ISAI por una casa de $1,500,000: comparativo de los 32 estados en 2026
El impuesto local por comprar una casa de $1,500,000 cuesta $10,658.24 en Guanajuato, conforme al Artículo 7 de la Ley de Ingresos para el Municipio de Guanajuato, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal del año 2026, y llega a $81,705.41 en Querétaro según el Artículo 15.7 de la Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2026; son los extremos de los 28 estados con cifra verificada. Entre ambos extremos hay $71,047.17 de diferencia por un inmueble idéntico. Chiapas, Oaxaca, Sonora, Veracruz no aparecen con cifra porque su ley marco remite la tasa a la ley de ingresos de cada municipio; ahí toca consultar el código fiscal de tu municipio. En los 32 estados la forma es la misma: escritura pública ante notario, pues $1,500,000 está 13 veces por encima del límite de $114,989.60 que fija el Art. 2320 CCF para dejar atrás el escrito privado.
| Estado | Nombre del impuesto local | Esquema y tasa | Impuesto sobre $1,500,000 | Porcentaje efectivo | Fundamento |
|---|---|---|---|---|---|
| Guanajuato | Impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles | tarifa progresiva de 0.5% a 2.06% | $10,658.24 | 0.71% | Ley de Ingresos para el Municipio de Guanajuato, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal del año 2026, Artículo 7 |
| Colima | Impuesto sobre transmisiones patrimoniales | tarifa progresiva de 0.25% a 2% | $25,025.00 | 1.67% | Ley de Hacienda para el Municipio de Colima, Artículo 28 |
| Estado de México | Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y Otras Operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles | tarifa progresiva de 1.121% a 3.252% | $26,005.91 | 1.73% | Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículo 115 |
| Puebla | Impuesto sobre Adquisición de Bienes Inmuebles | tasa por tramo de 0% a 3% | $27,000.00 | 1.8% | Ley de Ingresos del Municipio de Puebla, para el Ejercicio Fiscal 2026, Artículo 6 |
| Baja California | Impuesto sobre adquisición de inmuebles | tasa fija del 2% | $30,000.00 | 2% | Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California, Artículo 75 BIS B, fracción IV |
| Baja California Sur | Impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles | tasa fija del 2% | $30,000.00 | 2% | Ley de Hacienda para el Municipio de La Paz, Baja California Sur, Artículo 38 |
| Campeche | Impuesto sobre adquisición de inmuebles | tasa fija del 2% | $30,000.00 | 2% | Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Campeche, Artículo 58 |
| Chihuahua | Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles | tasa fija del 2% | $30,000.00 | 2% | Código Municipal para el Estado de Chihuahua, Artículo 159 |
| Guerrero | Impuesto sobre adquisición de inmuebles | tasa fija del 2% | $30,000.00 | 2% | Ley Número 462 de Ingresos para el Municipio de Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, para el Ejercicio Fiscal 2026, Artículo 14 |
| Hidalgo | Impuesto sobre traslación de dominio y otras operaciones con bienes inmuebles | tasa fija del 2% | $30,000.00 | 2% | Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Hidalgo, Artículo 32 |
| Michoacán | Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles | tasa fija del 2% | $30,000.00 | 2% | Ley de Hacienda Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, Artículo 53 |
| Morelos | Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles | tasa fija del 2% | $30,000.00 | 2% | Ley General de Hacienda Municipal del Estado de Morelos, Artículo 94 Ter |
| Nayarit | Impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles | tasa fija del 2% | $30,000.00 | 2% | Ley de Hacienda Municipal del Estado de Nayarit, Artículo 40 |
| Quintana Roo | Impuesto sobre Adquisición de Bienes Inmuebles | tasa fija del 2% | $30,000.00 | 2% | Ley de Hacienda del Municipio de Othón P. Blanco del Estado de Quintana Roo, Artículo 27 |
| Sinaloa | Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles | tasa fija del 2% | $30,000.00 | 2% | Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sinaloa, Artículo 45 |
| Tabasco | Impuesto sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles | tasa fija del 2% | $30,000.00 | 2% | Ley de Hacienda Municipal del Estado de Tabasco, Artículo 108, tercer párrafo, y Artículo Quinto Transitorio |
| Tamaulipas | Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles | tasa fija del 2% | $30,000.00 | 2% | Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, Artículo 124 |
| Tlaxcala | Impuesto sobre transmisión de bienes inmuebles | tasa fija del 2% | $30,000.00 | 2% | Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, Artículo 209 |
| Zacatecas | Impuesto sobre adquisición de inmuebles | tasa fija del 2% | $30,000.00 | 2% | Ley de Hacienda Municipal del Estado de Zacatecas, Artículo 32 |
| Aguascalientes | Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISABI) | tasa fija del 2.4% | $36,000.00 | 2.4% | Ley de Ingresos del Municipio de Aguascalientes para el Ejercicio Fiscal 2026, Artículo 31 |
| Jalisco | Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales | tarifa progresiva de 2.5% a 3.5% | $40,007.54 | 2.67% | Ley de Ingresos del Municipio de Guadalajara, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2026, Artículo 28 |
| Yucatán | Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles | tarifa progresiva de 2.5% a 5% | $44,500.00 | 2.97% | Ley de Hacienda del Municipio de Mérida, Yucatán, Artículo 60 |
| Coahuila | Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles | tasa fija del 3% | $45,000.00 | 3% | Ley de Ingresos del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2026, Artículo 3, fracción I |
| Nuevo León | Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles | tasa fija del 3% | $45,000.00 | 3% | Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León, Artículo 28 bis |
| San Luis Potosí | Impuesto Sobre la Adquisición de Inmuebles y otros Derechos Reales | tarifa progresiva de 3% a 4.44% | $45,600.01 | 3.04% | Ley de Ingresos del Municipio de San Luis Potosí, S.L.P., para el Ejercicio Fiscal 2026, Artículo 10 |
| Durango | Impuesto Sobre Traslado de Dominio de Bienes Inmuebles | tarifa progresiva de 3% a 4% | $52,231.37 | 3.48% | Ley de Ingresos del Municipio de Durango, Dgo., para el Ejercicio Fiscal 2026, Artículo 20 |
| Ciudad de México | Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles | tarifa progresiva de 1.446% a 9.018% | $69,675.08 | 4.65% | Código Fiscal de la Ciudad de México, Artículo 113 |
| Querétaro | Impuesto Sobre Traslado de Dominio | tarifa progresiva de 2.8352% a 6.85411% | $81,705.41 | 5.45% | Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2026, Artículo 15.7 |
| Chiapas | Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles | consulta el código fiscal de tu municipio | sin cifra verificada | sin cifra verificada | Ley de Hacienda Municipal del Estado de Chiapas, Artículo 29 |
| Oaxaca | Impuesto sobre Traslación de Dominio y otras operaciones de bienes inmuebles | consulta el código fiscal de tu municipio | sin cifra verificada | sin cifra verificada | Ley de Hacienda Municipal del Estado de Oaxaca, Artículo 27 |
| Sonora | Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles | consulta el código fiscal de tu municipio | sin cifra verificada | sin cifra verificada | Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sonora, Artículo 75 |
| Veracruz | Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles | consulta el código fiscal de tu municipio | sin cifra verificada | sin cifra verificada | Código Hacendario para el Municipio de Xalapa, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Artículo 137 |
Comparar el impuesto de adquisición por una casa de $1,500,000 entre estados es la forma más rápida de entender cuánto pesa el lugar en el costo de cierre. 15 de los 28 estados con cifra aplican una tasa fija del 2%, y el resto se separa hacia arriba o hacia abajo: Guanajuato ($10,658.24), Colima ($25,025.00), Estado de México ($26,005.91) son los más bajos; Querétaro ($81,705.41), Ciudad de México ($69,675.08), Durango ($52,231.37) los más altos.
Cada fila reproduce el cálculo de la ley vigente de la capital del estado sobre $1,500,000: tasa fija multiplicada por el valor, o tarifa aplicada tramo por tramo. En 4 estados no hay cifra porque la tasa la fija cada municipio en su ley de ingresos anual y el documento 2026 no se localizó en texto accesible; ahí la tabla dice "consulta el código fiscal" en vez de estimar.
El estado decide el impuesto, pero la ley federal decide la forma. Una casa de $1,500,000 está 13 veces por encima del umbral de $114,989.60 que separa el escrito privado ratificado (Art. 2317 CCF) de la escritura pública (Art. 2320 CCF). En cualquiera de los 32 estados, la operación se otorga ante notario, paga el impuesto local y se inscribe en el registro público de la propiedad.
Dónde paga menos y dónde paga más una casa de $1,500,000
En la base del ranking están Guanajuato ($10,658.24), Colima ($25,025.00), Estado de México ($26,005.91); en la cima, Querétaro ($81,705.41), Ciudad de México ($69,675.08), Durango ($52,231.37). El bloque más numeroso es el de los 15 estados con tasa fija del 2%, que sobre $1,500,000 son $30,000.00: si tu estado cobra más que eso, ya sabes que está por encima de la norma del país.
El porcentaje efectivo de la tabla (impuesto entre valor) permite comparar esquemas distintos sobre $1,500,000: en los estados de tasa fija coincide con la tasa; en los de tarifa progresiva es menor que la tasa marginal del tramo, porque la cuota fija promedia los tramos inferiores; en los de tasa por tramo coincide con la tasa del tramo aplicada a toda la base.
Los tres esquemas de cobro y por qué cambian el resultado
18 estados aplican tasa fija, 9 una tarifa marginal con cuota fija más porcentaje sobre el excedente y 1 una tasa por tramo sobre toda la base. Para $1,500,000 el esquema explica buena parte de las diferencias de la tabla: en los progresivos el porcentaje efectivo baja respecto de la tasa marginal; en el de tramo, el valor exacto decide la tasa de toda la casa.
La base no es el precio sin más. Es el mayor entre lo que pagas por la casa ($1,500,000), su valor catastral y su avalúo, en los 32 estados. Un avalúo alto sube el impuesto en todos los esquemas y, en los de tramos, puede mover la operación a un tramo con tasa mayor. Por eso cada página estatal señala el tramo exacto que corresponde a $1,500,000 y reproduce la tabla completa.
Qué más se paga, además del impuesto, por una casa de $1.5 millones
Faltan por sumar los honorarios del notario, los derechos del registro público, el avalúo y los certificados. Ninguno tiene cifra en esta página porque dependen del arancel de cada estado, de la ley de ingresos vigente y de la notaría. Para una casa de $1,500,000, pide el presupuesto de cierre desglosado antes de elegir notaría y verifica que incluya la inscripción registral.
La secuencia no cambia de un estado a otro. Se abre con un contrato privado que fija $1,500,000, anticipo y fecha de firma; siguen el certificado de libertad de gravamen y el avalúo; después las constancias de no adeudo; luego la escritura pública con el pago del impuesto local; y al final la inscripción registral, que es la que protege frente a terceros (Art. 3007 CCF).
- Impuesto local de adquisición: $10,658.24 a $81,705.41 según el estado (única cifra de la ley).
- Honorarios notariales más IVA: arancel de cada estado; se cotizan con la notaría.
- Derechos de inscripción en el registro público: ley de ingresos estatal vigente.
- Avalúo con perito autorizado, certificado de libertad de gravamen y constancias de no adeudo.
- Forma del contrato: escritura pública (Art. 2320 CCF), porque $1,500,000 excede $114,989.60.
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Entra a la página de tu estado para ver el cálculo detallado sobre $1,500,000, la tarifa completa cuando existe, los pasos y los riesgos a revisar. Si el inmueble viene de una herencia, tiene copropietarios o el vendedor no aparece como titular registral, escríbele por WhatsApp a Angélica antes de pagar.
Preguntas frecuentes
¿En qué estado se paga menos ISAI por una casa de $1,500,000?+
Guanajuato es el más bajo con $10,658.24 sobre $1,500,000 (Artículo 7 de la Ley de Ingresos para el Municipio de Guanajuato, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal del año 2026), seguido de Colima ($25,025.00), Estado de México ($26,005.91). El cálculo usa la tasa o tarifa de la capital y deja fuera honorarios, avalúo y derechos registrales.
¿En qué estado se paga más impuesto por una casa de $1,500,000?+
Querétaro encabeza la tabla con $81,705.41 sobre $1,500,000, un 5.45% efectivo conforme al Artículo 15.7 de la Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2026; le siguen Ciudad de México ($69,675.08), Durango ($52,231.37). Frente a Guanajuato, la misma casa paga $71,047.17 más.
¿Por qué Chiapas, Oaxaca, Sonora, Veracruz no tienen cifra para $1,500,000?+
En Chiapas, Oaxaca, Sonora, Veracruz la tasa no está en una ley estatal única: cada ayuntamiento la fija en su ley de ingresos del ejercicio, y la de 2026 de la capital no se localizó en fuente oficial accesible. Por eso la fila de $1,500,000 dice "consulta el código fiscal de tu municipio" y no un número que no podemos respaldar.
¿Una casa de $1,500,000 necesita escritura pública en todos los estados?+
Sí. El Art. 2320 del Código Civil Federal exige escritura pública cuando el valor de avalúo excede 365 veces el salario mínimo general, que en 2026 son $114,989.60; $1,500,000 es 13 veces esa cifra. El escrito privado ratificado del Art. 2317 solo sirve por debajo del umbral. Los códigos locales pueden añadir reglas, pero ninguno dispensa la escritura para este valor.
¿El 2% es la tasa normal de ISAI en México para $1,500,000?+
Es la referencia de facto, no una norma. 15 estados cobran exactamente 2% fijo, $30,000.00 sobre $1,500,000, pero el Art. 115 constitucional deja el impuesto a cada municipio y el abanico real va del 0.71% efectivo en Guanajuato al 5.45% en Querétaro.
¿Sobre qué valor se calcula el impuesto si pago $1,500,000?+
No necesariamente sobre $1,500,000. La base gravable es el mayor entre precio, catastro y avalúo, así que un avalúo superior encarece el impuesto en cualquier estado y, en los esquemas de tramos, puede mover la casa a una tasa mayor. La tabla calcula sobre $1,500,000; tu notario calculará sobre la base real.
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Fuentes
- Códigos fiscales, leyes de hacienda municipal y leyes de ingresos 2026 de la capital de cada entidad (publicaciones oficiales de congresos locales, consejerías jurídicas, periódicos oficiales y ayuntamientos); un documento oficial por estado, citado en fuente_url (consultado el 2026-10-14)
- Código Civil Federal (Arts. 2248, 2249, 2316, 2317, 2320, 2409 y 3007) (consultado el 2026-10-14)
- CONASAMI, salario mínimo general 2026 ($315.04 diarios) (consultado el 2026-10-14)
Cuéntanos tu caso y te decimos qué procede
La Lic. Angélica Rivera, abogada titular de RIVENZA con 34 años de experiencia jurídica, revisa personalmente lo que nos escribas sobre la compraventa de una casa de $1,500,000 y te dice qué procede y en qué plazo. El mensaje llega con la página desde la que escribes, así que no tienes que explicar de dónde vienes.