Intereses moratorios de un pagaré de $50,000 al 3% mensual: tabla 2026
Con tasa pactada al 3% mensual, un pagaré de $50,000 acumula $18,000.00 de intereses moratorios en 12 meses ($1,500.00 mensuales) y el total exigible asciende a $68,000.00, conforme al Art. 174 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Esa tasa equivale a 6 veces la tasa legal mercantil del 6% anual (Art. 362 del Código de Comercio).
| Plazo de mora | Interés moratorio acumulado | Total exigible (capital + intereses) | Intereses sobre el capital |
|---|---|---|---|
| 1 mes | $1,500.00 | $51,500.00 | 3% |
| 3 meses | $4,500.00 | $54,500.00 | 9% |
| 6 meses | $9,000.00 | $59,000.00 | 18% |
| 12 meses (1 año) | $18,000.00 | $68,000.00 | 36% |
| 24 meses (2 años) | $36,000.00 | $86,000.00 | 72% |
| 36 meses (3 años) | $54,000.00 | $104,000.00 | 108% |
Esta página calcula un pagaré de $50,000 al 3% mensual, una tasa que en un año llega al 36% y acumula $18,000.00 de intereses ($1,500.00 por mes). Frente al interés legal mercantil de 6% anual, el acreedor cobra 6 veces más. Esa distancia es exactamente lo que los tribunales analizan cuando el deudor alega usura.
Con $50,000 de suerte principal, lo primero que revisa el abogado no es la tasa sino el documento: mención de ser pagaré, promesa incondicional de pago, beneficiario, época y lugar de pago, fecha y lugar de suscripción y firma del suscriptor (Art. 170 de la LGTOC). Si algo falta, no hay título ejecutivo y los intereses de esta tabla se cobran, en el mejor de los casos, en un juicio ordinario mucho más lento.
El motor calcula interés simple: $50,000 por 3% mensual por el número de meses. Es la forma correcta en materia mercantil, porque los intereses vencidos no producen intereses (Art. 363 del Código de Comercio) a menos que las partes lo convengan después del vencimiento. Cualquier capitalización que aparezca en una liquidación privada debe revisarse con cuidado.
Cómo se calculan los intereses moratorios de un pagaré de $50,000 al 3% mensual
La base legal es breve: el pagaré puede estipular intereses moratorios (Art. 174 de la LGTOC) y, cuando no lo hace, se aplica el 6% anual del Art. 362 del Código de Comercio. Aquí sí hay pacto: 3% mensual, que sobre $50,000 son $1,500.00 por mes.
La tabla no capitaliza. El Art. 363 del Código de Comercio impide que los intereses vencidos produzcan intereses, salvo pacto celebrado después del vencimiento, así que el cálculo correcto es capital por tasa por tiempo. Sobre $50,000 al 3% mensual, cada mes agrega $1,500.00; a los 24 meses la suma es $36,000.00 y a los 36, $54,000.00.
Advertencia: 3% mensual entra en la zona de revisión por usura
Al 3% mensual el acreedor cobra $18,000.00 al año sobre $50,000, contra $3,000.00 de la tasa legal. Esa distancia es lo que un juez analiza bajo la jurisprudencia de usura de la SCJN (1a./J. 46/2014 y 47/2014), que lo faculta a reducir de oficio un interés notoriamente excesivo sin que el deudor lo pida. Importa aclararlo: la Corte no dijo que 3% o 5% mensual sea usura; dijo que el juez debe valorar el caso concreto con criterios objetivos. El umbral desde el cual esta página muestra advertencia (3% mensual) es una convención editorial nuestra.
Para el acreedor, lo prudente es no confiar en que toda la tabla se cobrará: el juez puede fijar una tasa menor en sentencia. Para el deudor, la discusión de la tasa es la defensa más frecuente y se plantea en los ocho días que da el Art. 1399 del Código de Comercio para contestar.
| Concepto | Al 3% mensual | Tasa legal (6% anual, Art. 362 CCom) |
|---|---|---|
| Tasa mensual | 3% | 0.5% |
| Tasa anualizada | 36% | 6% |
| Interés de 1 mes | $1,500.00 | $250.00 |
| Interés a 12 meses | $18,000.00 | $3,000.00 |
| Interés a 36 meses | $54,000.00 | $9,000.00 |
| Veces la tasa legal | 6 veces | 1 vez |
Qué puede reclamar el acreedor y por qué vía
Lo que se puede exigir sobre $50,000 es la suerte principal, los intereses moratorios de esta tabla hasta el día del pago y los gastos y costas del procedimiento. La vía es la ejecutiva mercantil porque el pagaré trae aparejada ejecución (Art. 1391 fr. IV del Código de Comercio); el embargo se decreta desde el primer auto (Art. 1392 CCom). Antes de demandar, un requerimiento escrito con el cálculo de esta página suele mover al deudor a negociar.
- Suerte principal: $50,000, el capital que consta en el pagaré.
- Intereses moratorios: al 3% mensual, $1,500.00 por mes desde el vencimiento hasta el pago (Art. 174 de la LGTOC).
- Gastos y costas del juicio, que cuantifica el juez al final (Art. 1392 del Código de Comercio).
- Requisito previo: pagaré con los seis elementos del Art. 170 de la LGTOC y presentado dentro del plazo de prescripción.
Prescripción: hasta cuándo se puede cobrar este pagaré
Toma como referencia un pagaré de $50,000 vencido el 15 de enero de 2026. La acción cambiaria directa prescribe a los 3 años (Art. 165 fr. I de la LGTOC), es decir el 15 de enero de 2029; contados desde el 14 de octubre de 2026, quedan 824 días. Mientras tanto los intereses al 3% mensual siguen corriendo: $18,000.00 al primer año, $36,000.00 al segundo y $54,000.00 al tercero. Presentar la demanda interrumpe la prescripción; un requerimiento extrajudicial no.
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Preguntas frecuentes
¿Un 3% mensual de interés moratorio es usura?+
Depende del caso. La Primera Sala de la SCJN lee el Art. 174 de la LGTOC conforme al Art. 21.3 de la Convención Americana y permite al juez reducir de oficio una tasa notoriamente excesiva, con parámetros como las tasas bancarias y la calidad de las partes, pero sin un número fijo. Al 3% mensual sobre $50,000 ($18,000.00 al año) la revisión es probable.
¿Cuánto debo en total si firmé un pagaré de $50,000 y llevo un año sin pagar?+
La referencia es $68,000.00, suma de $50,000 y $18,000.00 de intereses al 3% mensual. A eso el juez puede añadir gastos y costas si ya hay juicio, o reducir los intereses si considera la tasa excesiva.
¿Cuánto se paga de intereses por un pagaré de $50,000 al 3% mensual?+
Sobre $50,000 al 3% mensual, con interés simple (Art. 174 de la LGTOC), $1,500.00 por mes: $9,000.00 a los 6 meses, $18,000.00 a los 12 y $54,000.00 a los 36, que es cuando prescribe la acción cambiaria. El total exigible a un año es $68,000.00.
¿Qué puede reclamar el acreedor además del capital?+
Los intereses moratorios desde el vencimiento (al 3% mensual, $1,500.00 por mes sobre $50,000) y los gastos y costas del juicio. En vía ejecutiva mercantil el juez ordena embargar bienes suficientes para cubrir los tres rubros (Art. 1392 del Código de Comercio).
¿El aval también paga los intereses?+
Sí. El aval queda obligado solidariamente con el suscriptor (Art. 114 de la LGTOC), así que responde por los $50,000 de capital, los intereses al 3% mensual y las costas. El acreedor puede demandar a cualquiera de los dos o a ambos.
¿Los intereses del pagaré se capitalizan?+
No en materia mercantil. El Art. 363 del Código de Comercio establece que los intereses vencidos y no pagados no devengan intereses, salvo que las partes lo convengan después del vencimiento. Por eso sobre $50,000 al 3% mensual cada mes vale lo mismo: $1,500.00.
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Fuentes
- Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (Arts. 165, 170, 171 y 174) (consultado el 2026-10-14)
- Código de Comercio (Arts. 362, 363, 1391 y 1392) (consultado el 2026-10-14)
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