciaFundamento
Una renta atrasada un mes, sin pacto de interésinterés legal civil del 9% anual$375.00Art. 2395 del Código Civil Federal
Falta de pago de la rentael arrendador puede exigir la rescisión y el pago de lo adeudado$50,000 por cada mensualidad vencidaArts. 2425 fr. I y 2489 fr. I CCF
Desocupación anticipada con pena pactada de una mensualidadse paga la pena convenida$50,000pacto usual; Art. 1843 CCF
Tope de cualquier pena convencionalno puede exceder la obligación principal$600,000Art. 1843 del Código Civil Federal
Si el contrato pacta un interés moratorio distinto al legal, rige el pactado. El cobro y la desocupación se obtienen en juicio; el arrendador no puede desalojar por su cuenta.

Cómo termina un arrendamiento de 12 meses y cómo se entrega el inmueble

Terminar bien un contrato de 12 meses es tan importante como firmarlo bien. El plazo vence en la fecha pactada (Art. 2483 fr. I CCF); antes de eso solo se termina por convenio, por rescisión judicial o por las demás causas del Art. 2483. Si nadie dice nada al vencer y el arrendatario sigue pagando $50,000, el contrato sigue sin plazo y se extingue con aviso escrito de quince días en predio urbano (Art. 2478 CCF).

Al terminar, el arrendatario devuelve el inmueble en el estado en que lo recibió salvo el deterioro por uso normal (Art. 2442 CCF), con llaves y comprobantes de servicios, y el arrendador devuelve el depósito de $50,000 descontando solo lo que el contrato permita y pueda acreditarse. Firma un acta de entrega con fotografías: es el documento que cierra la relación y evita que el depósito se convierta en pleito.

Cómo te ayudamos desde RIVENZA, en línea

RIVENZA atiende todo México en línea, por videollamada o por teléfono. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA, 34 años de experiencia jurídica, revisa o redacta el contrato de $50,000 a 12 meses con el código civil del estado donde está el inmueble en la mano, y te dice qué cláusula sobra, cuál falta y cuál te expone.

Puedes empezar con el generador de contrato de arrendamiento, que arma las cláusulas con tus datos (renta de $50,000, 12 meses, depósito, fiador). Después mándaselo por WhatsApp a Angélica para la revisión final: precio cerrado por adelantado y respuesta directa sobre qué conviene cambiar antes de firmar.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto suma un contrato de arrendamiento de $50,000 a 12 meses?+

$600,000 de renta total: $50,000 por 12 meses, sin incrementos. La renta anual es $600,000. Esa suma es la obligación principal del arrendatario y, por el Art. 1843 CCF, el tope que ninguna pena convencional del contrato puede superar.

¿Es obligatorio dar un mes de depósito en una renta de $50,000?+

El depósito es pacto, no ley. $50,000, equivalente a un mes de los $50,000 de renta, es lo usual; algunos arrendadores piden dos. No es renta anticipada: cubre daños, servicios y rentas pendientes al entregar, y debe devolverse en el plazo que el contrato fije contra el acta de entrega.

¿Qué pena puede cobrarme el arrendador si dejo la casa antes de los 12 meses?+

La que el contrato pacte, con un límite: la pena convencional no puede exceder la obligación principal (Art. 1843 CCF), que aquí es la renta total de $600,000, y se reduce proporcionalmente si cumpliste en parte (Art. 1844 CCF). La práctica usual es una mensualidad, $50,000; "todas las rentas que faltan" se acerca al tope y suele moderarse en juicio.

¿Se puede firmar un arrendamiento de vivienda por más de 12 meses?+

El Art. 2398 CCF permite hasta 10 años en vivienda y 15 en comercio, así que un contrato de 12 meses puede ampliarse. Para vivienda, el Art. 2448-C CCF prevé además un mínimo de un año salvo pacto. Con $50,000 de renta, cada año adicional suma $600,000 a la obligación total.

¿Cuánto puede subir la renta de $50,000 cada año?+

Lo que el contrato pacte, porque no existe un porcentaje legal nacional de incremento: el Código Civil Federal no lo fija y cada código estatal tiene reglas propias o remite al acuerdo. Esta página no publica un porcentaje. Escribe en el contrato la fórmula o el índice, la fecha de aplicación y cómo se notifica; en 12 meses el ajuste aparece al renovar.

¿Una empresa que renta en $50,000 debe retener ISR al arrendador?+

Cuando quien paga la renta es una sociedad, retiene 10% de ISR por mandato del Art. 116 LISR: $5,000 de cada $50,000. No es un costo extra para la empresa ni una pérdida para el arrendador, que lo acredita contra su impuesto anual, pero cambia el flujo mensual (recibe $45,000) y debe constar en el contrato.

Sigue leyendo

Importante: Cifras aritméticas sobre la renta capturada. El depósito de una mensualidad y la pena de una mensualidad son prácticas de mercado, no obligaciones legales; el tope de la pena convencional (Art. 1843 CCF), el plazo máximo (Art. 2398 CCF), la retención de ISR (Art. 116 LISR) y el interés legal (Art. 2395 CCF) sí salen de la ley. El arrendamiento se rige por el código civil de la entidad donde está el inmueble, que puede fijar reglas distintas. No sustituye una asesoría sobre tu caso.

Fuentes

A
Abogada titular · 34 años de experiencia jurídica · Actualizado 2026-10-14
Habla con la abogada titular

Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede

La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre un contrato de arrendamiento de $50,000 mensuales a 12 meses y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.